La ley ciento noventa y siete/mil novecientos sesenta y tres de veintiocho de diciembre, sobre Centros y Zonas de Interés Turístico Nacional, dispone en su artículo veinte punto dos. que cuando existan circunstancias excepcionales debidamente justificadas, el Consejo de Ministros podrá autorizar la revisión de los planes de ordenación de un centro o una zona. El artículo sesenta del Reglamento para aplicación de la Ley de Centros y Zonas de Interés Turístico Nacional, establece, por su parte, que se entenderá que existen dichas circunstancias excepcionales cuando sobre el particular haya recaído propuesta del Ministerio de Información y Turismo, bien sea de oficio, bien a instancia de parte.
En fecha cuatro de abril de mil novecientos setenta y cinco el Consejo de Ministros acordó la revisión del plan de ordenación urbana del Centro de Interés Turístico Nacional «Dominio Residencial Giverola», por lo que el Ministerio arriba citado procedió a la tramitación del correspondiente expediente, al amparo de lo prevenido en los artículos mencionados en el párrafo anterior y correspondientes de la Ley de Régimen del Suelo, y Ordenación Urbana, texto refundido, aplicables en virtud de lo dispuesto en la disposición final segunda de la Ley ciento noventa y siete/mil novecientos sesenta y tres, de veintiocho de diciembre, sobre Centros y Zonas de Interés Turístico Nacional.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Comercio y Turismo, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día diez de mayo de mil novecientos setenta y nueve.
DISPONGO:
A efectos de la Ley ciento noventa y siete/mil novecientos sesenta y tres, de veintiocho de diciembre, se aprueba la revisión efectuada del plan de ordenación urbana aprobado por Decreto de ocho de octubre de mil novecientos sesenta y cuatro para el Centro de Interés Turístico Nacional «Dominio Residencial Giverola», situado en el término municipal de Tossa de Mar (Gerona), declarándose subsistentes los beneficios y efectos en aquél concedidos.
Dado en Madrid a diez de mayo de mil novecientos setenta y nueve.
JUAN CARLOS
El Ministro de Comercio y Turismo,
JUAN ANTONIO GARCIA DIEZ
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