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Ilmo. Sr.: De conformidad con la propuesta elevada por esa Dirección General de Industrias Agrarias sobre la petición formulada por la Sociedad «Cooperativa Provincial de Agricultores y Ganaderos de Guadalajara» para ampliar una almazara en la localidad de Guadalajara, acogiéndose a los beneficios previstos en el Real Decreto 634/1978, de 13 de enero, y demás disposiciones dictadas para su ejecución y desarrollo,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Uno. Declarar incluido en zona de preferente localización industrial agraria, según el artículo tercero del Real Decreto 634/1976, de 13 de enero, la ampliación de la almazara de la Sociedad «Cooperativa Provincial de Agricultores y Ganaderos de Guadalajara» sita en la localidad de Guadalajara.
Dos. Proponer la concesión, en su cuantía máxima, de los beneficios relacionados en el artículo 3.° y en el apartado uno del artículo 8.° del Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, excepto el relativo a expropiación forzosa, que no ha sido solicitado.
Tres. Asignar para esta ampliación una subvención, que alcanzará, como máximo, la cantidad de un millón treinta y ocho mil setecientas cincuenta y seis (1.038.756) pesetas.
Cuatro. Aprobar el proyecto técnico presentado para la ampliación de referencia, con un presupuesto de diez millones trescientas ochenta y siete mil quinientas sesenta y dos (10.387.562) pesetas, a efectos de preferencia en la obtención de crédito oficial.
Cinco. Conceder un plazo de tres meses para la iniciación de las obras, y otro de doce meses para finalizar la ampliación y obtener su inscripción en el Registro Provincial de Industrias Agrarias. Ambos plazos contarán a partir de la fecha de publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 10 de septiembre de 1979.‒P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.
Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.
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