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Documento BOE-B-2017-52250

Extracto de la Orden de 31 de agosto de 2017, por la que se convocan subvenciones a las asociaciones profesionales de guardias civiles para el año 2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 12 de septiembre de 2017, páginas 64605 a 64606 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2017-52250

TEXTO

BDNS(Identif.): 361065.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index)

Primero. Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias las asociaciones profesionales de guardias civiles debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de Guardias Civiles, que acrediten un grado de implantación efectiva de asociación que alcance el 1 de marzo de 2017 las siguientes cifras: 815 guardias civiles de cualquier Escala, ó 66 oficiales de las Escalas Superior y Facultativa Superior, ó 117 oficiales de las Escalas de Oficiales y Facultativa Técnica, ó 400 suboficiales de la Escala de Suboficiales ó 2.097 efectivos de la Escala de Cabos y Guardias.

Segundo. Objeto y finalidad:

El objeto de las subvenciones es facilitar la organización y el funcionamiento general de las asociaciones profesionales de guardias civiles, fomentar el mayor dinamismo de cada asociación en el desarrollo de su actividad principal, promover la realización de actividades de formación y el estudio profesional sobre cuestiones de interés para la Guardia Civil y la publicación de contenidos de interés profesional.

Las subvenciones se destinarán, por una parte, a cubrir los gastos de organización y funcionamiento de las asociaciones profesionales derivados de su implantación efectiva entre los miembros de la Guardia Civil, y por otra, a financiar actividades de interés para el ejercicio de las funciones de la Institución y la vida asociativa.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden INT/1715/2013, de 18 de septiembre (BOE núm. 230, de 25 de septiembre), por la que se regula la concesión de subvenciones a la asociaciones profesionales de guardias civiles..

Cuarto. Importe total a conceder:

Cuantía máxima de 120.000 euros, a distribuir entre las asociaciones solicitantes, correspondiendo 72.000 euros a la modalidad de coadyuvar a los gastos de organización y funcionamiento de las asociaciones, 24.000 euros a la modalidad que tiene por objeto la realización de actividades de interes para el ejercidio de las funciones de la Guardia Civil y la vida asociativa, y 24.000 euros a la modalidad derivada del grado de representatividad en el Consejo de la Guardia Civil.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Diez días contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Sexto. Otros datos:

La solicitud de subvención deberá formalizarse empleando el modelo de solicitud que figura como Anexo A de la Orden de convocatoria, debiendo ir acompañada de la documentación que en la misma se indica.

Madrid, 31 de agosto de 2017.- El Ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido Álvarez.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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