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Documento BOE-A-2018-3514

Resolución de 20 de febrero de 2018, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se actualiza la de 23 de agosto de 2017, de concesión de ayudas del programa de fomento de la demanda de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 13 de marzo de 2018, páginas 29767 a 29768 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Referencia:
BOE-A-2018-3514

TEXTO ORIGINAL

Don José Manuel Leceta García, Director General de la entidad pública empresarial Red.es, M.P., habilitado para este acto como órgano concedente, según lo establecido en el apartado tercero de la base sexta de las bases reguladoras,

CONSIDERANDO

Primero.

Que, por Resolución de 23 de agosto de 2017, de la entidad pública empresarial Red.es («Boletín Oficial del Estado» número 216, de 8 de septiembre de 2017), se resolvió la concesión de las ayudas del programa de fomento de la demanda de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, haciendo referencia al detalle de las categorías, suscripciones y proveedores asignados a cada beneficiario.

Segundo.

Que, por otra parte, los proveedores de las soluciones objeto de las ayudas a conceder fueron seleccionados a través de la Resolución de 28 de abril de 2016, del Director General de la entidad pública empresarial Red.es, por la que se homologa a las empresas colaboradoras del programa de fomento de la demanda de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas. Dicha resolución fue actualizada por las Resoluciones de 3 de junio de 2016 y de 15 de julio de 2016. Las citadas resoluciones fueron publicadas en las respectivas fechas de firma en el perfil del contratante de Red.es.

El pasado 25 de octubre de 2017 se publicó en el citado medio la Resolución de esa misma fecha del Director General de Red.es por la que se actualizan datos en la Resolución de 28 de abril de 2016, del Director General de Red.es, por la que se homologan a las empresas colaboradoras del programa de fomento de la demanda de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas (y por tanto, de forma posterior a la notificación de la Resolución de 23 de agosto de 2017, de concesión de ayudas en la mencionada región.

La Resolución de 25 de octubre aceptaba la renuncia de diversos proveedores, de tal forma que se concedió un plazo a los beneficiarios provisionales afectados, para que pudieran seleccionar un proveedor alternativo o, en su caso renunciar a una o varias de las categorías seleccionadas con los proveedores que renunciaban. En cualquier caso, se advertía a los beneficiarios provisionales que la cuantía concedida mediante resolución suponía un máximo que no se podía superar.

Tercero.

Transcurrido el plazo para seleccionar un nuevo proveedor por parte de los beneficiarios afectados, el Director de Economía Digital recogió, a través de su propuesta de 11 de enero de 2018, el resultado de dicho procedimiento, junto con el listado de beneficiarios que habían presentado renuncia expresa a la ayuda concedida fuera del procedimiento derivado de la renuncia presentada por ciertos proveedores.

A la vista de lo anterior, resuelvo:

Primero.

Que se actualicen los siguientes aspectos de la Resolución de 23 de agosto de 2017, de la entidad pública empresarial Red.es:

– Se aceptan las renuncias presentadas por las pymes y categorías que se indican a continuación, por lo que, al no contravenir el ordenamiento jurídico, deben eliminarse de la tabla de beneficiarios provisionales, reflejada en las páginas número 88735-88745:

Razón social

NIF

Categoría

Proveedor

Número suscripciones

Importe presupuesto

Euros

Importe ayuda

Euros

Novored Telecom, S.L.

B30858617

10

Netllar, S.L.

1

3.625,00

14.352,65

3

Netllar, S.L.

1

15.000,00

8

Netllar, S.L.

2

3.456,00

Rapid Centro Color, S.L.

B30268072

10

Netllar, S.L.

1

3.625,00

2.900,00

– Adicionalmente, y fuera del procedimiento relacionado con las renuncias de ciertos proveedores, las siguientes pymes han presentado renuncia a las soluciones enunciadas a continuación, por lo que, al no contravenir el ordenamiento jurídico, deben eliminarse de la tabla de beneficiarios provisionales, reflejada en las páginas número 88735-88745:

Razón social

NIF

Categoría

Proveedor

Número suscripciones

Importe presupuesto subvencionable categoría renunciado

Euros

Importe ayuda renunciado

Euros

Agrosana Servicios Agrícolas, S.L.

B73507618

10

UTE (Ringsouth Europa, S.L.; Databytes Software, S.L.).

1

30,00

15,00

Gestipolis Iniciativas, S.L.

B30803563

1

Acens Technologies, S.L.

1

94,50

47,25

10

UTE (Ringsouth Europa, S.L.; Databytes Software, S.L.).

1

30,00

15,00

Grupo Internacional del Mueble, S.A.

A30632921

7

Inforges ,S.L.

1

6.500,00

3.250,00

Novo Hermalev, S.L.

B73777583

3

UTE (Sofkia Consultoria y Desarrollo; Openred Soluc; Natanael; Vozelia Telecom).

1

3.500,00

2.800,00

4

UTE (Sofkia Consultoria y Desarrollo; Openred Soluc; Natanael; Vozelia Telecom).

1

2.750,00

2.200,00

Repuestos Murcia Gestión, S.L.

B73372344

6

Acens Technologies, S.L.

1

269,10

134,55

7

Inforges, S.L.

13

24.500,00

12.250,00

8

Inforges, S.L.

2

4.959,50

2.479,75

10

UTE (Ringsouth Europa, S.L.; Databytes Software, S.L.).

1

30,00

15,00

Segundo.

La presente resolución es susceptible de recurso de alzada ante el Presidente de la entidad pública empresarial Red.es, M.P., en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de febrero de 2018.–El Director General de la entidad pública empresarial Red.es, M.P, José Manuel Leceta García.

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