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Documento BOE-A-2023-26435

Orden DCA/1383/2023, de 22 de diciembre, por la que se modifica la Orden DSA/1110/2022, de 17 de noviembre, por la que se establecen las bases y se convocan subvenciones para el apoyo a la modernización de las entidades del Tercer Sector, financiadas a cargo del Fondo Europeo de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la Orden DSA/1199/2021, de 4 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la realización de proyectos de innovación en materia de prevención de la institucionalización, desinstitucionalización y desarrollo de servicios de apoyo comunitarios en el ámbito de los cuidados de larga duración, vinculados con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 27 de diciembre de 2023, páginas 172525 a 172527 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2023-26435
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2023/12/22/dca1383

TEXTO ORIGINAL

El componente 22 «Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tiene por objetivo principal la modernización y refuerzo del conjunto de los servicios sociales, con especial atención al modelo de cuidados de larga duración, promoviendo la innovación y un modelo de Atención Centrada en la Persona.

En la línea de inversión «C22.I.1: Desinstitucionalización, equipamientos y tecnología», se contempla la financiación de varios proyectos piloto, para demostrar cómo funcionan las nuevas políticas y utilizarlas como experiencias de aprendizaje a la vez que se pretende experimentar con nuevas fórmulas y soluciones de desinstitucionalización que generen aprendizajes que puedan ser transferidos a mayor escala y contribuyan al desarrollo de nuevas políticas sociales. En consecuencia, se promulgó la Orden DSA/1199/2021, de 4 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la realización de proyectos de innovación en materia de prevención de la institucionalización, desinstitucionalización y desarrollo de servicios de apoyo comunitarios en el ámbito de los cuidados de larga duración, vinculados con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En la línea de inversión «C22.I.2: Plan de Modernización de los Servicios Sociales: Transformación tecnológica, innovación, formación y refuerzo de la atención a la infancia», se contempla la financiación por parte del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 de medidas que conduzcan a la modernización tecnológica de las entidades del Tercer Sector. Para ello se publicó la Orden DSA/1110/2022, de 17 de noviembre, por la que se establecen las bases y se convocan subvenciones para el apoyo a la modernización de las entidades del Tercer Sector, financiadas a cargo del Fondo Europeo de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En el momento de la aprobación de las citadas órdenes ministeriales se consideraron unos plazos de ejecución que respondían a las medidas a las que van asociadas. En el caso de la Orden Ministerial DSA/1199/2021, C22.I.1, el plazo finalizaba el 30 de junio de 2023 y en el de la Orden Ministerial DSA/1110/2022, C22.I.2, su finalización se estableció a 31 de diciembre de 2023.

Con posterioridad a la aprobación de las órdenes ministeriales mencionadas, y con el fin de lograr el máximo impacto económico de los recursos disponibles, el pasado 2 de octubre de 2023, la Comisión Europea aprobó la adenda española al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El 17 de octubre la decisión fue ratificada por el ECOFIN (Consejo de Ministros de Finanzas de la UE). La Adenda incorpora algunos cambios en los hitos y objetivos, así como del calendario de su cumplimiento de manera que permitirá movilizar la totalidad de los recursos asignados a España de los Fondos Next Generation. En concreto, esta nueva Adenda afecta al plazo de consecución del hito 325, prolongándolo hasta el cuarto trimestre de 2023 y, por tanto, permite extender el plazo de ejecución de la Orden DSA/1110/2022, cuyo plazo de finalización puede ampliarse a 31 de diciembre de 2025.

Con la finalidad de facilitar la ejecución de los proyectos subvencionados, se ha considerado necesario trasladar la ampliación de plazo a dichos proyectos, dado que no ha finalizado el plazo de ejecución de los mismos. Por tanto, la modificación no implica nuevos recursos económicos sino más plazo para una correcta ejecución, con lo que no varía el presupuesto aplicado.

El artículo 2 del Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, atribuye a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, en su letra b) la promoción de los servicios sociales y el fomento de la cooperación con las organizaciones no gubernamentales e impulso del voluntariado social, en el ámbito de las competencias constitucionalmente reservadas al Estado.

Esta orden ministerial se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.1.ª de la Constitución Española, que otorga al Estado competencia exclusiva en la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales y, en el caso de la modificación de la Orden DSA/1199/2021, también en el artículo 149.1.15.ª y 31.ª de la Constitución Española, que otorga al Estado competencia exclusiva en materia de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica y en materia de estadística para fines estatales.

Adicionalmente, esta orden ministerial se promulga en virtud de las disposiciones contenidas en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el Reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que habilita a la Ministra del Departamento para el establecimiento por orden ministerial de las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones.

En la tramitación de la presente orden ministerial se ha recabado el informe de la Abogacía del Estado en el Departamento.

En su virtud, con la autorización previa de la Ministra de Hacienda, dispongo:

Artículo uno. Modificación de la Orden DSA/1110/2022, de 17 de noviembre, por la que se establecen las bases y se convocan subvenciones para el apoyo a la modernización de las entidades del Tercer Sector, financiadas a cargo del Fondo Europeo de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La Orden DSA/1110/2022, de 17 de noviembre, por la que se establecen las bases y se convocan subvenciones para el apoyo a la modernización de las entidades del Tercer Sector, financiadas a cargo del Fondo Europeo de Recuperación, Transformación y Resiliencia, queda modificada como sigue:

Uno. El párrafo cuarto de la parte expositiva queda redactado del siguiente modo:

«Las entidades del Tercer Sector juegan, en estrecha cooperación con las administraciones públicas, especialmente en el ámbito de los servicios sociales, un papel fundamental en la prestación de servicios sociales personalizados, especialmente dirigidos a aquellas personas que tienen necesidades complejas y que requieren atención continuada. Estos servicios requieren contar con equipamientos digitales y medios tecnológicos modernos que les hagan eficientes y redunden en una mayor calidad. Tal y como se refleja en el anexo de la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España esta medida debe estar implementada a más tardar el 31 de diciembre de 2024.»

Dos. El apartado 5 del artículo 9 queda redactado del siguiente modo:

«5. La resolución de concesión detallará los gastos subvencionables para cada entidad beneficiaria y establecerá las limitaciones que en su caso resulten procedentes en relación con los mismos. Serán financiables con cargo a esta subvención aquellos gastos que se hubieran producido entre la fecha de publicación de la convocatoria y el 31 de diciembre de 2024.»

Artículo dos. Modificación de la Orden DSA/1199/2021, de 4 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la realización de proyectos de innovación en materia de prevención de la institucionalización, desinstitucionalización y desarrollo de servicios de apoyo comunitarios en el ámbito de los cuidados de larga duración, vinculados con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La Orden DSA/1199/2021, de 4 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la realización de proyectos de innovación en materia de prevención de la institucionalización, desinstitucionalización y desarrollo de servicios de apoyo comunitarios en el ámbito de los cuidados de larga duración, vinculados con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, queda modificada de la siguiente forma.

Uno. Se modifica el apartado e) del artículo 18.2, que queda redactado como sigue:

«e) Se deberá ejecutar al menos el cuarenta por ciento del importe de la subvención en la mitad del periodo de ejecución del proyecto.»

Disposición adicional única. Medidas de aplicación.

La Secretaría de Estado de Derechos Sociales adoptará, en el ámbito de sus funciones y competencias, cuantos actos y medidas se precisen para la aplicación de esta orden ministerial.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de diciembre de 2023.–El Ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy Amador.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 22/12/2023
  • Fecha de publicación: 27/12/2023
  • Fecha de entrada en vigor: 28/12/2023
Referencias anteriores
  • MODIFICA:
    • el art. 9.5 y el párrafo 4 de la parte expositiva de la Orden DSA/1110/2022, de 17 de noviembre (Ref. BOE-A-2022-19120).
    • el art. 18.2.e) de la Orden DSA/1199/2021, de 4 de noviembre (Ref. BOE-A-2021-18129).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (Ref. BOE-A-2006-13371).
    • el art. 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-20977).
Materias
  • Asistencia social
  • Ayudas
  • Organizaciones No Gubernamentales
  • Secretaría de Estado de Derechos Sociales
  • Subvenciones

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