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Documento BOE-A-1972-485

Resolución por la que, de acuerdo con lo previsto en la disposición final de la Orden de 6 de febrero de 1971, se extiende a los trabajadores que emigren a países no europeos con los que no tenga España concertado Convenio Internacional bilateral de Seguridad Social la posibilidad de suscribir el Convenio Especial con las Mutualidades Laborales del Régimen General de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 78, de 31 de marzo de 1972, páginas 5750 a 5751 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Referencia:
BOE-A-1972-485

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/03/1972
  • Fecha de publicación: 31/03/1972
  • Fecha de entrada en vigor: 01/04/1972
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la disposición final de la Orden de 6 de febrero de 1971 (Ref. BOE-A-1971-200).
  • CITA:
    • Ley 33/1971, de 21 de julio (Ref. BOE-A-1971-922).
    • Orden de 24 de septiembre de 1968 (Ref. BOE-A-1968-1128).
    • Ley de la Seguridad social, texto articulado aprobado por Decreto 907/1966, de 21 de abril (Ref. BOE-A-1966-6647).
Materias
  • Emigración
  • Mutualidades Laborales
  • Seguridad Social
  • Trabajadores

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