Está Vd. en

Documento DOUE-L-2012-81018

Corrección de errores del Reglamento (UE, Euratom) nº 1080/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se modifica el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y el régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades.

Publicado en:
«DOUE» núm. 144, de 5 de junio de 2012, páginas 48 a 48 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2012-81018

TEXTO ORIGINAL

En la página 4, en el artículo 1, en el punto 2:

donde dice: «2) Excepto en el artículo 66 bis, apartado 1, los términos “Comunidades Europeas” se sustituyen por “Unión Europea”.

Excepto en las referencias a la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, la Comunidad Económica Europea o la Comunidad Europea de la Energía Atómica de los artículos 68 y 83, los términos “Comunidad” y “Comunidades” se sustituyen por “Unión”, haciéndose todos los cambios gramaticales necesarios.

Los términos “las tres Comunidades Europeas” y “una de las tres Comunidades Europeas” se sustituyen por “la Unión Europea”.»,

debe decir: «2) Excepto en el artículo 66 bis, apartado 1, los términos “Comunidades Europeas” se sustituyen por “Unión Europea”.

Excepto en las referencias a la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, la Comunidad Económica Europea o la Comunidad Europea de la Energía Atómica de los artículos 68 y 83, los términos “Comunidad” y “Comunidades” se sustituyen por “Unión”, haciéndose todos los cambios gramaticales necesarios.

Los términos “comunitario”, “comunitaria”, “comunitarios” y “comunitarias” se sustituyen por “de la Unión”, haciéndose todos los cambios gramaticales necesarios, con exclusión del artículo 8, párrafo segundo, donde la expresión “su carrera comunitaria” se sustituye por “su carrera en la Unión” y con exclusión del artículo 37, párrafo primero, letra b), segundo guion, donde la expresión “con vocación comunitaria” se sustituye por “al servicio de los intereses de la Unión”.

Los términos “cualquiera de las tres Comunidades Europeas”, “las tres Comunidades Europeas” y “una de las tres Comunidades Europeas” se sustituyen por “la Unión Europea”.».

En la página 6, en el artículo 2, en el punto 2:

donde dice: «2) Excepto en el artículo 28 bis, apartado 8, los términos “Comunidades Europeas” se sustituyen por “Unión Europea” y los términos “Comunidad” y “Comunidades”, por el término “Unión”, haciéndose todos los cambios gramaticales necesarios.»,

debe decir: «2) Excepto en el artículo 28 bis, apartado 8, los términos “Comunidades Europeas” se sustituyen por “Unión Europea” y los términos “Comunidad” y “Comunidades”, por el término “Unión”, haciéndose todos los cambios gramaticales necesarios.

Los términos “comunitario”, “comunitaria”, “comunitarios” y “comunitarias” se sustituyen por “de la Unión”, haciéndose todos los cambios gramaticales necesarios.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 05/06/2012
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 1080/2010, de 24 de noviembre (Ref. DOUE-L-2010-82134).
  • CORRIGE errores del Estatuto aprobado por el Reglamento 259/68, de 29 de febrero (Ref. DOUE-L-1968-80008).
Materias
  • Comunidad Europea
  • Funcionarios de las Comunidades Europeas
  • Unión Europea

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid