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Documento DOUE-L-1999-82119

Rectificación al Reglamento (CE) nº 1294/1999 del Consejo, de 15 de junio de 1999, relativo a la congelación de capitales y a la prohibición de las inversiones en relación con la República Federativa de Yugoslavia y por el que se derogan los Reglamentos (CE) nº 1295/98 y (CE) nº 1607/98.

Publicado en:
«DOCE» núm. 283, de 6 de noviembre de 1999, páginas 20 a 20 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1999-82119

TEXTO ORIGINAL

En la página 66, en el artículo 7, en el apartado 2, en la primera línea:

en lugar de: "El apartado 2 del artículo 3 [...]",

léase: "El punto 2 del artículo 3 [...]".

En la página 66, en el artículo 7, en el apartado 3, en la segunda línea:

en lugar de: "[...] apartado 2 del artículo 3 [...]",

léase: "[...] punto 2 del artículo 3 [...]".

En la página 66, en el artículo 7, en el apartado 3, en la letra e):

en lugar de: "[...] los gastos mencionados en la anterior letra a).",

léase: "[...] los gastos mencionados en el anterior apartado 1.".

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 06/11/1999
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 1294/99, de 15 de junio (Ref. DOUE-L-1999-81106).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Inversiones
  • República Federativa de Yugoslavia
  • Sanciones

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