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Documento BOE-A-2024-8776

Resolución de 25 de abril de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 106, de 1 de mayo de 2024, páginas 49957 a 49960 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2024-8776

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y en el capítulo III del título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado,

Esta Secretaría de Estado acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por el personal funcionario que reúna los requisitos establecidos para el desempeño del mismo.

Segunda.

Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse al modelo que figura en el anexo II, a la Subdirección General de Recursos Humanos y de Inspección de Servicios de la Subsecretaría de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Las instancias se presentarán a través del Portal Funciona, siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT). Dentro del Portal Funciona habrá de accederse a la siguiente ruta: Área Personal-Mis servicios de RR. HH. (SIGP)-Convocatoria libre designación (https://www.funciona.es/public/funciona/AreaPersonal/autoservicio.html).

En el caso de que la persona interesada no pueda presentar la solicitud por este medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, aportar documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal o de la aplicación informática correspondiente.

Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.

Tercera.

Junto con la solicitud, que se formalizará una por cada puesto, se acompañará un curriculum vitae en el que harán constar títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados, estudios, cursos realizados y cuantas otras circunstancias estime el aspirante oportuno poner de manifiesto. Asimismo, harán constar detalladamente las características del puesto que viniera desempeñando.

Cuarta.

De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Administración Pública tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en la provisión de los puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario.

Quinta.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 25 de abril de 2024.–La Secretaria de Estado de Derechos Sociales, P. D. (Orden DSA/249/2024, de 15 de marzo), el Subsecretario de Derechos Sociales, Rubén Baz Vicente.

ANEXO I

INST. DE MAYORES Y SERVICIOS SOCIALES

S.G. DE GESTIÓN

N.º Orden Centro directivo-Unidad puesto de trabajo Provincia-Localidad Nivel CE GR/SB Admón. Tit. req. Funciones Méritos Observaciones
  INST. DE MAYORES Y SERVICIOS SOCIALES                  
  S.G. DE GESTIÓN                  
1 SUBDIRECTOR/SUBDIRECTORA GENERAL (2430465). MADRID-MADRID 30 25435.76 A1 AE        

CUERPOS O ESCALAS:

ADSCRIPCIÓN A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (AD):

* AE: ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.

TITULACIONES:

ANEXO II

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