Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-10993

Orden de 26 de marzo de 1979 por la que se declara la industria de piensos compuestos para animales lactantes a instalar en Seseña (Toledo) por «Granjas Madrileñas, S. A.» (GRAMASA), comprendida en zona de preferente localización industrial agraria.

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 25 de abril de 1979, páginas 9469 a 9470 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1979-10993

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: De conformidad con la propuesta elevada por esa Dirección General de Industrias Agrarias, sobre petición formulada por «Granjas Madrileñas, S. A.» (GRAMASÁ), para instalar una industria de piensos compuestos para animales lactantes en Seseña (Toledo), acogiéndose a los beneficios previstos en el Real Decreto 634/1978, de 13 de enero, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 152/1963, de 2 de diciembre, sobre industrias de interés preferente, y demás disposiciones complementarias.

Este Ministerio ha dispuesto:

Uno. Declarar la industria de piensos compuestos para animales lactantes a instalar por «Granjas Madrileñas, Sociedad Anónima» (GRAMASA) en Seseña (Toledo), comprendida en la zona de preferente localización industrial agraria de la provincia de Toledo del Real Decreto 634/1978, de 13 de enero, por cumplir las condiciones y requisitos exigidos.

Dos. Otorgar para la instalación de esta industria los beneficios de los artículos 3.° y 8.° del Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, en las cuantías que determina el grupo A de la Orden del Ministerio de Agricultura de 5 de marzo y 6 de abril de 1965, excepto el relativo a expropiación forzosa, por no haber sido solicitado

Tres. La totalidad de la instalación de referencia queda incluida en la mencionada zona de preferente localización industrial agraria.

Cuatro. Aprobar el proyecto definitivo de la instalación proyectada, cuyo presupuesto de inversión, a efectos de concesión de beneficios, asciende a treinta y nueve millones trescientas treinta mil cincuenta y una (39.330.051) pesetas, y fijar la cuantía máxima de la subvención en cuatro millones setecientas diecinueve mil seiscientas seis (4.719.606) pesetas.

Cinco. Conceder de plazo hasta el 30 de noviembre de 1979 para la terminación de las obras.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 26 de marzo de 1979.‒P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.

Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid