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Documento BOE-A-1978-30158

Orden de 13 de diciembre de 1978 por la que se regula la utilización del Archivo de Datos del Centro de Investigaciones Sociológicas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 14 de diciembre de 1978, páginas 28101 a 28101 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1978-30158

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

La Orden de 15 de febrero de 1978 por la que se regula la organización y actividades de la Dirección General del Centro de Investigaciones Sociológicas dispone, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2512/1976, de 30 de octubre, que el Servicio de Documentación y Banco de Datos tendrá a su cargo la sistematización y puesta a disposición del Centro de datos de toda clase sobre la realidad social española y extranjera.

Por ello, y en razón a los fines que las disposiciones vigentes confieren al Centro de Investigaciones Sociológicas, se estima conveniente facilitar el acceso de los investigadores a los estudios realizados, con objeto de que puedan ser utilizados con fines exclusivamente científicos.

En su virtud, esta Presidencia del Gobierno dispone:

Primero.

El Archivo de Datos del Centro de Investigaciones Sociológicas podrá ser utilizado por los Departamentos e Institutos de investigación universitarios, Organismos de investigación dependientes de la Administración Central, Local e Institucional y por cualquier otra Entidad pública que desee hacer uso de los mismos.

Segundo.

El Centro de Investigaciones Sociológicas facilitará exclusivamente datos en forma agregada y análisis estadísticos de los mismos.

Tercero.

La petición de datos, acompañada de una Memoria justificativa y un plan de análisis detallado, deberá dirigirse al Director del Centro de Investigaciones Sociológicas. Dicha petición deberá venir firmada por el investigador principal que vaya a utilizar los datos, así como por el Director de la Institución a que pertenezca.

Cuarto.

Los solicitantes abonarán los gastos correspondientes al proceso informático.

Quinto.

En caso de que la persona o Entidad peticionaria utilice los datos facilitados en cualquier tipo de publicación, deberá citar su procedencia y enviar una copia al C. I. S.

Lo que Comunico a V. I.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 13 de diciembre de 1978.

OTERO NOVAS

Ilmo. Sr. Director general del Centro de Investigaciones Sociológicas.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 13/12/1978
  • Fecha de publicación: 14/12/1978
  • Fecha de derogación: 30/11/1990
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 1526/1990, de 8 de noviembre (Ref. BOE-A-1990-28993).
Referencias anteriores
Materias
  • Archivos
  • Dirección General del Centro de Investigaciones Sociológicas

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