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Documento BOE-B-2024-5989

Extracto de modificación del extracto de la Orden Ministerial de 26 de abril de 2023 por la que se aprueba la segunda convocatoria de subvenciones en concurrencia no competitiva del eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - financiado por la Unión Europea - NextgenerationEU para el periodo de elegibilidad 2023-2024.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 21 de febrero de 2024, páginas 8877 a 8877 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-B-2024-5989

TEXTO

BDNS(Identif.):691014

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/691014)

Se modifica el apartado "Sexto: Otros datos" del Extracto publicado el 28 de abril de 2023, añadiendo al final los siguientes párrafos:

Desde el 8 de noviembre de 2023 y hasta el 24 de marzo de 2024 resulta de aplicación la modificación que la Orden Ministerial de 14 de febrero de 2024 realiza del ANEXO II "Relación de servicios elegibles y valor del eco-incentivo" de la convocatoria aprobada por la Orden Ministerial de 26 de abril de 2023. El texto completo de la Orden de modificación se puede encontrar en la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible en el siguiente enlace:

https://sede.mitma.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/OFICINAS_SECTORIALES/SUB_PRTR/ECOINCETIVO_MARITIMO/

Esta Orden de modificación pone fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida en reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo establecido por el artículo 123 y 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 14 de febrero de 2024.- El Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, P.D. (Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre; Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre), el Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, José Antonio Santano Clavero.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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