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Documento BOE-A-1979-23761

Ley 9/1979, de 2 de octubre, sobre concesión al presupuesto en vigor de la sección 24, «Ministerio de Transportes y Comunicaciones», de un crédito extraordinario, por un importe de 88.790.000 pesetas, para satisfacer obligaciones correspondientes a «Contratos de conducciones y servicios extraordinarios por correspondencia».

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 6 de octubre de 1979, páginas 23278 a 23278 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1979-23761
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/1979/10/02/9

TEXTO ORIGINAL

DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren,

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

Artículo 1.

Se concede un crédito extraordinario por un importe de pesetas ochenta y ocho millones setecientas noventa mil al presupuesto en vigor de la sección veinticuatro, «Ministerio de Transportes y Comunicaciones»; servicio cero cinco, «Correos»; capítulo dos, «Compra de bienes corrientes y de servicios»; artículo veintitrés. «Transportes y Comunicaciones»; concepto doscientos treinta y tres/ocho, «Contratos de conducción y servicios extraordinarios de transportes por correspondencia, ejercicio mil novecientos setenta y siete».

Artículo 2.

Los recursos que financiarán el crédito extraordinario procederán de anticipos a facilitar por el Banco de España al Tesoro Público.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio Real, de Madrid, a dos de octubre de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

ADOLFO SUAREZ GONZALEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 02/10/1979
  • Fecha de publicación: 06/10/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 26/10/1979
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Materias
  • Correos y Telecomunicaciones
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios

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