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Documento BOE-A-1968-454

Decreto 632/1968, de 21 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 122/1962, de 24 de diciembre, sobre uso y circulación de vehículos de motor.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 8 de abril de 1968, páginas 5259 a 5261 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1968-454

TEXTO ORIGINAL

Texto no disponible. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 21/03/1968
  • Fecha de publicación: 08/04/1968
  • Fecha de derogación: 06/11/2004
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA:
    • la desestimación de la CUESTIÓN 7420/2002, en relación con el punto 4 del apartado 1 del anexo, por Sentencia 149/2006, de 11 de mayo (Ref. BOE-T-2006-10186).
    • la desestimación de la CUESTIÓN 4085/1999, en relación con el art. 1.2 y núms. 1 y 7 del apartado 1 del anexo, por Sentencia 256/2005, de 11 de octubre (Ref. BOE-T-2005-18666).
    • la desestimación de la CUESTIÓN 3206/1999, en relación con el art. 1.2 y núms. 1 y 7 del apartado 1 del anexo, por Sentencia 255/2005, de 11 de octubre (Ref. BOE-T-2005-18665).
    • la desestimación de la CUESTIÓN 1702/1999, en relación con el art. 1.2 y núms. 1 y 7 del apartado 1 del anexo, por Sentencia 254/2005, de 11 de octubre (Ref. BOE-T-2005-18664).
    • la desestimación de la CUESTIÓN 4904/1998, en relación con el art. 1.2 y núms. 1, 4, 5, 7 y 10 del apartado 1 del anexo, por Sentencia 190/2005, de 7 de julio (Ref. BOE-T-2005-13468).
    • la INADMISIÓN de la CUESTIÓN 1364/1999, en relación con el art. 1.2 y núms 1,4,5,7 y 10 del apartado 1 del anexo, por Sentencia 244/2004, de 16 de diciembre (Ref. BOE-T-2005-1061).
  • SE DEROGA por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre (Ref. BOE-A-2004-18911).
  • SE DECLARA:
    • en la Cuestión 3207/1999, la extinción en relación con el art. 1.2 y lo indicado del anexo, en la redacción dada por la disposición adicional 8 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, por Auto de 23 de marzo de 2004 (Ref. BOE-A-2004-6134).
    • en la Cuestión 1677/1999, la extinción por pérdida sobrevenida del objeto, en relación con el art. 1.2 y lo indicado del anexo, en la redacción dada por la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, por Auto de 10 de febrero de 2004 (Ref. BOE-A-2004-3446).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 3, por el Ley 62/2003, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-23936).
    • los arts. 3, 8 y la tabla VI, por la Ley 34/2003, de 4 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-20330).
  • SE DECLARA en la CUESTIÓN 4255/1998, la INADMISIÓN en relación con el art. 1.2 y los núms 1, 4, 5, 7 y 10 del apartado 1 del anexo., por Sentencia 64/2003, de 27 de marzo (Ref. BOE-T-2003-7865).
  • SE MODIFICA el art. 8 y SE AÑADE un título III, por la Ley 44/2002, de 22 de noviembre (Ref. BOE-A-2002-22807).
  • SE ACTUALIZA sobre conversión a euros de las cuantías indicadas, por la Resolución de 22 de octubre de 2001 (Ref. BOE-A-2001-20475).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD aprobando Reglamento de desarrollo, por el Real Decreto 7/2001, de 12 de enero (Ref. BOE-A-2001-943).
  • SE MODIFICA el art. 1.4, por la Ley 14/2000, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2000-24357).
  • SE DECLARA en las CUESTIONES acumuladas 3536/1996, 47, 1115, 2823, 3249, 3297, 3556, 3949 y 5175/1997 y 402/1998, la inconstitucionalidad y nulidad de lo indicado del anexo, por la Sentencia 181/2000, de 29 de junio (Ref. BOE-T-2000-14342).
  • SE DEROGA los arts. 17 y 18, y SE MODIFICA la disposición adicional, en la redacción dada por la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, por la Ley 1/2000, de 7 de enero (Ref. BOE-A-2000-323).
  • Cuestión 3207/1999 promovida por supuesta inconstitucionalidad del art. 1.2 y los núms. 1 y 7 del apartado 1 del anexo (Ref. BOE-A-1999-19194).
  • SE AÑADE una disposición final, por la Ley 40/1998, de 9 de diciembre (Ref. BOE-A-1998-28472).
  • Cuestión 1325/1996 por supuesta inconstitucionalidad de lo indicado del art. 1.2 y el apartado Primero, punto 1 del Anexo (Ref. BOE-A-1996-16624).
  • SE MODIFICA:
    • el título, el título I y SE AÑADE disposición adicional y anexo, por la Ley 30/1995, de 8 de noviembre (Ref. BOE-A-1995-24262).
    • el título I, por el Real Decreto Legislativo 1301/1986, de 28 de junio (Ref. BOE-A-1986-17239).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la disposición adicional tercera de la Ley 3/1967, de 8 de abril (Ref. BOE-A-1967-5578).
  • APRUEBA el texto refundido de la Ley 122/1962, de 24 de diciembre (Ref. BOE-A-1962-24427).
  • CITA:
    • Ley de Régimen Jurídico de las entidades Estatales Autónomas, de 26 de diciembre de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-19543).
    • Ley de Enjuiciamiento Criminal aprobada por Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 (Ref. BOE-A-1882-6036).
    • Ley de Enjuiciamiento Civil aprobada por Decreto de 3 de febrero de 1881 (Ref. BOE-A-1881-813).
Materias
  • Código Penal
  • Enjuiciamiento Civil
  • Enjuiciamiento Criminal
  • Fondo Nacional de Garantía de Riesgos de la Circulación
  • Ministerio de Hacienda
  • Seguros de vehículos de motor
  • Vehículos de motor

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