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Documento DOUE-L-1977-80011

Directiva del Consejo, de 13 de diciembre de 1976, relativa a las medidas destinadas a facilitar el ejercicio efectivo de la libertad de establecimiento y de la libre prestación de servicios para las actividades de agente y de corredor de seguros (ex grupo 630 CITI) y por la que se establecen, en particular, medidas transitorias para estas actividades.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 26, de 31 de enero de 1977, páginas 14 a 18 (5 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1977-80011

TEXTO ORIGINAL

Texto no disponible. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANÁLISIS

  • Rango: Directiva
  • Fecha de disposición: 13/12/1976
  • Fecha de publicación: 31/01/1977
  • Fecha de derogación: 15/01/2005
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA con efectos de 15 de enero de 2005 por la Directiva 2002/92, de 9 de diciembre de 2002 (Ref. DOUE-L-2003-80043).
  • SE MODIFICA:
    • el Anexo III.B), por la Directiva 86/547, de 29 de octubre (Ref. DOUE-L-1986-81612).
    • los Anexos II, III y IV, por la Directiva 86/546, de 29 de octubre (Ref. DOUE-L-1986-81611).
  • SE TRANSPONE, por el Real Decreto Legislativo 1300/1986, de 28 de junio de 1986 (Ref. BOE-A-1986-17238).
  • SE MODIFICA, por Decisión de 11 de junio de 1985 (Ref. DOUE-L-1985-80908).
Referencias anteriores
Materias
  • Agentes de Seguros
  • Corredores de seguros
  • Libertad de establecimiento
  • Libre circulación de bienes y servicios

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