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Documento BOE-A-2018-1413

Resolución de 29 de enero de 2018, de la Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales, por la que se resuelve la segunda convocatoria 2017 de ayudas del Fondo Social Europeo, destinadas a la integración sostenible de personas jóvenes en el mercado de trabajo, en el contexto del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 1 de febrero de 2018, páginas 13029 a 13039 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Referencia:
BOE-A-2018-1413

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de 22 de agosto de 2017, de la Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales, cuyo extracto ha sido publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 29 de agosto de 2017, se aprobó la segunda convocatoria 2017 de ayudas del Fondo Social Europeo, previstas en el Programa Operativo de Empleo Juvenil, eje 5, para la integración sostenible de personas jóvenes en el mercado de trabajo, en el contexto del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Dichas ayudas, cuyas bases se contienen en la Orden HAP/1337/2016, de 27 de julio, (BOE 186 de 3 de agosto de 2016), se destinan a la cofinanciación de proyectos promovidos por las entidades solicitantes, según lo previsto en dicha Orden, para la realización de actividades formativas que contribuyan a reforzar la empleabilidad y las competencias profesionales de las personas jóvenes no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación y formación, en cumplimiento del objetivo específico 8.2.2, del eje 5, del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Conforme a lo previsto en la citada Resolución de aprobación de la convocatoria, el importe de la ayuda disponible para la misma asciende a 24.511.724,52 euros.

Concluido el plazo establecido en el apartado décimo de dicha convocatoria para la presentación de solicitudes, se han presentado un total de 132 solicitudes, de las cuales 5 han sido desistidas por las entidades solicitantes. El importe de la ayuda solicitada asciende a 25.374.426,35 euros.

De conformidad con lo previsto en el apartado undécimo.1 y 2 de la Resolución, de 22 de agosto de 2017, por la que se aprueba esta segunda convocatoria de ayudas del Fondo Social Europeo, el órgano instructor ha comprobado el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad de los proyectos presentados y tras practicar los requerimientos de subsanación necesarios se han remitido, a la Comisión de Valoración, únicamente los que cumplen dichos requisitos de admisibilidad a los efectos de proceder a su análisis, en régimen de concurrencia competitiva, aplicando los criterios de valoración previstos en el citado apartado undécimo.3 de la Resolución por la que se aprueba la convocatoria

Conforme a dicha evaluación y en cumplimiento de lo dispuesto en el citado apartado undécimo de la convocatoria y artículo 4.6 de la Orden HAP/1337/2016, de 27 de julio la Comisión de Valoración en sesión de fecha 22 de enero de 2018, ha formulado a esta Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales propuesta de resolución para la concesión de las ayudas.

En consecuencia con lo anterior y considerando la propuesta de la Comisión de Valoración, en base a lo previsto en el apartado duodécimo de la misma, resuelvo:

Primero.

Conceder una ayuda del Fondo Social Europeo en el ámbito de la Garantía Juvenil (ayuda AP-POEJ), para la cofinanciación de los proyectos que se relacionan en el anexo I de la presente resolución con la calificación de Financiables, por el importe máximo consignado a cada uno de los proyectos.

Segundo.

Desestimar las solicitudes de subvención para los proyectos que figuran en el anexo II con la calificación de No Financiables, por no cumplir las condiciones exigidas en la convocatoria de las ayudas, tal como se especifica en dicho anexo.

Tercero.

Calificar en Reserva aquellos proyectos relacionados en el anexo III que, cumpliendo los requisitos establecidos para ser subvencionados, no pueden ser financiados por no disponerse de crédito suficiente en la convocatoria de las ayudas. Esta relación está priorizada de acuerdo a la puntuación obtenida por los proyectos.

Cuarto.

Considerando la renuncia de dos proyectos aprobados para su cofinanciación en base a la primera convocatoria de ayudas AP-POEJ, se han generado nuevas disponibilidades de crédito por un importe de 2.684.157,20 euros. De acuerdo al apartado noveno del artículo 4 de la Orden HAP/1337/2016, de 27 de julio por las que se aprobaron las Bases reguladoras de las ayudas AP-POEJ, procede aplicar estos fondos para la concesión de subvención a los proyectos declarados en Reserva en el punto anterior.

Quinto.

Los proyectos que tienen concedida una ayuda inferior a la solicitada inicialmente, deberán ser objeto, por parte de la entidad beneficiaria, de los ajustes pertinentes para adecuar el presupuesto elegible a la ayuda concedida, manteniendo la naturaleza de la finalidad del proyecto aprobado. Dicho ajuste se efectuará a través de la aplicación informática AP-POEJ desarrollada por este Organismo Intermedio, debiendo facilitarse por el mismo medio una memoria en la que se especifiquen los cambios efectuados.

Sexto.

En el plazo de diez días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», las entidades beneficiarias deberán comunicar al Organismo Intermedio la aceptación expresa de la ayuda, mediante la firma electrónica a través de la aplicación informática AP-POEJ del correspondiente documento electrónico, entendiéndose que renuncian a la misma si no se firma dicha aceptación en plazo.

Mediante este documento el beneficiario declarará que ha leído y acepta las condiciones que figuran en el Documento en el que se Establecen las Condiciones de la Ayuda (D.E.C.A.), que figura en el anexo IV de la presente Resolución.

La aceptación de la subvención implica la conformidad de la entidad para su inclusión en la lista de beneficiarios, según lo previsto en el artículo 4.8 de la Orden HAP/1337/2016, de 27 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas AP-POEJ de la presente convocatoria.

La calificación como financiable de un proyecto no implica necesariamente la conformidad con la subvencionabilidad de todas las acciones contempladas en el mismo y tanto los gastos como las actividades cofinanciadas deberán someterse, en todos los casos, a lo indicado en la convocatoria y en las instrucciones de aplicación que elabore este Organismo Intermedio así como a las Normas de elegibilidad elaboradas por la Autoridad de Gestión del Programa Operativo y los Reglamentos Comunitarios de aplicación.

Séptimo.

El periodo de ejecución de los proyectos a los que se asigna la ayuda AP-POEJ, con los gastos en que se ha incurrido efectivamente pagados, será hasta el 31 de diciembre de 2018, conforme a lo previsto en el Programa Operativo de Empleo Juvenil, salvo que dicho plazo fuera objeto de ampliación mediante Decisión adoptada por la Comisión Europea.

Octavo.

Para la solicitud del reembolso de las ayudas concedidas, los beneficiarios aportarán la correspondiente justificación de los gastos realizados y efectivamente pagados, a través de la aplicación de la Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales, con arreglo a las normas y a los modelos electrónicos que se recojan en sus páginas y de acuerdo con las instrucciones que se dicten al efecto.

Noveno.

Advertidos errores en la denominación de la Entidad beneficiaria de diversos proyectos aprobados para su cofinanciación en la primera convocatoria de ayudas AP-POEJ y de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su corrección de acuerdo a lo especificado en el anexo V.

Décimo.

Publicar la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Undécimo.

Contra la presente resolución no cabe interponer recurso en vía administrativa, si bien, se podrá formular, potestativamente, requerimiento previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo, solicitando su anulación o revocación ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la misma en el «Boletín Oficial del Estado». El requerimiento se entenderá rechazado si dentro del mes siguiente a su recepción no fuera contestado, de conformidad con lo previsto en el artículo 44.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

El recurso contencioso-administrativo podrá interponerse ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según el artículo 10.1.m) de la citada Ley. El plazo para su interposición será de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que reciba la comunicación de la resolución del requerimiento previo o este se entienda desestimado por silencio administrativo. Si no formula requerimiento previo, el plazo para su interposición será de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de enero de 2018.–El Director General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales, Enrique Lasso de la Vega y Valdenebro.

ANEXO I
Proyectos Financiables

N.º de Proyecto

Nombre del proyecto

Entidad solicitante

Provincia

C.A.

Importe elegible inicial

Importe máximo concedido

Ayuda máxima concedida

1642

Jóvenes de Lebrija por el Empleo.

Ayuntamiento de Lebrija.

Sevilla

Andalucía

156.800,00

156.800,00

144.083,52

1524

Esfera - Mujeres.

Organismo Autónomo Universidad Popular del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.

Cáceres

Extremadura

425.600,00

425.600,00

391.083,84

1620

Provincia joven: empleo en comarca.

Diputación de Segovia.

Segovia

Castilla y León

185.920,00

185.920,00

170.841,89

1554

«Emple@net Joven»(ampliación).

Ayuntamiento de Fuengirola.

Málaga

Andalucía

11.025,00

11.025,00

10.130,87

1656

PromociónAvilés.

Ayuntamiento de Avilés.

Asturias

Asturias, Principado de

105.000,00

105.000,00

96.484,50

1722

Ekin Lanari.

Ayuntamiento de Eibar.

Guipuzkoa

País Vasco

180.880,00

180.880,00

166.210,63

1696

Programa Empleo Juvenil en Navalcarnero.

Ayuntamiento de Navalcarnero.

Madrid

Madrid, Comunidad de

198.800,00

198.800,00

182.677,32

1674

Activate 2017.

Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz.

Murcia

Murcia, Región de

35.840,00

35.840,00

32.933,38

1672

Garantía Joven Mairena del Alcor.

Ayuntamiento de Mairena del Alcor.

Sevilla

Andalucía

269.878,00

269.878,00

247.990,89

1690

Activa León.

Diputación de León.

León

Castilla y León

299.700,00

299.700,00

275.394,33

1526

VA! al punto.

Ayuntamiento de Valladolid.

Valladolid

Castilla y León

170.594,01

170.594,01

156.758,84

1532

Segovia: Empleo joven de garantía.

Ayuntamiento de Segovia.

Segovia

Castilla y León

157.499,63

157.499,63

144.726,41

1508

Operaciones básicas de cocina.

Ayuntamiento Torrelodones.

Madrid

Madrid, Comunidad de

42.000,00

42.000,00

38.593,80

1710

Tudela: Apuesta por el turismo de calidad.

Ayuntamiento de Tudela.

Navarra

Navarra, Comunidad Foral de

60.149,99

60.149,99

55.271,83

1678

Puente Genil Emplea Joven.

Ayuntamiento de Puente Genil.

Córdoba

Andalucía

1.074.200,43

1.074.200,40

987.082,75

1572

Elas Mais.

Ayuntamiento de A Coruña.

Coruña, A

Galicia

480.886,00

480.886,00

441.886,15

1586

Plan de activación joven. Fase II.

Ayuntamiento de Badajoz.

Badajoz

Extremadura

422.692,38

422.692,38

388.412,03

1514

FormaT-Atención a personas dependientes.

Ayuntamiento de Ayamonte.

Huelva

Andalucía

110.195,79

110.195,79

101.258,91

1536

Cabra por el empleo juvenil.

Ayuntamiento de Cabra.

Córdoba

Andalucía

200.240,04

200.240,04

184.000,57

1648

Manises és capacitació.

Ayuntamiento de Manises.

Valencia/València

Comunitat Valenciana

69.328,44

69.328,44

63.705,90

1580

Programa de empleo juvenil de Armilla.

Ayuntamiento de Armilla.

Granada

Andalucía

194.532,32

194.532,32

178.755,75

1530

Empléate joven Almansa.

Excmo. Ayuntamiento de Almansa.

Albacete

Castilla-La Mancha

281.400,00

281.400,00

258.578,46

1602

Socorrismo en instalaciones acuáticas.

Ilustre Ayuntamiento de Mogán.

Palmas, Las

Canarias

69.172,18

63.562,32

58.407,42

1628

Plasencia juvenil.

Ayuntamiento de Plasencia.

Cáceres

Extremadura

305.852,51

305.852,51

281.047,87

1668

Empleo joven Lepe.

Ayuntamiento de Lepe.

Huelva

Andalucía

207.116,00

207.116,00

190.318,89

1688

¡Joven ponte en marcha II!.

Ayuntamiento de Terrassa.

Barcelona

Cataluña

205.412,05

205.412,05

188.753,13

1634

Dipujoven Plus.

IEDT? Instituto de Empleo y Desarrollo Socio-Económico y Tecnológico de la Diputación Provincial de Cádiz.

Cádiz

Andalucía

1.305.343,62

1.305.343,62

1.199.480,25

1636

LOGIS-TIC.

Excmo. Ayuntamiento de Castro Urdiales.

Cantabria

Cantabria

210.277,50

210.277,50

193.223,99

1708

Administrativo/a con simulación empresas.

Ayuntamiento de Tomares.

Sevilla

Andalucía

38.500,00

38.500,00

35.377,65

1652

Mieres Joven fórmate y ocúpate.

Ayuntamiento de Mieres.

Asturias

Asturias, Principado de

191.100,00

191.100,00

175.601,79

1504

Novo Empleo Ronda.

Ayuntamiento de Ronda.

Málaga

Andalucía

59.062,21

59.062,21

54.272,26

1512

Escuela de segunda oportunidad (E2O)».

Centro iniciativas para la formación y el empleo. Ayto-Fuenlabrada.

Madrid

Madrid, Comunidad de

210.000,00

210.000,00

192.969,00

1542

POEJ 2017 Palma del Rio.

Ayuntamiento de Palma del Rio.

Córdoba

Andalucía

99.842,14

99.842,14

91.744,94

1610

Sí-sí! Joven-Torre-Pacheco.

Ayuntamiento Torre-Pacheco.

Murcia

Murcia, Región de

190.121,40

190.120,00

174.701,27

1632

Cualificcion turística Mazarrón.

Agencia de desarrollo local Ayuntamiento Mazarrón.

Murcia

Murcia, Región de

122.850,00

122.850,00

112.886,87

1738

Tarragona Impulsa tu futuro.

Ayuntamiento de Tarragona.

Tarragona

Cataluña

411.948,03

411.948,03

378.539,04

1574

Andújar cre@ empleo en la hostelería.

Ayuntamiento de Andújar.

Jaén

Andalucía

68.040,00

62.521,96

57.451,43

1686

Para el empleo. Curso socorrista.

Ayuntamiento de Isla Cristina.

Huelva

Andalucía

14.188,58

14.188,58

13.037,89

1692

ECO: Escuela contenidos audiovisuales.

Ayuntamiento de Santander.

Cantabria

Cantabria

132.314,00

132.314,00

121.583,33

1654

Inserción laboral jóvenes de Leganés.

Ayuntamiento de Leganés.

Madrid

Madrid, Comunidad de

103.216,40

103.216,40

94.845,55

1506

Dinamiz. Actividades de T. Libre en CAM.

Ciudad Autónoma de Melilla.

Melilla

Ciudad de Melilla

105.000,00

105.000,00

96.484,50

1762

Proyecto formativo Getafe AP-POEJ 2017.

Organismo Autónomo Agencia Local de Empleo y Formación.

Madrid

Madrid, Comunidad de

835.240,01

835.240,00

767.502,04

1704

Priego de Córdoba: Juventud y profesión.

Ayuntamiento de Priego de Córdoba.

Córdoba

Andalucía

267.846,43

267.846,43

246.124,08

1740

Errenterialan.

Ayuntamiento de Errenteria.

Guipuzkoa

País Vasco

291.368,00

291.368,00

267.738,06

1752

Programa «Mocidade Activa».

Ayuntamiento de Lalín.

Pontevedra

Galicia

462.210,00

462.210,00

424.724,77

1522

Mijas valor joven.

Ayuntamiento de Mijas.

Málaga

Andalucía

191.338,00

191.338,00

175.820,49

1528

Sostenibilidad sociolaboral de jóvenes.

Ayuntamiento de los Realejos.

Santa Cruz de Tenerife

Canarias

35.700,00

35.700,00

32.804,73

1584

EmpléaTe - Progresa Martos 2020.

Excelentísimo Ayuntamiento de Martos.

Jaén

Andalucía

227.424,40

227.424,40

208.980,28

1616

San Andrés empleo juvenil.

Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo.

León

Castilla y León

24.745,00

24.745,00

22.738,18

1670

Plan Juvenil IMPULSA.

Ayuntamiento de Santiago de Compostela.

Coruña, A

Galicia

573.037,50

573.037,50

526.564,16

1742

Plan de Formación y Orientación.

Ayuntamiento de Calatayud.

Zaragoza

Aragón

17.164,20

17.164,20

15.772,18

1534

Viaje Juvenil a la Empleabilidad.

Ayuntamiento de Alzira.

Valencia/València

Comunitat Valenciana

249.779,64

249.779,64

229.522,51

1550

Plan de mejora de empleabilidad joven.

Ayuntamiento de Don Benito.

Badajoz

Extremadura

124.880,00

124.880,00

114.752,23

1630

Almería por la formación lingüística.

Diputación de Almería.

Almería

Andalucía

199.920,00

199.920,00

183.706,49

1750

Yecla Enclavejoven.

Ayuntamiento de Yecla.

Murcia

Murcia, Región de

41.512,80

41.512,80

38.146,11

1540

PEL- Emprego Xuvenil.

Deputacion Provincial de A Coruña.

Coruña, A

Galicia

534.139,20

534.139,20

490.820,51

1520

Qualifica Jove.

Ajuntament de Gandia.

Valencia/València

Comunitat Valenciana

116.861,06

116.861,06

107.383,63

1680

ALAS.

Organismo Autónomo Local Centro Municipal de Formación Integral.

Sevilla

Andalucía

150.407,97

150.407,97

138.209,88

1624

Juvenactiva.

Ayuntamiento de Ávila.

Ávila

Castilla y León

145.991,21

145.991,21

134.151,32

1724

POEJA´17.

Ayuntamiento de Adra.

Almería

Andalucía

59.309,60

59.309,60

54.499,59

1756

Training Think Utrera.

Excmo. Ayuntamiento de Utrera.

Sevilla

Andalucía

308.261,41

308.261,41

283.261,41

1676

«Mocidade Narón Activa 4.0».

Ayuntamiento de Narón.

Coruña, A

Galicia

57.232,00

57.232,00

52.590,48

1612

Lanzadera joven, itinerarios de empleo.

Ayuntamiento de la Rinconada.

Sevilla

Andalucía

223.192,59

223.192,59

205.091,67

1638

Emprendejoven Zamora.

Diputación Provincial de Zamora.

Zamora

Castilla y León

650.000,00

650.000,00

597.285,00

1518

Auxiliar almacén.

Ayuntamiento de Laguna de Duero.

Valladolid

Castilla y León

30.492,00

30.492,00

28.019,10

1700

IRM (Instala, Repara y Mantén).

Ayuntamiento de Rubí.

Barcelona

Cataluña

218.176,00

218.176,00

200.481,93

1510

Arteixo por el empleo juvenil-2018.

Ayuntamiento de Arteixo.

Coruña, A

Galicia

28.514,50

28.514,50

26.201,97

1516

Vigo Polo Emprego da Mocidade II.

Ayuntamiento de Vigo.

Pontevedra

Galicia

100.314,70

100.314,70

92.179,18

1640

Lucena Empleo Joven.

Ayuntamiento de Lucena.

Córdoba

Andalucía

143.728,20

143.728,20

132.071,84

1746

Integración jóvenes atención Col. Vuln.

Ayuntamiento de Tarragona.

Tarragona

Cataluña

225.000,00

225.000,00

206.752,50

1666

Apuesta Joven San Javier.

Ayuntamiento de San Javier.

Murcia

Murcia, Región de

184.566,20

184.566,20

169.597,88

1702

AP-POEJ: Forma-Emplea Jovens Santa Pola.

Agencia de Desarrollo Local de Santa Pola.

Alacant/Alicante

Comunitat Valenciana

60.900,00

60.900,00

55.961,01

1716

Selfie Plus.

Ayuntamiento de Torrelavega.

Cantabria

Cantabria

353.660,16

353.660,16

324.978,32

1618

Construeix el Teu Futur.

Ayuntamiento de Paiporta.

Valencia/València

Comunitat Valenciana

55.071,80

55.071,80

50.605,48

1646

Juvenis.

Ayuntamiento de Almendralejo.

Badajoz

Extremadura

61.845,00

61.845,00

56.829,37

1662

Avanza-CuencaJoven II.

Patronato Municipal de Promoción Económica Formación y empleo del Ayuntamiento de Cuenca.

Cuenca

Castilla-La Mancha

177.853,20

177.853,20

163.429,31

1626

Palante Villarrobledo.

Ayuntamiento de Villarrobledo.

Albacete

Castilla-La Mancha

572.868,78

572.868,78

526.409,12

1732

Almuñécar Emple@ Joven 2018.

Ayuntamiento de Almuñécar.

Granada

Andalucía

339.829,58

339.829,58

312.269,40

1564

Alaquàs emplea joven.

Ayuntamiento de Alaquàs.

Valencia/València

Comunitat Valenciana

32.637,23

32.637,23

29.990,35

1614

Impulsa-T.

Ayuntamiento de Ponferrada.

León

Castilla y León

89.334,00

89.334,00

82.089,01

1592

Joven en acción.

Ayuntamiento de Gavà.

Barcelona

Cataluña

73.577,00

73.577,00

67.609,91

1744

EJOVI (Empleo jóvenes de Villanueva).

Excmo. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena.

Badajoz

Extremadura

202.022,89

202.022,89

185.638,83

1760

PJA (Proyecto para una Juventud Activa).

Diputación de Alicante.

Alacant/Alicante

Comunitat Valenciana

529.200,00

529.200,00

486.281,88

1548

Plan de Mejora Empleabilidad Juvenil.

Ayuntamiento Azuqueca de Henares.

Guadalajara

Castilla-La Mancha

254.856,00

254.856,00

234.187,18

1658

Formación TIC.

Diputación Provincial de Valladolid.

Valladolid

Castilla y León

327.320,14

327.320,14

300.774,48

1558

Forma joven Alhaurin de la Torre.

Ayuntamiento de Alhaurin de la Torre.

Málaga

Andalucía

124.460,51

124.460,51

114.366,76

1606

Jovestur.

Ajuntament de Tortosa.

Tarragona

Cataluña

57.241,83

57.241,83

52.599,52

1552

#JovenesenFormAccion II.

Ayuntamiento de Granada.

Granada

Andalucía

246.540,00

246.540,00

226.545,61

1718

Form@’t i Ocup@’t.

Ajuntament D’Ontinyent.

Valencia/València

Comunitat Valenciana

237.850,90

237.850,90

218.561,19

1590

Agüimes Natura.

Ayuntamiento de Agüimes.

Palmas, Las

Canarias

51.450,00

51.450,00

47.277,41

1650

Activación Juvenil: Incorpora2.

Ayuntamiento de Gijón.

Asturias

Asturias, Principado de

299.769,72

299.769,71

275.458,39

1698

Empleo juvenil en Medina del Campo.

Ayuntamiento de Medina del Campo.

Valladolid

Castilla y León

21.840,00

21.840,00

20.068,78

1706

Escuela de Hostelería de Tomares.

Ayuntamiento de Tomares.

Sevilla

Andalucía

167.213,20

167.213,20

153.652,21

1682

Jóvenes con ideas.

Ayuntamiento de Palencia.

Palencia

Castilla y León

87.220,00

87.220,00

80.146,46

1730

Itinerarios de formación digital….

Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba.

Córdoba

Andalucía

379.600,21

379.600,21

348.814,63

1578

Proyecto de formación e inserción.

Ayuntamiento de las Torres de Cotillas.

Murcia

Murcia, Región de

55.633,20

55.633,20

51.121,35

1726

Nerja impulso joven.

Ayuntamiento de Nerja.

Málaga

Andalucía

217.728,00

217.728,00

200.070,26

1758

CREC.

Ajuntament de Cullera.

Valencia/València

Comunitat Valenciana

290.264,78

290.264,78

266.724,31

1568

Iniciactiva’t 2.

Ayuntamiento de Torrent.

Valencia/València

Comunitat Valenciana

313.250,00

313.250,00

287.845,43

1660

Candelaria T-Forma 2018.

Ayuntamiento de Candelaria.

Santa Cruz de Tenerife

Canarias

279.339,20

279.339,20

256.684,79

1720

RestauraMiRjoVe.

Ajuntament de Montcada i Reixac.

Barcelona

Cataluña

47.600,00

47.600,00

43.739,64

1736

Informática recurso búsqueda empleo.

Ayuntamiento de Alcantarilla.

Murcia

Murcia, Región de

12.925,00

12.925,00

11.876,78

1764

Empieso.

Ayuntamiento de Arona.

Santa Cruz de Tenerife

Canarias

420.992,88

420.992,88

386.850,36

1608

Joven, tú puedes.

Ayuntamiento de Gavà.

Barcelona

Cataluña

72.625,00

72.625,00

66.735,11

1734

Integra-Joven Los Barrios.

Ayuntamiento de Los Barrios.

Cádiz

Andalucía

239.400,00

239.400,00

219.984,66

1502

Joven economía digital Illescas.

Ayuntamiento de Illescas.

Toledo

Castilla-La Mancha

547.680,00

547.680,00

503.263,15

1596

Hostelería Express.

Ayuntamiento de Huesca.

Huesca

Aragón

38.556,36

38.556,36

35.429,44

1570

Mes Opcions Quart.

Ayuntamiento de Quart de Poblet.

Valencia/València

Comunitat Valenciana

172.455,50

172.455,50

158.469,36

1714

Programa para la integración laboral.

Ayuntamiento de Medina del Campo.

Valladolid

Castilla y León

34.243,01

34.243,00

31.465,89

1644

Incorpórate joven Pilar de la Horadada.

Ayuntamiento de Pilar de la Horadada.

Alacant/Alicante

Comunitat Valenciana

193.864,36

193.864,36

178.141,96

1560

Jóvenes activos.

Ayuntamiento de Ceuta.

Ceuta

Ciudad de Ceuta

583.795,39

583.795,39

536.449,58

1748

Memoria técnica artesanía.

Excelentísimo Ayuntamiento de Nijar.

Almería

Andalucía

68.453,00

68.453,00

62.901,46

1728

Impulso del empleo joven en Móstoles.

Ayuntamiento de Móstoles.

Madrid

Madrid, Comunidad de

224.448,00

224.448,00

206.245,27

1600

Muévete en Europa.

Ayuntamiento de la Vall D’Uixó.

Castellón/Castelló

Comunitat Valenciana

350.000,00

350.000,00

321.615,00

1594

Joven Informa.

Ayuntamiento de Gavà.

Barcelona

Cataluña

72.877,00

72.877,00

66.966,68

1562

Castrillón: Integración juvenil y empleo.

Ayuntamiento de Castrillón.

Asturias

Asturias, Principado de

106.384,89

106.384,89

97.757,08

1582

Creación y gestión de microempresas.

Ayuntamiento de Alcoy.

Alacant/Alicante

Comunitat Valenciana

56.000,00

56.000,00

51.458,40

1556

Mejorada con los jóvenes.

Ayuntamiento de Mejorada del Campo.

Madrid

Madrid, Comunidad de

226.744,01

226.744,01

208.355,07

1538

Eivissa por el empleo juvenil.

Ayuntamiento de Ibiza.

Illes Balears

Balears, Illes

37.870,20

37.870,20

34.798,93

1544

2TIC Ciberseguridad.

Diputación de Tarragona.

Tarragona

Cataluña

54.386,18

54.386,18

49.975,46

1604

I3J-2018.

Ayuntamiento de Huelva.

Huelva

Andalucía

200.004,00

200.004,00

183.783,68

1598

Gaztelan.

Ayuntamiento de Arrasate/Mondragón.

Guipuzkoa

País Vasco

623.560,00

623.560,00

572.989,28

ANEXO II
Proyectos No Financiables

Nombre del proyecto

Entidad solicitante

Provincia

C.A.

Importe elegible inicial

Causa

Altea se mueve contigo: Movialt.

Ayuntamiento de Altea.

Alacant/Alicante

Comunitat Valenciana

48.300,00

Las acciones programadas no responden a los requisitos de la convocatoria.

Plan Juvenil actua Torremolinos.

Agencia Municipal de Promoción y Desarrollo del Excelentísimo Ayuntamiento de Torremolinos.

Málaga

Andalucía

123.480,00

Certificado de Acuerdos no válido. No se ha acreditado que el proyecto haya sido aprobado por la Entidad.

ANEXO III
Proyectos en Reserva

N.º de Proyecto

Nombre del proyecto

Entidad solicitante

Provincia

C.A.

Importe elegible inicial

Importe máximo a conceder

Ayuda máxima a conceder

1712

Prometeo una ruta al mercado laboral

Ayuntamiento de Salamanca

Salamanca

Castilla y León

639.800,00

639.800,00

587.912,22

1588

Activación para el empleo Piqueras

Diputación Provincial de Soria

Soria

Castilla y León

480.908,46

343.506,04

315.647,70

1766

Memoria técnica agricultura

Excelentisimo Ayuntamiento de Nijar

Almería

Andalucía

75.313,00

75.313,00

69.205,12

ANEXO IV
Documento en el que se establecen las Condiciones de la Ayuda (D.E.C.A)

El presente documento se entrega al beneficiario para informarle de las condiciones de la ayuda FSE, en cumplimiento del artículo 125.3.c del Reglamento (UE) de Disposiciones Comunes 1303/2013, de diciembre de 2013.

Concesión de la ayuda:

Mediante Resolución de fecha 25 de enero de 2018, de la Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales (DGRCAEL), como Organismo Intermedio del Programa Operativo de Empleo Juvenil de 2014-2020, se ha aprobado la concesión de una ayuda del Fondo Social Europeo (ayuda AP-POEJ) correspondiente a la segunda convocatoria de 2017, para la cofinanciación del proyecto presentado por esa Entidad Local, por el importe que figura en la relación del anexo I de la precitada Resolución, con un coste elegible asociado a la ayuda que igualmente figura en dicho anexo.

La asignación de esta ayuda del Fondo Social Europeo no genera derecho al cobro de la misma, que quedará supeditado, en última instancia, al desembolso efectivo de los fondos por parte de la Comisión Europea, siempre que se cumplan las normas de elegibilidad, justificación y reembolso de gastos establecidas a tal efecto en el Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de disposiciones comunes y en el Reglamento (UE) 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Social Europeo.

Plan de financiación:

El presupuesto asignado al Organismo Intermedio para todo el periodo asciende a 100.000.000 de euros. Este importe representa una ayuda del 91,89 por cien del total de gasto subvencionable y constituye la tasa máxima de cofinanciación a nivel de proyecto.

Calendario de ejecución:

El plazo para la ejecución de las actividades subvencionables del proyecto al que se destina la ayuda concedida es el que se establece en la citada Resolución de concesión de la misma.

Método aplicable para determinar los costes del proyecto y la justificación de los gastos:

Según lo dispuesto en la Resolución de aprobación de la presente convocatoria, para la justificación de los gastos se tendrá en cuenta el sistema adoptado de costes simplificados, en la modalidad de financiación a tipo fijo de hasta el 40 por cien de los costes directos de personal subvencionables para financiar el resto de costes subvencionables del proyecto. Por consiguiente, el coste elegible del proyecto viene determinado por el importe de los costes del personal en actuaciones directas con los jóvenes beneficiarios finales de la ayuda más el 40 por cien de dichos costes.

Normativa de aplicación:

– Reglamento (UE) N.º 1303/2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas a los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos.

– Reglamento (UE) N.º 1304/2013, relativo al FSE.

– Reglamento Delegado (UE) N.º 480/2014, que complementa al Reglamento (UE) N.º 1303/2013.

– Reglamento de Ejecución (UE) N.º 821/2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) N.º 1303/2013.

– Reglamento de Ejecución (UE) N.º 1011/2014, por el que se establecen normas detalladas para la aplicación del Reglamento (UE) N.º 1303/2013.

Información en relación a las obligaciones que se asumen como beneficiario de una ayuda del FSE:

1. Se consideran obligaciones esenciales de los beneficiarios de los proyectos seleccionados, las siguientes:

a) Mantener un sistema de contabilidad diferenciado para todas las transacciones relacionadas con las actuaciones objeto de ayuda, contando, al menos, con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente dichas transacciones y su trazabilidad.

b) Asegurarse de que los gastos declarados son conformes con las normas aplicables sobre ayudas de Estado y que no existe doble financiación del gasto con otros regímenes comunitarios o nacionales así como con otros períodos de programación del Fondo Social Europeo.

c) Acreditar ante la Autoridad de Gestión o, en su caso, el Organismo Intermedio la realización de la actividad y facilitar las comprobaciones encaminadas a garantizar la correcta realización del proyecto o acción objeto de la ayuda, aportando al efecto cuanta documentación le fuera requerida en su procedimiento de verificación tanto administrativa como sobre el terreno en un conjunto representativo de las actuaciones y operaciones que se estén llevando a cabo.

d) Someterse a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que realice la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo, la Intervención General de la Administración del Estado o de sus Intervenciones Delegadas, el Tribunal de Cuentas, los órganos de control de la Comisión Europea o el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable a la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios, aportando para ello cuanta información le sea requerida.

e) Cumplir con los requisitos de difusión y publicidad establecidos por la Estrategia de Comunicación del programa operativo correspondiente.

f) Cumplir con los requisitos que en materia de igualdad de oportunidades, medio ambiente e innovación social se establezcan en el Reglamento (UE) 1303/2013, el Reglamento (UE) 1304/2013 y cualesquiera otras normas comunitarias o nacionales.

g) Aceptar su inclusión en una lista pública de operaciones, que será objeto de publicación electrónica o por otros medios según lo previsto en el artículo 115.2 y el anexo XII 1. del Reglamento (UE) 1303/2013.

h) Conservar los documentos originales o copias debidamente compulsadas o bien en soportes de datos comúnmente aceptados, en especial versiones electrónicas de documentos originales o documentos existentes únicamente en versión electrónica; justificativos de la actuación realizada y la aplicación de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. La disponibilidad de los documentos se ajustará a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento (UE) 1303/2013:

− En el caso de operaciones cuyo gasto total subvencionable sea inferior a 1.000.000 de euros, la documentación estará a disposición de la Comisión Europea y del Tribunal de Cuentas, si así lo solicitan, durante un plazo de tres años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de cuentas en la que están incluidos los gastos de la operación.

− En el caso de operaciones no contempladas en el párrafo anterior, los documentos justificativos estarán disponibles durante un plazo de dos años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos definitivos de la operación concluida.

− No obstante lo anterior, la AG podrá decidir aplicar a las operaciones para las que el gasto subvencionable total sea inferior a 1.000.000 de euros la norma a que se refiere el párrafo segundo.

− El OI informará a los Beneficiarios sobre el inicio del plazo al que se refiere el párrafo primero, en virtud del artículo 140.2 del RDC, así como del resto de instrucciones de la AG.

i) Observar las normas de subvencionabilidad nacionales que establezca la Autoridad de Gestión del FSE, en particular la Orden ESS/1924/2016, de 13 de diciembre.

2. Además deberán:

j) Colaborar con la Autoridad de Gestión o, en su caso, el OI, en la elaboración de los informes de ejecución anual y final correspondientes.

k) Garantizar que se dispondrá de datos de los destinatarios últimos de las actuaciones a nivel de microdato, así como que se podrá realizar un adecuado seguimiento del cumplimiento de los indicadores de resultados recogidos en el anexo I del Reglamento 1304/2013.

l) Registrar la información relativa a todas las actuaciones y a cada una de las personas sobre las que se ha actuado en el repositorio común que, a tal efecto, la Autoridad de Gestión o, en su caso, el OI pondrá a disposición de los beneficiarios, en la forma que en cada momento señale dicha Autoridad, con el fin de poder medir el resultado real de las actuaciones y su impacto. En el cumplimiento de esta obligación deberá respetarse en todo caso lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

m) Utilizar el sistema de registro y almacenamiento de datos de cada operación propuesto por la Autoridad de Gestión o, en su caso, el OI y garantizar que esos datos se recojan, registren y almacenen en dicho sistema y que los datos sobre indicadores se desglosen con arreglo a lo establecido en los anexos I y II del Reglamento FSE.

n) Aplicar las medidas de análisis del riesgo y prevención del fraude propuestas por la Autoridad de Gestión, o en su caso, el OI, que correspondan en función de la operación ejecutada.

o) Informar al OI de los casos de sospecha de fraude detectados y las medidas aplicadas para su corrección y persecución.

Indicadores que se considerarán a efectos de determinar el grado de ejecución según lo previsto en el artículo 10 de las Bases Reguladoras:

Indicadores seleccionados para determinar el cumplimiento de objetivos

Indicador

Valor de referencia

Ponderación sobre el resto de criterios

Ejecución financiera alcanzada

Indicado en el proyecto aprobado.

40%

N.º de personas participantes

Indicado en el proyecto aprobado.

20%

Participantes que completan la intervención subvencionada por la IEJ

75%

20%

Empleo generado (incluido el autoempleo)

30%

20%

Este OI entenderá que al menos el 75% de los participantes deben completar la intervención a fin de cumplir con los objetivos del programa. Análogamente, el porcentaje de participantes que se encuentran ocupados tras su paso por el proyecto deberá ser como mínimo del 30%.

Teniendo en cuenta los indicadores mencionados más arriba, el cálculo de la ejecución final del proyecto se llevará a cabo mediante la agregación de los cuatro indicadores, teniendo en cuenta la ponderación relativa establecida para cada uno de ellos. Por tanto el resultado se obtendría:

− En primer lugar, se calculará el porcentaje de ejecución real sobre la esperada para cada uno de los criterios establecidos.

− En segundo lugar, obtenido dicho porcentaje de ejecución por criterio, a este se aplicará la ponderación establecida sobre el resto de criterios y se obtendrá un porcentaje ponderado por criterio.

− En último lugar, se obtendrá el cálculo de ejecución final del proyecto, mediante la suma de los porcentajes ponderados.

ANEXO V
Corrección de errores

N.º Proyecto

Denominación de la entidad en Resolución de 06/07/2017

Denominación correcta

1154

Diputación Provincial de Cádiz

IEDT - Instituto de Empleo y Desarrollo Socio-Económico y Tecnológico.

1256

Madrid Empleo Joven

Agencia para el Empleo de Madrid.

1280

Área de juventud de la gerencia de servicios sociales, juventud e igualdad de oportunidades del Ayuntamiento de Burgos

Ayuntamiento de Burgos.

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