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Documento BOE-A-1968-771

Decreto 1422/1968, de 20 de junio, por el que se fija la fecha a partir de la cual se ha de computar el plazo de duración de los beneficios aplicables a determinadas centrales térmicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 2 de julio de 1968, páginas 9648 a 9648 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1968-771

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 20/06/1968
  • Fecha de publicación: 02/07/1968
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 2 del Decreto de 29 de abril de 1955 (Gazeta).
Materias
  • Energía eléctrica

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