Orden de 2 de julio de 1964 por la que se fijan la unidad mínima de cultivo y la unidad tipo de aprovechamiento en las zonas de Paradilla-Villacete, Santa Colomba de Curueño, San Pedro de Bercianos, Santa María del Páramo, Vegas del Condado y Villamol, de la provincia de León, y Panes-Cimiano-Siejo, de la provincia de Oviedo.
Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 5 de agosto de 1964, páginas 10261 a 10261 (1 pág.)