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Documento DOUE-L-1995-81384

Directiva 95/49/CE de la Comisión, de 26 de septiembre de 1995, por la que se actualiza la lista de entidades de la Directiva 91/296/CEE del Consejo relativa al transito de gas natural a través de las grandes redes.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 233, de 30 de septiembre de 1995, páginas 86 a 87 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1995-81384

TEXTO ORIGINAL

LA COMISlON DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 91/926/CEE del Consejo, de 31 de mayo de 1991, relativa al tránsito de gas natural a través de las grandes redes, modificada por la Directiva 94/49/CE de la Comisión, y, en particular, el apartado 2 de su artículo 2,

Considerando que la lista de las grandes redes de transporte de gas natural a alta presión y las entidades responsables de las mismas incluidas en la Directiva 91/296/CEE figura en el Anexo de dicha Directiva;

Considerando que la Comisión debe actualizar la lista tras consultar a los Estados miembros afectados siempre que sea necesario en el contexto de los objetivos de la Directiva 91/296/CEE y, en particular, teniendo en cuenta lo dispuesto en la letra a) del apartado 1 de su artículo 2 ;

Considerando que la evolución de las industrias del gas en España y la adhesión de tres nuevos Estados miembros, Austria, Finlandia y Suecia, hacen necesaria la actualización de la lista ;

Tras consultar con los Estados miembros afectados,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:

Artículo 1

El Anexo de la Directiva 91/296/CEE quedará sustituido por el Anexo de la presente Directiva.

Artículo 2

Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Directiva antes del 31 de diciembre de 1995. Informarán de ello inmediatamente a la Comisión.

Cuando los Estados miembros adopten dichas disposiciones, éstas incluirán una referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia.

Artículo 3

La presente Directiva entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Artículo 4

Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 26 de septiembre de 1995.

Por la Comisión

Christos PAPOUTSIS

Miembro de la Comisión

ANEXO

Lista de entidades y de redes de gasoductos de alta presión

Estado miembro Entidad

Alemania Bayerngas GmbH

BEB Erdgas und Erdöl GmbH

Erdgas Verkaufs-Gesellschaft mbH

Gas-Union GmbH

Mobil Erdgas - Erdöl GmbH

Ruhrgas AG

Saar Ferngas AG

Thyssengas GmbH

Vereinigte Elektrizitätswerke Westfalen

AG (VEW)

Westfälische Ferngas AG

EWAG, N rnberg

Gasversorgung S ddeutschland

Schleswag AG

Th ga AG

Verbundnetz Gas AG

Wingas GmbH

Bélgica Distrigaz SA

Dinamarca Dansk Naturgas A/S

España Empresa Nacional de Gas SA (ENAGAS)

Gas Natural SDG, SA

Gas de Euskadi

Grecia DEPA

Luxemburgo SOTEG

Países Bajos NV Nederlandse Gasunie

Italia Snam SpA

Edison Gas SpA

Società Gasdotti del Mezzogiorno SpA

Francia Gaz de France

SNGSO

Compagnie francaise du méthane (CEFEM)

Reino Unido British Gas

Irlanda Irish Gas Board

Austria ÖMV AG

Suecia Vattenfall Naturgas AB

Sydgas AB

Finlandia Neste Oy

ANÁLISIS

  • Rango: Directiva
  • Fecha de disposición: 26/09/1995
  • Fecha de publicación: 30/09/1995
  • Entrada en vigor: 30 de septiembre de 1995.
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por la Directiva 2003/55, de 26 de junio (Ref. DOUE-L-2003-81197).
  • Fecha de derogación: 01/07/2004
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE TRANSPONE, por Real Decreto 2069/1995, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-1996-1953).
Referencias anteriores
Materias
  • Carburantes y combustibles
  • Gas

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