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Documento BOE-B-2024-161

Extracto de la Resolución 29 de diciembre de 2023 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E., por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 de la concesión de ayudas destinadas a Ecosistemas de Innovación, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023 y del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 3 de enero de 2024, páginas 339 a 341 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-B-2024-161

TEXTO

BDNS(Identif.):736906

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/736906)

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en la presente convocatoria las agrupaciones de personas jurídicas definidas en el artículo 4.1 de la Orden CIN/644/2023, de 16 de junio, que gestionen el ecosistema.

Las agrupaciones deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Deberán estar constituidas por un mínimo de cuatro y un máximo de ocho entidades, de entre las categorías de beneficiarios definidas en el artículo 3.1 la Orden CIN/644/2023, de 16 de junio.

b) Deberán contar con la participación de, al menos, un Centro Tecnológico y/o Centro de Apoyo a la Innovación Tecnológica que haya recibido ayuda en las convocatorias del año 2019 o 2020 para Cervera Centros y una empresa, según la definición del artículo 3.1 de la Orden CIN/644/2023, de 16 de junio.

c) Todos los integrantes de la agrupación deberán cumplir los requisitos para ser beneficiario.

La agrupación resultante no tendrá personalidad jurídica, por lo que uno de los participantes, en tanto persona jurídica, actuará como coordinador o representante de la misma, de conformidad con lo previsto en el artículo 4.7 de la Orden CIN/644/2023, de 16 de junio, debiendo asumir las obligaciones indicadas en dicho artículo.

El representante de la agrupación deberá ser una empresa o un Centro Tecnológico y/o Centro de Apoyo a la Innovación Tecnológica que esté inscrito en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal.

En ningún caso, podrán ser representantes o coordinadores de la agrupación los beneficiarios contemplados en las letras b), c), d), f) y g) de la Orden CIN/644/2023, de 16 de junio.

Segunda. Objeto y características de la ayuda.

Las ayudas reguladas en esta convocatoria financiarán la actuación de los gestores de los Ecosistemas de Innovación basados en Redes de Excelencia Cervera, según la definición del apartado 6 del Anexo I y conforme al artículo 9.2 de la Orden CIN/644/2023, de 16 de junio.

Serán objeto de ayuda las siguientes actividades, llevadas a cabo por la agrupación gestora del ecosistema:

a. La actividad de la agrupación para facilitar la colaboración, el intercambio de información y la prestación o canalización de servicios especializados y personalizados de apoyo a las empresas.

b. La comercialización de la agrupación para aumentar la participación de nuevas empresas u organizaciones y reforzar la visibilidad;

c. La gestión de las instalaciones de la agrupación, la organización de programas de formación, talleres y conferencias para fomentar el intercambio de conocimientos y el trabajo en redes, así como la cooperación transnacional.

La actuación objeto de la ayuda deberá cumplir, asimismo, los siguientes requisitos:

a) De cuantía: el presupuesto elegible mínimo será de 1.000.000 euros y máximo elegible de 3.000.000 euros.

b) De duración: el plazo de ejecución de la actuación será plurianual, debiendo comenzar después de la presentación de la solicitud de ayuda y finalizar el 31 de diciembre de 2025, en todo caso, se deberá solicitar ayuda para el año 2024.

c) De contenido: la actuación deberá tener el contenido mínimo establecido en el Anexo II de la presente convocatoria.

d) Vinculación con las tecnologías prioritarias Cervera: se deberá seleccionar una o varias tecnologías prioritarias Cervera relevantes para el ecosistema, de acuerdo con la lista del Anexo I de la presente resolución.

Las ayudas de esta convocatoria consistirán en subvenciones.

La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable de la actuación y de la disponibilidad presupuestaria. En todo caso, la ayuda respetará el límite de intensidad máxima del 50% de los gastos elegibles, conforme con lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014.

Tercero. Bases reguladoras.

Se regula por la Orden CIN/644/2023, de 16 de junio por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas, por parte del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., a los programas "Ayudas Cervera a Centros Tecnológicos" y "Ayudas a Ecosistemas de Innovación" del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y por la que se modifica la Orden CIN /373/2022, de 26 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas, por parte del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E., a proyectos de I+D y nuevos proyectos empresariales del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, Orden CIN/644/2023, de 16 de junio), aprueba la convocatoria del año 2023 para la concesión de ayudas a Ecosistemas de Innovación basados en Redes de Excelencia Cervera.

Cuarto. Financiación.

El presupuesto de esta convocatoria es 13.340.000 euros y se financiará con cargo a las aplicaciones 28.50.46QE.74917 de los Presupuestos Generales del Estado de 2022 y 28.50.46QE.74917 de los Presupuestos Generales del Estado de 2023.

De este presupuesto se destinará un mínimo de 3.000.000 euros para apoyar ecosistemas de innovación en el ámbito aeroespacial, conforme a la definición del Anexo V de la presente convocatoria, salvo que, en función de la evaluación de las solicitudes presentadas, dicho presupuesto no pudiera ser agotado. En ese caso, el remanente se destinaría a financiar otras propuestas siguiendo el orden de prelación hasta agotar el presupuesto.

Esta convocatoria está financiada por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión europea, regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Dicha financiación queda legalmente vinculada a la realización de las actuaciones subvencionadas, medidas integradas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará el día 11 de enero y finalizará el 12 de marzo de 2024, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

Madrid, 29 de diciembre de 2023.- Teresa Riesgo Alcaide.La Presidenta del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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