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Documento BOE-A-1979-815

Orden de 7 de noviembre de 1978 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Audiencia Nacional, dictada con fecha 28 de febrero de 1978, en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Subteniente Especialista don Miguel Pérez Chaparro.

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 1979, páginas 715 a 715 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1979-815

TEXTO ORIGINAL

Excmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo seguido en única instancia ante la Sección Tercera de la Audiencia Nacional, entre partes, de una, como demandante, don Miguel Pérez Chaparro, quien postula por sí mismo, y de otra, como demandada, la Administración Pública, representada y defendida por el Abogado del Estado, contra la O. C. del Ministerio del Ejército de 14 de septiembre de 1976, rectificada el 30 del mismo mes y año, se ha dictado sentencia con fecha 28 de febrero de 1978 cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso interpuesto por don Miguel Pérez Chaparro contra la O. C. del Ministerio del Ejército, de fecha catorce de septiembre de mil novecientos setenta y seis, rectificada el día treinta del mismo mes y año, con las que le fue concedido al recurrente el trienio número trece, y contra el acuerdo del señor Ministro del Ejército, de fecha veintitrés de diciembre de igual año, que desestimó el recurso de reposición formulado contra la anterior, cuyos acuerdos declaramos nulos por no ser ajustados a derecho, y en su lugar declaramos que al recurrente le corresponde que se le reconozca la totalidad del tiempo de servicios prestados al Cuerpo Auxiliar Subalterno del Ejército, con la consideración de Oficial a efectos económicos y de trienios, los cuales le serán abonados en la cuantía señalada en la Ley de dos de diciembre de mil novecientos setenta, con derecho asimismo a las cantidades dejadas de percibir por dicho concepto; sin hacer imposición de costas.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 («Boletín Oficial del Estado» número 363), ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresad sentencia.

Lo que digo a V. E. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. E. muchos años.

Madrid, 7 de noviembre de 1978

GUTIERREZ MELLADO

Excmo. Sr. Teniente General Jefe del Estado Mayor del Ejército.

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