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Documento BOE-A-1978-26862

Real Decreto 2513/1978, de 29 de septiembre, modificando el Decreto 1384/1960, de 7 de julio, que reorganiza las Comisiones de Desembalses en las Confederaciones Hidrográficas y constituye la Comisión Central de Desembalses en el sentido de dar entrada en esta Comisión Central al Subdirector general de Explotación, que actuará como Secretario de la misma.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 28 de octubre de 1978, páginas 24857 a 24857 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1978-26862

TEXTO ORIGINAL

Las recientes modificaciones de estructura y organización llevadas a efecto en el actual Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, en virtud de las cuales Se crea la Subdirección General de Explotación dependiente de la Dirección General de Obras Hidráulicas, aconsejan, vistas las funciones encomendadas a la referida Subdirección General, modificar el Decreto mil trescientos ochenta y cuatro/mil novecientos sesenta, de siete de julio, por el que se reorganizan las Comisiones de Desembalses en las Confederaciones Hidrográficas y se constituye la Comisión Central de Desembalses, en el sentido de dar entrada en esta Comisión Central al Subdirector general de Explotación,

En virtud de lo expuesto, a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Urbanismo, con la aprobación de la Presidencia del Gobierno, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintinueve de septiembre de mil novecientos setenta y ocho,

DISPONGO:

Artículo 1.

El Subdirector general de Explotación de la Dirección General de Obras Hidráulicas, formará parte de la Comisión Central de Desembalses que regula el Decreto mil trescientos ochenta y cuatro/mil novecientos sesenta, el cual actuará como Secretario de la referida Comisión Central, que quedará integrada por los siguientes miembros:

El Director general de Obras Hidráulicas, que actuará como Presidente.

Un representante del Ministerio de Agricultura.

Un representante del Ministerio de Industria.

El Comisario central de Aguas y el Subdirector general de Explotación.

Artículo 2.

El Director general de Obras Hidráulicas podrá convocar a las reuniones de la Comisión, con carácter de asesores a las personas que estime convenientes.

Dado en Madrid a veintinueve de septiembre de mil novecientos setenta y ocho.

JUAN CARLOS

El Ministro de Obras Públicas y Urbanismo,

JOAQUIN GARRIGUES WALKER

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 29/09/1978
  • Fecha de publicación: 28/10/1978
  • Fecha de entrada en vigor: 17/11/1978
  • Fecha de derogación: 01/09/1988
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA:
    • por Real Decreto 927/1988, de 29 de julio (Ref. BOE-A-1988-20883).
    • en la forma indicada , por Real Decreto 2473/1985, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-1986-6).
Referencias anteriores
  • MODIFICA lo indicado del Decreto 1384/1960, de 7 de julio (Ref. BOE-A-1960-11044).
Materias
  • Confederaciones Hidrográficas
  • Dirección General de Obras Hidráulicas
  • Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo

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