Orden por la que se determinan las condiciones que deben reunir las entregas de cantidades que al fallecimiento de sus empleados satisfagan las Empresas al cónyuge, ascendientes y descendientes legítimos, naturales o adoptivos de dichos empleados.
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«BOE» núm. 56, de 5 de marzo de 1968, páginas 3337 a 3337 (1 pág.)