Está Vd. en

Documento BOE-A-2007-17583

Orden ECI/2908/2007, de 2 de octubre, por la que se regulan las características y la organización del nivel básico de las enseñanzas de régimen especial de Inglés adaptadas a la modalidad de educación a distancia y el currículo respectivo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 8 de octubre de 2007, páginas 40761 a 40767 (7 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2007-17583
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2007/10/02/eci2908

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 59.1 que las enseñanzas de idiomas de régimen especial se organizarán en los niveles básico, intermedio y avanzado y que las enseñanzas del nivel básico tendrán las características y la organización que las Administraciones educativas determinen. En desarrollo del precepto citado, el Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, fija los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley mencionada y, en su artículo 2, fija las exigencias mínimas del nivel básico a efectos de certificación, establece los efectos de los certificados acreditativos de la superación de dicho nivel y determina los requisitos mínimos de la documentación académica necesaria para garantizar la movilidad del alumnado respectivo. El artículo 60.3 de la citada Ley establece que las Administraciones educativas podrán integrar en las escuelas oficiales de idiomas las enseñanzas de idiomas a distancia y el artículo 69.3 señala que corresponde a las Administraciones educativas organizar una oferta pública de educación a distancia con el fin de dar respuesta adecuada a la formación permanente de las personas adultas. Por el Real Decreto 1180/1992, de 2 de octubre, se creó el Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia, una de cuyas funciones es el desarrollo de los estudios y propuestas técnicas necesarias para la elaboración de las medidas de ordenación académica y la adecuación de los currículos que posibiliten la impartición de las enseñanzas en la modalidad de distancia, adaptándolas a las condiciones y necesidades de la población adulta. Por todo ello procede, para la implantación de las enseñanzas de idiomas correspondientes al nivel básico, establecer el currículo adaptado de dicho nivel de las enseñanzas de inglés, en la modalidad de educación a distancia, así como los criterios de evaluación y certificación correspondientes. En consecuencia, previo informe del Consejo Escolar del Estado, dispongo:

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

La presente Orden será de aplicación a las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, correspondientes al nivel básico de inglés en la modalidad de educación a distancia, que se impartan en el ámbito territorial de gestión que corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia, sin perjuicio de su adopción por las comunidades autónomas que así lo decidan.

Artículo 2. Acceso.

Para acceder a las enseñanzas de idiomas a distancia será requisito imprescindible tener dieciséis años cumplidos en el año en que se comiencen los estudios.

Artículo 3. Elementos del currículo.

Los objetivos, contenidos y criterios de evaluación que conforman el currículo tienen como referencia las competencias propias del nivel A2 del Consejo de Europa según se define este nivel en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, adaptados a la modalidad de educación a distancia en los términos que figuran en el anexo a la presente Orden.

Artículo 4. Organización y duración de los cursos.

1. Las enseñanzas del nivel básico reguladas por esta Orden se organizarán en dos cursos que se articularán en dos módulos cada uno, de igual duración y características.

2. La duración en horas lectivas será igual para cada uno de los dos cursos del nivel y equivalente a 240 horas presenciales. 3. El nivel básico de las enseñanzas de idiomas de régimen especial se impartirá en la modalidad de educación a distancia a través de los centros públicos autorizados a tal efecto y bajo las directrices, coordinación y asesoramiento del Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia que, de acuerdo con el articulo 1, e) del Real Decreto 1180/1992, de 2 de octubre, se encargará de la elaboración, seguimiento y evaluación de los medios y materiales didácticos que deberán utilizarse para la atención educativa del alumnado. 4. El alumnado del nivel básico de idiomas a distancia tendrá la consideración de alumnado oficial de la escuela oficial de idiomas en la que esté matriculado. Los centros públicos de educación secundaria autorizados para impartir estas enseñanzas tendrán la consideración de centros de apoyo tutorial adscritos a la escuela oficial de idiomas que por criterios de proximidad geográfica les corresponda y, por lo tanto, sus alumnos estarán matriculados y recibirán las certificaciones oficiales en dicha escuela. 5. Los alumnos podrán incorporarse desde el régimen de enseñanzas de idiomas de régimen especial a distancia a cualquier otro régimen de estas enseñanzas en los términos que determinen las Administraciones educativas. Asimismo, los alumnos podrán, desde cualquier otro régimen, incorporarse a las enseñanzas de idiomas de régimen especial a distancia sin necesidad de matricularse de nuevo en aquellas enseñanzas ya cursadas cuyas competencias acredite.

Artículo 5. Metodología y recursos didácticos.

1. La metodología se basará en las orientaciones dadas en las disposiciones legales vigentes, adaptándose a las circunstancias específicas de la educación de personas adultas a distancia. A tal efecto se favorecerá la incorporación de las tecnologías de la información y de la comunicación y el uso integrado de diferentes elementos y medios para reforzar los recursos didácticos.

2. Los medios didácticos deberán permitir a los alumnos la adquisición de las capacidades propuestas como objetivos formativos y cumplirán con el requisito de ser autosuficientes para que los alumnos puedan desarrollar y controlar su proceso de aprendizaje de forma autónoma. 3. Al Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia le corresponde la elaboración, seguimiento y evaluación de los medios didácticos apropiados para el régimen de enseñanza del idioma inglés regulado en la presente Orden.

Artículo 6. Apoyo tutorial.

1. El apoyo tutorial se realizará de manera colectiva cuando sea presencial y de forma tanto colectiva como individualizada cuando sea telemático.

2. La asistencia a las tutorías tendrá carácter voluntario. 3. A través de la tutoría el profesor-tutor hará un seguimiento individualizado del proceso de aprendizaje del alumno, le orientará y le resolverá cuantas dudas le surjan. 4. Al principio de cada módulo habrá una tutoría presencial colectiva de programación; a mediados del módulo, una de seguimiento y, al final del mismo, una de preparación de la evaluación. Las restantes sesiones presenciales estarán orientadas al desarrollo de las destrezas comunicativas, dando prioridad a la expresión e interacción oral. 5. El número máximo de alumnos acogidos a un grupo de tutoría colectiva será de cincuenta. 6. Aquellos alumnos que no puedan asistir a las tutorías presenciales deberán informar al centro, al comienzo del curso, del tipo de tutoría individual, por vía telemática o telefónica, entre otros, que se ajuste más a sus necesidades.

Artículo 7. Valoración inicial.

1. El profesorado de las escuelas oficiales de idiomas, asesorado por el Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia, realizará una valoración inicial de los alumnos que deseen incorporarse a la modalidad de enseñanza oficial de idiomas a distancia para evaluar sus competencias previas en la lengua objeto de estudio e iniciar el proceso de orientación.

2. Mediante el informe derivado de la valoración inicial de los alumnos se indicará a éstos a que módulo pueden acceder. Dicho informe no generará en ningún caso efecto o derecho académico alguno.

Artículo 8. Promoción y permanencia.

1. La evaluación del progreso de los alumnos se realizará mediante pruebas incluidas en cada módulo, además de una prueba presencial al final de los mismos, en el centro al que haya sido adscrito el alumno. Para el diseño, administración y evaluación de dichas pruebas, el profesorado contará con el asesoramiento del Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia.

2. El alumno que haya sido evaluado positivamente en un módulo no tendrá que volver a cursarlo, mientras continúe en la modalidad de enseñanza a distancia. 3. El alumno tendrá derecho a permanecer matriculado en el mismo curso sin sujeción a límite alguno de permanencia, y a poder acogerse, como mínimo, a una convocatoria cada año para superar el curso. 4. Los alumnos que, desde el régimen de enseñanza a distancia, se incorporen al régimen presencial, deberán cursar el primer o segundo curso en su totalidad, si tuvieran pendientes de superación alguno de los módulos de ese curso. En todo caso, para esta incorporación, los alumnos no podrán haber agotado previamente el máximo de dos años de permanencia en dicho curso en el régimen presencial.

Artículo 9. Certificación.

1. El certificado del nivel básico, que acredita la adquisición de dicho nivel de competencia en el idioma correspondiente, será expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia, a propuesta de las escuelas oficiales de idiomas.

2. Para poder obtener el certificado de nivel básico, el alumno deberá superar una prueba específica de certificación, que será común a todas las escuelas oficiales de idiomas del ámbito de aplicación de esta Orden. 3. La prueba a la que se refiere el punto anterior se elaborará, administrará y evaluará según unos estándares establecidos -código ético, código de prácticas, especificaciones de examen, procedimientos de validación de prueba, controles de calidad y cualquier otro que se estime necesario-, de modo que se garantice su validez, fiabilidad, viabilidad, equidad e impacto positivo, así como el derecho del alumnado a ser evaluado con objetividad y con plena efectividad. 4. Las escuelas oficiales de idiomas harán pública toda la información sobre las pruebas que concierna al alumnado que vaya a realizarlas.

Disposición adicional única. Equivalencia de estudios.

El régimen de equivalencias entre las enseñanzas reguladas por Orden de 2 de noviembre de 1993, por la que se establece el currículo del ciclo elemental del primer nivel de las enseñanzas especializadas de idiomas adaptado a la educación a distancia y las enseñanzas a las que se refiere esta Orden es el que se especifica en el siguiente cuadro:

Enseñanzas reguladas por la Orden de 2 de noviembre de 1993

Enseñanzas reguladas por la presente Orden

Ciclo Elemental

Nivel Básico

1.er Curso

Básico 1.

2.º Curso

Básico 2 y Certificado de Nivel Básico.

Disposición transitoria única. Implantación.

La implantación del nivel básico de las enseñanzas de inglés en la modalidad a distancia establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y la extinción simultánea de las enseñanzas de los cursos primero y segundo del ciclo elemental reguladas por Orden de 2 de noviembre de 1993, por la que se establece el currículo del ciclo elemental del primer nivel de las enseñanzas especializadas de idiomas adaptado a la educación a distancia, se efectuará en el año académico 2008-2009.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas las normas de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en esta Orden.

Disposición final primera. Aplicación de la Orden.

Corresponde a la Secretaría General de Educación dictar cuantas instrucciones sean precisas para la aplicación de lo establecido en esta Orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de octubre de 2007.-La Ministra de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.

ANEXO
1. Definición del nivel básico

El nivel básico presentará las características del nivel de competencia A2 del Consejo de Europa, según este nivel se define en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Este nivel supone utilizar el idioma de manera suficiente, receptiva y productivamente, tanto en forma hablada como escrita, así como para mediar entre hablantes de distintas lenguas, en situaciones cotidianas y de inmediata necesidad que requieran comprender y producir textos breves, en diversos registros y en lengua estándar, que versen sobre aspectos básicos concretos de temas generales y que contengan expresiones, estructuras y léxico de uso frecuente.

2. Objetivos generales por destrezas

Comprensión oral: Comprender el sentido general, la información esencial y los puntos principales de textos orales breves, bien estructurados, trasmitidos de viva voz o por medios técnicos (teléfono, TV, megafonía u otros) y articulados a una velocidad lenta, en un registro formal o neutro y siempre que las condiciones acústicas sean buenas y el mensaje no esté distorsionado.

Expresión e interacción oral: Producir textos orales breves, tanto en comunicación cara a cara como por teléfono u otros medios técnicos, en un registro neutro, y comunicarse de forma comprensible, aunque resulten evidentes el acento extranjero, las pausas y los titubeos y sea necesaria la repetición, la paráfrasis y la cooperación de los interlocutores para mantener la comunicación. Comprensión de lectura: Comprender el sentido general, la información esencial, los puntos principales y detalles relevantes en textos breves de estructura sencilla y clara, en un registro formal o neutro, y que puedan encontrase en situaciones cotidianas. Expresión e interacción escrita: Escribir textos breves y de estructura sencilla, en un registro neutro, utilizando adecuadamente los recursos de cohesión y las convenciones ortográficas y de puntuación más elementales.

3. Contenidos competenciales

Los contenidos corresponden a las competencias de diversos tipos que el alumno tendrá que desarrollar para alcanzar los objetivos reseñados en el apartado anterior. Estos contenidos se presentan organizados en diferentes apartados pero, a efectos de la enseñanza y el aprendizaje de los mismos, se integrarán en un todo significativo mediante las actividades que se propongan para llevar a cabo las tareas programadas.

1. Competencias generales

1.1 Competencias socioculturales: El alumnado deberá adquirir un conocimiento de la sociedad y la cultura de las comunidades en las que se habla el idioma objeto de estudio, ya que una falta de competencia en este sentido puede distorsionar la comunicación. A este nivel, el alumno se desenvolverá en las relaciones sociales con sencillez pero con eficacia, utilizando las expresiones más sencillas y habituales y siguiendo fórmulas básicas. Se tendrán en cuenta las áreas siguientes:

1.1.1 Vida cotidiana: festividades; horarios; prácticas de trabajo; actividades de ocio.

1.1.2 Condiciones de vida: niveles de vida; vivienda; trabajo; asistencia social. 1.1.3 Relaciones personales: estructura social y relaciones entre sus miembros (entre sexos; familiares; generaciones; en situaciones de trabajo; con la autoridad y la Administración; de comunidad; entre grupos políticos y religiosos). 1.1.4 Valores, creencias y actitudes: clases sociales; grupos profesionales; culturas regionales; instituciones; historia y tradiciones; política; artes; religión; humor. 1.1.5 Kinésica, proxémica y aspectos paralingüísticos: gestos; posturas; expresiones faciales; contacto visual; contacto corporal; sonidos extralingüísticos y cualidades prosódicas (cualidad de voz, tono, acentuación, volumen). 1.1.6 Convenciones sociales: modales, usos, convenciones y tabúes relativos al comportamiento. 1.1.7 Comportamiento ritual: comportamientos públicos; celebraciones; ceremonias y prácticas sociales y religiosas.

1.2 Competencias nocionales: El siguiente listado de contenidos nocionales incluye los conceptos básicos y las subcategorías más generales. Los correspondientes exponentes lingüísticos tendrán que determinarse en función de los objetivos del nivel:

1.2.1 Entidad: expresión de las entidades (personas, objetos y otros seres y entes concretos y abstractos) y referencia a las mismas.

1.2.2 Propiedades: existencia; cantidad; cualidad y valoración. 1.2.3 Relaciones: espacio (ubicación absoluta y relativa en el espacio); tiempo (situación absoluta y relativa en el tiempo); estados, procesos y actividades (aspecto, modalidad, participantes y sus relaciones); relaciones lógicas (entre estados, procesos y actividades): conjunción; disyunción; oposición; comparación; condición; causa; finalidad; resultado; relaciones temporales (anterioridad, simultaneidad, posterioridad).

2. Competencias comunicativas

2.1 Competencia sociolingüística: Esta competencia comprende los conocimientos y destrezas necesarios para abordar la dimensión social del uso del idioma e incluye marcadores lingüísticos de relaciones sociales, normas de cortesía, modismos y expresiones de sabiduría popular, registros, dialectos y acentos.

A este nivel, se espera que el alumno desarrolle esta competencia de manera que comprenda y respete los patrones sociolingüísticos básicos que regulan la comunicación en la lengua meta y que actúe en consecuencia con la suficiente adecuación, en un registro neutro. 2.2 Competencias pragmáticas:

2.2.1 Competencia discursiva: En el nivel básico, se espera que el alumno sea capaz de producir y comprender textos muy simples de diversos tipos, formatos y temas, en variedades estándar de la lengua y en un registro neutro utilizando para ello un repertorio reducido de elementos lingüísticos sencillos organizados en una secuencia cohesionada lineal.

En la determinación de las competencias específicas de construcción textual que el alumno debe adquirir para producir y comprender estos textos, se desarrollarán los aspectos siguientes:

2.2.1.1 Coherencia textual: adecuación del texto oral/escrito al contexto comunicativo: 2.2.1.1.1 Tipo y formato de texto.

2.2.1.1.2 Variedad de lengua. 2.2.1.1.3 Registro. 2.2.1.1.4. Tema. Enfoque y contenido: selección de contenido relevante; selección léxica; selección de estructuras sintácticas. 2.2.1.1.5 Contexto espacio-temporal: referencia espacial y referencia temporal.

2.2.1.2 Cohesión textual: organización interna del texto oral/escrito. Inicio, desarrollo y conclusión de la unidad textual:

2.2.1.2.1 Inicio del discurso: mecanismos iniciadores; introducción del tema; tematización.

2.2.1.2.2 Desarrollo del discurso:

2.2.1.2.2.1. Desarrollo temático: 2.2.1.2.2.1.1 Mantenimiento del tema: correferencia; elipsis; repetición; reformulación.

2.2.1.2.2.1.2 Expansión temática: ejemplificación; refuerzo; énfasis; contraste; introducción de subtemas

2.2.1.2.2.2 Cambio temático: digresión; recuperación del tema. 2.2.1.2.3 Conclusión del discurso: resumen /recapitulación, indicación de cierre textual y cierre textual.

2.2.2 Competencia funcional: En el nivel básico, el alumno desarrollará esta competencia de manera que pueda llevar a cabo las siguientes funciones comunicativas o actos de habla utilizando los exponentes más sencillos y habituales de dichas funciones en un registro neutro:

2.2.2.1 Funciones o actos de habla asertivos, relacionados con la expresión del conocimiento, la opinión, la creencia y la conjetura: afirmar; anunciar; asentir; clasificar; describir; expresar acuerdo y desacuerdo; expresar desconocimiento / duda; expresar una opinión; formular hipótesis; identificar/se; informar; presentar/se; rectificar.

2.2.2.2 Funciones o actos de habla compromisivos, relacionados con la expresión de ofrecimiento, intención, voluntad y decisión: expresar la intención o la voluntad de hacer algo; invitar; ofrecer algo / ayuda; ofrecerse a hacer algo. 2.2.2.3 Funciones o actos de habla directivos, que tienen como finalidad que el destinatario haga o no haga algo, tanto si esto es a su vez un acto verbal como una acción de otra índole: aconsejar; alertar; dar instrucciones o permiso; denegar; pedir algo / ayuda / confirmación / información / instrucciones / opinión / permiso / que alguien haga algo; permitir; prohibir; proponer; ordenar; recordar algo a alguien; solicitar. 2.2.2.4 Funciones o actos de habla fáticos y solidarios, que se realizan para establecer o mantener el contacto social y expresar actitudes con respecto a los demás: aceptar / declinar una invitación; agradecer; atraer la atención; dar la bienvenida; despedirse; expresar aprobación; felicitar; interesarse por alguien / algo; lamentar; pedir disculpas; rehusar; saludar. 2.2.2.5 Funciones o actos de habla expresivos, que expresan actitudes y sentimientos ante determinadas situaciones: expresar alegría / felicidad; aprecio / simpatía; decepción; desinterés / interés; esperanza; preferencia; satisfacción; tristeza.

2.3 Competencia gramatical: A nivel básico, el alumno comprenderá y utilizará estructuras sencillas adecuadamente y, aunque siga cometiendo errores básicos sistemáticamente (en tiempos verbales, concordancia u otros) en su producción oral o escrita, por lo general quedará claro lo que intenta decir.

Las competencias gramaticales que deben desarrollarse para este nivel son las siguientes:

2.3.1. Oración compuesta: 2.3.1.1 Conjunción: and.

2.3.1.2 Disyunción: or. 2.3.1.3 Oposición: but. 2.3.1.4 Concesión: although (subordinada+principal). 2.3.1.5 Comparación: than; (not) as .. as. 2.3.1.6 Condición: if (subordinada+principal). 2.3.1.7 Causa: because (principal+subordinada). 2.3.1.8 Finalidad: to (principal+subordinada). 2.3.1.9 Resultado so that (principal+subordinada). 2.3.1.10 Relaciones temporales:

2.3.1.10.1 Anterioridad: before.

2.3.1.10.2 Posterioridad: after, when. 2.3.1.10.3 Simultaneidad: when; while.

2.3.2 Oración simple:

2.3.2.1 Tipos de oración, elementos constituyentes y su posición: 2.3.2.1.1 Oración declarativa: 2.3.2.1.1.1 Suj (+CC) + V (+OD/OI/OD+OI/OI+OD) (+CC).

2.3.2.1.1.2 Suj + VAux (+Neg) (+V). 2.3.2.1.1.3 Suj + V + Atrib.

2.3.2.1.2 Oración interrogativa:

2.3.2.1.2.1 Total: VAux + Suj +V.

2.3.2.1.2.2 Parcial: elemento interrogativo + VAux + Suj + V.

2.3.2.1.3 Oración imperativa (afirmativa/negativa):

2.3.2.1.3.1 (Don't)+V.

2.3.2.1.3.2 Let's(+not)+V.

2.3.2.1.4 Oración exclamativa: What+SN.../ How+SAdj... 2.3.2.2 Fenómenos de concordancia. Persona y número: Suj  V. 2.3.3 Sintagma nominal:

2.3.3.1 Núcleo: 2.3.3.1.1 Sustantivo: 2.3.3.1.1.1 Clases: comunes (contables y no contables) y propios.

2.3.3.1.1.2 Género: sufijos Ø y <-ess>; distintos lexemas. 2.3.3.1.1.3. Número: singular y plural (regulares e irregulares no extranjeros). 2.3.3.1.1.4 Caso: genitivo 's y s'.

2.3.3.1.2 Pronombres:

2.3.3.1.2.1 Personales en función de sujeto y de objeto/complemento.

2.3.3.1.2.2 Posesivos. 2.3.3.1.2.3 Demostrativos. 2.3.3.1.2.4 Indefinidos. 2.3.3.1.2.5 Interrogativos.

2.3.3.2. Modificación del núcleo:

2.3.3.2.1 Determinantes: 2.3.3.2.1.1 Artículos: determinado y indeterminado.

2.3.3.2.1.2 Demostrativos. 2.3.3.2.1.3 Interrogativos. 2.3.3.2.1.4 Posesivos. 2.3.3.2.1.5 Cuantificadores:

2.3.3.2.1.5.1 Numerales: cardinales y ordinales.

2.3.3.2.1.5.2 Otros cuantificadores: p.e. some; any; much; many; a lot (of); (a) little.

2.3.3.2.2 Aposición.

2.3.3.2.3 Modificación mediante SN / SAdj / SPrep. 2.3.3.2.4. Modificación mediante frase de relativo.

2.3.3.3 Posición de los elementos: (Det/Genitivo+). (SAdj+) N (+SPrep) / (+frase de relativo).

2.3.3.4 Fenómenos de concordancia:

2.3.3.4.1 Número: demostrativo  sustantivo.

2.3.3.4.2 Género y número: posesivo  sustantivo.

2.3.3.5 Funciones sintácticas del sintagma: Suj, OD, OI y Atrib. 2.3.4 Sintagma adjetival:

2.3.4.1 Núcleo: adjetivo: 2.3.4.1.1 Grado: 2.3.4.1.1.1 Absoluto.

2.3.4.1.1.2 Comparativo: igualdad; superioridad; inferioridad. 2.3.4.1.1.3 Superlativo.

2.3.4.2 Modificación del núcleo mediante Neg, SAdv o SPrep.

2.3.4.3 Posición de los elementos: (Neg+) (SAdv+) N (+SPrep). 2.3.4.4. Funciones sintácticas del sintagma: Atrib y Suj.

2.3.5. Sintagma verbal:

2.3.5.1 Núcleo: verbo: 2.3.5.1.1 Tiempo: 2.3.5.1.1.1 Expresión del presente: Pres. simple; Pres. continuo; Pres. perfecto.

2.3.5.1.1.2 Expresión del futuro: Pres continuo y be going to. 2.3.5.1.1.3 Expresión del pasado: pasado simple; pasado continuo; Pres perfecto.

2.3.5.1.2. Aspecto:

2.3.5.1.2.1 Contraste durativo/habitual: presente o pasado continuo/simple; used to.

2.3.5.1.2.2 Contraste iterativo/puntual: presente o pasado continuo/simple; used to. 2.3.5.1.2.3 Contraste incoativo/terminativo: (begin / start + to/-ing) / (stop + -ing).

2.3.5.1.3 Modalidad:

2.3.5.1.3.1 Factualidad: indicativo.

2.3.5.1.3.2 Necesidad: have; need. 2.3.5.1.3.3 Obligación: must; have; should. 2.3.5.1.3.4 Capacidad: can / can't. 2.3.5.1.3.5 Permiso: can / may. 2.3.5.1.3.6 Posibilidad: can / may / might. 2.3.5.1.3.7 Prohibición: mustn't / can't / don't. 2.3.5.1.3.8 Intención: be going to / want.

2.3.5.1.4 Voz: Activa / Pasiva. 2.3.5.2 Modificación del núcleo mediante negación de VAux y mediante do.

2.3.5.3 Posición de los elementos:

2.3.5.3.1 Oración declarativa: (VAux + [Neg +]) V.

2.3.5.3.2 Oración interrogativa:

2.3.5.3.2.1 Total : VAux (Neg)+ ... +V; VAux (Neg.)

2.3.5.3.2.2 Parcial: elemento interrogativo en función de Suj y con otras funciones sintácticas. 2.3.5.3.2.3 Oración imperativa: (don't) + V; let's (+not) + V. 2.3.5.4. Funciones sintácticas del sintagma: V, Suj, Atrib y OD.

2.3.6. Sintagma adverbial:

2.3.6.1 Núcleo: 2.3.6.1.1 Adverbio: 2.3.6.1.1.1 Clases: tiempo, lugar, movimiento, frecuencia, modo, grado, interrogativos.

2.3.6.1.1.2 Grado:

2.3.6.1.1.2.1 Absoluto.

2.3.6.1.1.2.2 Comparativo: igualdad, superioridad, inferioridad. 2.3.6.1.1.2.3 Superlativo.

2.3.6.1.2 Locuciones adverbiales. 2.3.6.2 Modificación del núcleo mediante SAdv.

2.3.6.3 Posición de los elementos: (SAdv +) N. 2.3.6.4 Funciones sintácticas del sintagma: CC y Suj.

2.3.7 Sintagma preposicional:

2.3.7.1 Núcleo: 2.3.7.1.1 Preposiciones: tiempo, duración, lugar, movimiento, dirección, pertenencia.

2.3.7.1.2 Locuciones preposicionales.

2.3.7.2 Posición de los elementos: Prep + término.

2.3.7.3 Funciones sintácticas del sintagma: CC y OI.

2.4 Competencia léxica: El alumno, a nivel básico, dominará un limitado repertorio léxico relativo a necesidades concretas y cotidianas. Las áreas temáticas para las que habrá que desarrollar repertorios léxicos, teniendo en cuenta las demandas de los objetivos de este nivel, son las siguientes:

Identificación personal.

Vivienda, hogar y entorno. Actividades de la vida diaria. Tiempo libre y ocio. Viajes. Relaciones humanas y sociales. Salud y cuidados físicos. Educación. Compras y actividades comerciales. Alimentación. Bienes y servicios. Lengua y comunicación. Clima, condiciones atmosféricas y medio ambiente. Ciencia y tecnología.

En el tratamiento de esta competencia, se tendrá presente que no existe un léxico «pasivo» y un léxico «activo» sino repertorios de formas y significados que dependen de la actividad comunicativa de la que se trate (comprensión, expresión, interacción). Una persona que lee o escucha la radio está tan activa lingüísticamente como cuando se dirige a una audiencia o toma parte en una conversación. En este sentido, el grado de competencia léxica propio del nivel debe adquirirse en relación con su carácter específico en los textos producto de las actividades lingüísticas correspondientes en las diversas situaciones de comunicación.

Se tendrá en cuenta, asimismo, la conveniencia de tratar el léxico considerando formas plurilexemáticas y unidades superiores a la palabra aislada de manera que se provea al alumno de un contexto más amplio de uso que facilite el desarrollo adecuado de la competencia léxica.

2.5 Competencia fonético-fonológica: Esta competencia supone, a nivel básico, el conocimiento y las destrezas en la percepción y producción de los siguientes aspectos:

2.5.1 Sonidos y fonemas vocálicos: 2.5.1.1 Contraste de calidad y cantidad.

2.5.1.2 Vocales centrales. 2.5.1.3 Diptongos; diptongos + schwa.

2.5.2 Sonidos y fonemas consonánticos:

2.5.2.1 Contraste sordas / sonoras. Aspiración.

2.5.2.2 Secuencias iniciales y finales. 2.5.2.3. /h/

2.5.3 Procesos fonológicos:

2.5.3.1 Alternancias morfofonológicas. 2.5.3.1.1. Asimilación y epéntesis en los sufijos <-(e)s> y <-ed>.

2.5.3.1.2. Sonorización en plural.

2.5.3.2. Enlace:

2.5.3.2.1 /r/ de enlace en acentos no róticos.

2.5.3.2.2 /j, w/ en frontera de sílaba.

2.5.3.3 Formas fuertes y débiles. Reducción en sílabas átonas. 2.5.4 Acento de los elementos léxicos aislados. Variantes acentuales libres.

2.5.5 Acento y atonicidad: patrones tonales en el sintagma. Variantes acentuales posicionales.

2.6 Competencia ortográfica: A nivel básico, el alumno será capaz de comprender en textos escritos las convenciones ortográficas que se relacionan a continuación y de utilizarlas para escribir textos muy breves con razonable corrección, aunque no necesariamente con una ortografía totalmente normalizada.

Las competencias ortográficas que deben desarrollarse para este nivel son las siguientes:

2.6.1 Representación gráfica de fonemas y sonidos. 2.6.1.1 Correspondencias más frecuentes entre grafías y fonemas. Correspondencias inusuales en palabras de uso frecuente.

2.6.1.2 Vocales mudas y su posible valor fonológico. Consonantes mudas. 2.6.1.3 Cambios ortográficos ante inflexiones.

2.6.1.3.1 Reduplicación consonántica.

2.6.1.3.2 Tratamiento de <-y>, <-o> y <-e> muda.

2.6.2 Uso de mayúsculas en nombres propios y adjetivos derivados.

2.6.3 Uso de signos ortográficos: punto, dos puntos, coma, interrogación, exclamación, apóstrofo y guión.

4. Criterios de evaluación

Se considerará que el alumno ha adquirido las competencias propias del nivel básico cuando sea capaz de lo siguiente:

Comprensión oral: Comprender los puntos principales y los detalles relevantes en mensajes y anuncios públicos que contengan instrucciones, indicaciones u otra información.

Comprender lo que se le dice en transacciones y gestiones sencillas, siempre que pueda pedir confirmación; por ejemplo, en un banco. Comprender la información esencial y los puntos principales de lo que se le dice en conversaciones en las que participa, siempre que pueda pedir confirmación. Comprender el sentido general e información específica de conversaciones que tienen lugar en su presencia e identificar un cambio de tema. Comprender el sentido general e información esencial de programas de televisión tales como boletines meteorológicos o informativos, cuando los comentarios cuenten con el apoyo de la imagen. Expresión e interacción oral: Hacer, ante una audiencia, anuncios públicos y presentaciones breves y ensayadas sobre temas habituales, respondiendo a preguntas breves y sencillas de los oyentes. Desenvolverse en transacciones y gestiones cotidianas; por ejemplo, en bancos o restaurantes. Participar en una entrevista -por ejemplo, de trabajo- pudiendo dar información, reaccionar ante comentarios o expresar ideas sobre temas habituales. Participar en conversaciones en las que se establece contacto social, se intercambia información y se hacen ofrecimientos o sugerencias o se dan instrucciones. Comprensión de lectura: Comprender instrucciones, indicaciones e información básica en letreros y carteles en calles, tiendas, restaurantes, medios de transporte y otros servicios y lugares públicos. Comprender, en notas personales y anuncios públicos, mensajes breves que contengan información, instrucciones e indicaciones relacionadas con actividades y situaciones de la vida cotidiana. Comprender correspondencia personal breve y sencilla. Comprender correspondencia formal breve sobre cuestiones prácticas tales como la confirmación de un pedido o la concesión de una beca. Comprender información esencial y localizar información específica en folletos ilustrados y otro material informativo como prospectos, menús, listados y horarios. Identificar información relevante en textos periodísticos breves y sencillos, tales como resúmenes de noticias que describan hechos o acontecimientos. Expresión e interacción escrita: Escribir notas y anuncios y tomar mensajes sencillos con información, instrucciones e indicaciones relacionadas con actividades y situaciones de la vida cotidiana. Escribir correspondencia personal simple en la que se dan las gracias, se piden disculpas o se habla de uno mismo o de su entorno (familia, condiciones de vida, trabajo, amigos, diversiones). Escribir correspondencia formal sencilla y breve en la que se solicite un servicio o se pida información.

5. Métodos pedagógicos

Si se concibe el idioma como un vehículo de comunicación en distintas situaciones en las que dicho medio se utiliza de forma significativa y adecuada al contexto para llevar a cabo una serie de tareas, se tendrá que aplicar una metodología que proporcione al alumnado las competencias y destrezas necesarias para realizar dichas tareas con eficacia. Esto quiere decir que las distintas competencias consignadas en el presente currículo se presentarán al alumno de manera integrada dentro de tareas comunicativas de comprensión, expresión e interacción, o distintas combinaciones de las mismas, dependiendo de los objetivos establecidos para el nivel.

El aprendizaje se basará en tareas diseñadas a partir de los objetivos específicos, en la realización de las cuales el alumnado deberá aprender a utilizar estrategias de planificación, ejecución, control y reparación, procedimientos discursivos y otras competencias lingüísticas que le permitan comprender y producir textos ajustados a las situaciones de comunicación. Por otro lado, la competencia de aprender a aprender, encaminada a potenciar en el alumno su capacidad de autoaprendizaje, tiene una importancia definitiva en la modalidad de educación a distancia, que le exige ser protagonista de un proceso del que debe responsabilizarse. En este sentido, el profesor-tutor habrá de guiar al alumno, y ayudarle a desarrollar, estrategias de aprendizaje adecuadas para la su autoformación. Dado que las tareas, y todas las actividades relacionadas con ellas, se centran fundamentalmente en el alumno y en su actuación, el papel del profesor será el de experto, orientador, impulsor y evaluador de la actividad, valorando el uso adecuado del idioma por encima del conocimiento del sistema teórico del mismo y de la mera corrección formal. Se deberá recordar que los errores del alumno en el uso de las lenguas que aprende son inevitables, por lo que no deben tenerse en cuenta salvo cuando interfieran en la comunicación. Esto no excluye en absoluto un análisis de dichos errores con el fin de que el alumno reflexione sobre su actuación y la mejore. Para potenciar el uso adecuado del idioma los materiales ofrecidos presentarán una serie de experiencias de aprendizaje que estimulen el interés y sensibilidad hacia las culturas en las que se habla la lengua inglesa, fomenten la confianza del alumno en sí mismo a la hora de comunicarse, aumenten la motivación para aprender y desarrollen la capacidad para aprender de manera autónoma. En este proceso, las nuevas tecnologías de la información y la comunicación constituyen un elemento imprescindible pues facilitan el acceso a materiales en diversos formatos, así como la participación en situaciones reales de comunicación síncrona y asíncrona. De acuerdo con todo lo dicho, la enseñanza del idioma inglés en la modalidad a distancia atenderá a los siguientes principios metodológicos:

Los objetivos declarados se centran en el uso efectivo del idioma por parte del alumno; por tanto, las prácticas de enseñanza y aprendizaje se orientarán de manera que la actuación de éste ocupe el mayor tiempo posible.

El papel del profesor-tutor será esencialmente el de facilitar la participación del alumno en la realización de actividades comunicativas, evaluar su actuación, orientarle con respecto a ésta e indicarle cómo puede desarrollar sus competencias y sus propias estrategias de aprendizaje. Conforme a los objetivos generales y específicos establecidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje se centrarán fundamentalmente en aquéllas a las que el alumnado tendrá que enfrentarse en situaciones de comunicación real -esto es, actividades de comprensión, producción e interacción- a través de tareas que impliquen dichas actividades. Los recursos, métodos y materiales utilizados buscarán provocar situaciones que sean lo más próximos y similares posible a aquellos que el alumnado pueda encontrarse en el curso de su experiencia directa con el idioma objeto de estudio, y se seleccionarán en función de su idoneidad para alcanzar los objetivos establecidos.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 02/10/2007
  • Fecha de publicación: 08/10/2007
  • Fecha de entrada en vigor: 09/10/2007
  • Fecha de derogación: 20/06/2008
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2007-184).
  • EN RELACIÓN con la Orden de 2 de noviembre de 1993 (Ref. BOE-A-1993-27222).
Materias
  • Certificaciones
  • Currículo
  • Enseñanza a Distancia
  • Enseñanza de Idiomas
  • Escuelas de Idiomas

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid