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Documento BOE-A-2017-5154

Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Más Vida, los Jóvenes con la Vida.

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 11 de mayo de 2017, páginas 38118 a 38119 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2017-5154

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Más Vida, los Jóvenes con la Vida resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Duarte-Antonio Falcó de la Cierva, don Álvaro Ortega Pérez y don Antonio-Ramón Cañones Rodríguez, en Madrid, el 18 de diciembre de 2015, según consta en la escritura pública número 2000, otorgada ante la notaria del Ilustre Colegio de Madrid, doña Cristina Caballería Martel, que fue ratificada por la diligencia otorgada el 21 de diciembre, ante la misma notaria que otorgó la escritura inicial.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación se encuentra establecido en la calle Marqués de Ahumada, 14,2.º Madrid (código postal 28028) y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 euros). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente tal y como consta en certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Los fines de interés general de la Fundación son defender la vida humana en toda su amplitud desde el momento de la concepción hasta la muerte natural, defendiendo su dignidad y derechos inherentes a la persona desde ese instante, y fundados en una Ley moral independiente del arbitrio o pacto de los hombres.

Quinto. Patronato.

Presidente: Don Álvaro Ortega Pérez.

Vicepresidente: Don Duarte-Antonio Falcó de la Cierva.

Secretaria: Doña María Pilar Castañón Fernández.

Vocales: «Fundación Villacisneros» representada por don Íñigo Javier Gómez-Pineda Goizueta, don Antonio Camuñas Baena, don Fernando-Luis Pasage Suárez, don Antonio Ramón Cañones Rodríguez, doña María del Dulce Nombre de León Castillejo.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 11 de febrero de 2016.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Más Vida, los Jóvenes con la Vida y su Patronato.

Madrid, 9 de marzo de 2016.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.

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