Está Vd. en

Documento BOE-B-2017-34473

Extracto de la Resolución de 25 de mayo de 2017, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de proyectos en el ámbito del programa Campus Inclusivos, Campus Sin Límites.

Publicado en:
«BOE» núm. 132, de 3 de junio de 2017, páginas 41490 a 41492 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2017-34473

TEXTO

BDNS(Identif.):348214

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index y en la página web del MECD: http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/educacion/centros-docentes/becas-ayudas-subvenciones/universitarios/campus-inclusivos.html

Primero. Beneficiarios

Estudiantes con discapacidad matriculados en el curso 2016-2017, en cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o un Ciclo Formativo de Grado Medio.

Segundo. Objeto

Subvenciones a universidades y Campus de Excelencia Internacional para llevar a cabo un proyecto con diversas actividades a realizar durante el verano de 2017, con estudiantes con discapacidad.

Tercero. Bases Reguladoras

Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva (BOE de 12 de mayo).

Cuarto. Financiación

Se concederán ayudas a universidades destinadas a sufragar los gastos derivados del desarrollo de los proyectos de Campus Inclusivos presentados al efecto.

Cada universidad deberá presentar un presupuesto ajustado a un ratio máximo por alumno de 1.500 euros, no pudiendo superar en ningún caso el importe máximo a subvencionar que será de 28.000 €.

El gasto máximo estimado correspondiente al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte será de 70.000€. Fundación ONCE y Fundación REPSOL aportarán 70.000,00 € cada una, con cargo a sus respectivos presupuestos.

Quinto. Plazo de presentacion de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes será de cinco días hábiles desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado".

Sexto. Memoria descriptiva del Proyecto

Las universidades deberán presentar sus proyectos de acuerdo con el anexo II y cumplir las características y aspectos que se describen a continuación:

a) Estancia: un mínimo de 7 y un máximo de 10 días, en régimen de alojamiento y pensión completa, durante los cuales se llevarán a cabo diferentes actividades académicas, culturales, deportivas, de ocio y de convivencia. Dicha estancia se podrá desarrollar durante el mes de julio o la primera quincena de septiembre de 2017.

b) Estudiantes participantes. El grupo de alumnos y alumnas seleccionados deberá estar conformado por un mínimo 15 estudiantes, de los cuales al menos el 60% serán estudiantes con discapacidad y un 40 %, sin discapacidad, matriculados en el curso 2016-2017 en cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Medio.

Será de obligado cumplimiento la presencia de estudiantes sin discapacidad que asegurará la verdadera inclusión del proyecto.

c) Selección de los estudiantes. Las universidades serán las encargadas de proponer y seleccionar a los estudiantes participantes. Se detallará cuál será el proceso de selección, indicando el área de influencia de la universidad solicitante, procedencia de los candidatos, los criterios de selección y el baremo a utilizar para dicha selección de acuerdo a los criterios expuestos con anterioridad.

d) Acciones y actividades a desarrollar. Cada una de las actividades propuestas debe detallarse en formato Unidad Didáctica donde se detallen los siguientes aspectos:

Breve descripción de la actividad.

Objetivos específicos de la actividad.

Metodología utilizada.

Personal y/u organización implicada en el desarrollo

Materiales necesarios, en el caso de que existan.

Modo de evaluación de la actividad.

Descripción y justificación de la metodología de evaluación del programa prevista.

Accesibilidad y diseño universal, adaptado a las diferentes discapacidades.

Las actividades deberán tener un carácter inclusivo garantizando la participación de personas con y sin discapacidad. La tipología de las actividades deberá ser una combinación de las siguientes:

Divulgación académica.

Culturales, deportivas y de ocio.

Orientación vocacional y desarrollo personal.

e) Accesibilidad Universal y Diseño para todas las personas: las universidades asegurarán la plena accesibilidad tanto a los edificios, aulas, instalaciones, entornos, así como de los contenidos de cada una de las actividades vinculadas al proyecto, conforme a lo determinado por la comisión de valoración.

f) Recursos humanos y materiales: se detallarán todas las personas implicadas en el proyecto, tanto organizadores y colaboradores, como de apoyo, así como los recursos materiales necesarios para el desarrollo de las actividades.

g) Colaboración de otras instituciones u organizaciones.

h) Acciones de difusión por las universidades del programa "Campus Inclusivos, Campus sin Límites" 2017.

i) Creación de una Red de Antiguos Alumnos "Campus Inclusivos" con la Secretaría Técnica del programa.

Las solicitudes se cumplimentarán, mediante el formulario de inscripción que será accesible a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la dirección: https://sede.educacion.gob.es/.

Madrid, 25 de mayo de 2017.- El Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, Marcial Marín Hellín.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid