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Documento BOE-A-2017-3937

Resolución de 14 de enero de 2016, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Española de Fibrosis Quística.

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 10 de abril de 2017, páginas 28738 a 28739 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2017-3937

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Española de Fibrosis Quística resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por la Sociedad Española de Fibrosis Quística y la Federación Española de Fibrosis Quística, en Valencia, el 5 de noviembre de 2015, según consta en la escritura pública número 2063, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Valencia, don Juan Piquer Belloch.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación se encuentra establecido en calle Duque de Gaeta, 56, pta. 14, de Valencia (código postal 46022) y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 euros). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente tal y como consta en certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

La Fundación tiene como fin principal la mejora de la calidad de vida de las personas con fibrosis quística y sus familias a través de la promoción de la formación y adecuación del personal sanitario y no sanitario que trata dichos pacientes; el apoyo del estudio, la investigación y la divulgación de la enfermedad en todos sus ámbitos, del conocimiento científico en general y de programas asistenciales que reviertan directamente en el usuario.

Quinto. Patronato.

Presidente: Doña Amparo Concepción Sole Jover.

Vicepresidente: Don Tomás Castillo Arenal.

Secretario: Don Óscar Asensio de la Cruz.

Tesorero: Don Juan Jesús Zamudio Ranedo.

Vocales: Don Rafael Alemany Herrera, doña María Esther Sabando Rodríguez, doña Sacramentos García Muñoz, don Clemente Villalba Jesús, don Antonio Salcedo Posadas, don Félix María Baranda García, doña María Isabel Barrio Gómez de Agüero y doña María Jesús Alonso Ramos.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones; el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 4 de enero de 2016.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Española de Fibrosis Quística y su Patronato.

Madrid, 14 de enero de 2015.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.

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