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Documento BOE-A-2016-11242

Resolución de 8 de noviembre de 2016, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se resuelve la concesión de ayudas del segundo programa de mejora de la conectividad inalámbrica del sector hotelero en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 28 de noviembre de 2016, páginas 83173 a 83175 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Referencia:
BOE-A-2016-11242

TEXTO ORIGINAL

Don Daniel Noguera Tejedor, Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, habilitado para este acto como órgano concedente, según lo establecido en el apartado tercero de la base décima de las bases reguladoras,

CONSIDERANDO

Primero.

Por Resolución de 7 agosto de 2015, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, se aprobaron las bases reguladoras por las que se convocaba la concesión de ayudas para el desarrollo del segundo Programa de mejora de la conectividad inalámbrica del sector hotelero, que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 205, de 27 de agosto de 2015. Dicha Resolución fue modificada por la Resolución de 23 de agosto de 2016 (publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 208, de 29 de agosto de 2016).

Segundo.

El 17 de octubre de 2016 se publicó en el perfil del contratante de la Entidad la Resolución de esa misma fecha de octubre de 2016, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se determina el resultado de la verificación del cumplimiento de requisitos de las solicitudes de la comunidad autónoma de Aragón en el marco de la convocatoria de ayudas del segundo Programa de mejora de la conectividad inalámbrica del sector hotelero. En dicha resolución se indicaba que, debido a que, con el presupuesto disponible para la citada región no era posible cubrir todas las solicitudes que cumplían los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, se procedía a la selección de las solicitudes mejor valoradas hasta el agotamiento del presupuesto existente en la comunidad autónoma de Aragón, aplicando los criterios de la base novena.

Tercero.

Tras la constitución de la Comisión de Evaluación y la emisión de su Informe de 24 de octubre de 2016, el Director del departamento de Economía Digital, como órgano instructor del procedimiento, formuló Propuesta de 26 de octubre de 2016, de resolución de solicitudes de Aragón, de la convocatoria para la concesión de ayudas de ayudas del segundo programa de mejora de la conectividad inalámbrica del sector hotelero, publicada en el perfil del contratante en esa misma fecha. En dicha propuesta se recogía el resultado del Informe de la Comisión de Evaluación y se establecía el orden de prelación de las solicitudes, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado segundo de la base octava.

Cuarto.

En el apartado 2.2 de la Propuesta del Director de Economía Digital, de resolución de solicitudes de Aragón, de 26 de octubre de 2016, se proponía la desestimación de las solicitudes que cumplían con los requisitos establecidos en las bases reguladoras, pero, que, de acuerdo con el orden de prelación resultado de la aplicación de los criterios de valoración, no podían acceder a la financiación objeto de la convocatoria, ya que el importe de ayuda solicitado por las pymes que obtuvieron una puntuación superior agotaba el presupuesto disponible para la mencionada región.

Quinto.

En el apartado 2.1 de la Propuesta de resolución de solicitudes de Aragón, del Director de Economía Digital, de 26 de octubre de 2016, el órgano instructor proponía la designación como beneficiarios a 11 pymes, haciendo referencia al presupuesto subvencionable y al importe de la ayuda a conceder.

Sexto.

De acuerdo con lo establecido en el apartado segundo de la base octava de las bases reguladoras, los solicitantes propuestos como beneficiarios en la Propuesta de resolución de solicitudes de Aragón, del Director de Economía Digital, de 26 de octubre de 2016, disponían de un plazo de cinco días a contar desde el día siguiente a su publicación en el perfil del contratante de la Entidad, para comunicar la no aceptación del contenido de dicha propuesta de resolución.

En el plazo establecido, no se ha manifestado la no aceptación de la Propuesta del Director de Economía Digital de 26 de octubre de 2016 por parte de ninguno de los propuestos como beneficiarios.

Por todo lo expuesto,

RESUELVO

Primero.

Seleccionar como beneficiarios, en lo que respecta a la comunidad autónoma de Aragón, a las siguientes pymes, en los términos previstos en el apartado 2.1 de la Propuesta de resolución de solicitudes de Aragón de la convocatoria para la concesión de ayudas de ayudas del segundo programa de mejora de la conectividad inalámbrica del sector hotelero, el 26 de octubre de 2016, con detalle del orden de prelación, presupuesto subvencionable y el importe de la ayuda a recibir de forma provisional (condicionada a la correcta justificación de las actuaciones, según lo dispuesto en la base décima y en la normativa legal aplicable):

Orden de prelación

N.º expediente

Nombre o razón social

NIF

Establecimiento

Presupuesto Subvencionable (impuestos indirectos excluidos)

Euros

Importe Ayuda Provisional

Euros

1.º

2015/05815/000659

JORGE ALONSO GONZÁLEZ.

18440952N

CAMPING-BUNGALOW LAS CORRADIZAS.

34.324,63

17.162,32

2.º

2015/05815/000258

COMPLEJO BOLASO, S.L.L.

B50813294

CAMPING BOLASO.

17.768,89

14.215,11

3.º

2015/05815/000535

MONASTERIO DE PIEDRA, S.A.

A50003417

HOTEL MONASTERIO DE PIEDRA.

38.883,60

25.000,00

4.º

2015/05815/000374

CAMPING ANETO, S.L.

B58584509

CAMPING ANETO.

9.940,13

7.952,10

5.º

2015/05815/000387

BAJOARAGONESA DE GESTIÓN, S.L.

B50107192

LAKE CASPE CAMPING.

31.460,42

25.000,00

6.º

2015/05815/000022

PINSET CENTER DOS, S.L.

B22219331

HOTEL SALIECHO.

13.448,01

10.758,41

7.º

2015/05815/000240

INVERSIONES BASSAGODA, S.A.

A17084526

HOTEL NIEVESOL.

13.894,52

11.115,62

8.º

2015/05815/000358

INMOBILIARIA ALMOZARA, S.L.

B50040450

HOTEL REINO DE ARAGÓN.

22.571,78

18.057,42

9.º

2015/05815/000429

HOTEL DOS RÍOS. S.L.

B22268635

HOTEL DOS RÍOS.

29.122,14

14.561,07

10.º

2015/05815/000431

HOTEL DOS RÍOS, S.L.

B22268635

HOSTAL DOS RÍOS.

18.005,36

9.002,68

11.º

2015/05815/000333

PORTAZGO GESTIÓN, S.A.

A50198613

HOTEL EUROPA.

26.947,99

21.558,39

Segundo.

Desestimar las siguientes solicitudes, dado que no existe presupuesto suficiente en la comunidad autónoma de Aragón para la financiación de todas las solicitudes que cumplen los requisitos de las bases reguladoras:

Orden de prelación

N.º Expediente

Nombre o Razón Social

NIF

Establecimiento

Presupuesto Subvencionable (impuestos indirectos excluidos)

Euros

Importe Ayuda Provisional

Euros

12.º

2015/05815/000339

HOTEL ORIENTE EXPLOTACIÓN Y GESTIÓN, S.L.

B99376303

HOTEL ORIENTE.

27.849,86

22.279,89

13.º

2015/05815/000110

EL CRESOL DE CALACEITE, S.L.

B44194074

EL CRESOL DE CALACEITE.

15.351,10

12.280,88

Tercero.

La presente resolución es susceptible de recurso de alzada ante el Presidente de la Entidad Pública Empresarial Red.es, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 8 de noviembre de 2016.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, Daniel Noguera Tejedor.

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