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Documento BOE-A-1982-6880

Canje de notas de 26 de mayo de 1980, entre España y Portugal, hecho en Lisboa, por el que se denuncia el Canje de notas entre ambos países sobre naturalizaciones de fechas 24 de abril y 29 de julio de 1897.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 1982, páginas 7476 a 7476 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1982-6880
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/1980/05/26/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Embajada de España saluda muy atentamente al Ministerio de Negocios Extranjeros y se complace en exponer lo siguiente:

Por Canje de Notas de 24 de abril y 29 de julio de 1897, los Gobiernos de nuestros dos países llegaron a un acuerdo acerca de la comunicación previa que debería establecerse por ambas partes, siempre que un súbdito portugués solicitase la naturalización española o un súbdito español la naturalización portuguesa. Dicha comunicación se relacionaba con las responsabilidades en que el interesado pudiera estar incurso, como consecuencia de procesos criminales o de las leyes de reclutamiento.

Transcurridos más de ochenta años desde aquel Canje de Notas, con los consiguientes cambios en las circunstancias históricas y sociales de ambos países y disponiéndose en la actualidad de medios de comunicación y de información mucho más perfeccionados, puede considerarse que lo convenido en aquella época carece ya de utilidad. Ello se demuestra, además, por el desuso en que han ido cayendo los trámites en cuestión.

Así, pues, y por evidentes razones de eficacia, y agilidad administrativa, esta Embajada propone, en nombre del Gobierno español, la denuncia del mencionado Canje de Notas de 24 de abril y 29 de julio de 1897.

Si el Gobierno portugués concuerda en llevar a cabo tal denuncia la Nota en que ese Ministerio signifique al Gobierno español el asentimiento del Gobierno portugués podría ser considerada como conclusión del Acuerdo sobre el asunto.

La Embajada de España aprovecha la oportunidad para renovar al Ministerio de Negocios Extranjeros las seguridades de su más alta consideración.

Lisboa, 26 de mayo de 1980.

Al Ministerio de Negocios Extranjeros de Portugal.

El Ministerio de Asuntos Extranjeros presenta sus más atentos saludos a la Embajada de España y tiene la honra de acusar recibo de su Nota Verbal de fecha de hoy, relativa a la denuncia del Acuerdo por Canje de Notas de 24 de abril y 29 de julio de 1897 sobre naturalización, que dice lo siguiente:

La Embajada de España saluda muy, atentamente al Ministerio de Negocios Extranjeros y se complace en exponer lo siguiente:

Por Canje de Notas de 24 de abril y 29 de julio de 1897, los Gobiernos de nuestros dos países llegaron a un acuerdo acerca de la comunicación previa que debería establecerse por ambas partes siempre que un súbdito portugués solicitase la naturalización española o un súbdito español la naturalización portuguesa. Dicha comunicación se relacionaba con las responsabilidades en que el interesado pudiera estar incurso, como consecuencia de procesos criminales o de las leves de reclutamiento.

Transcurridos más de ochenta años desde aquel Canje de Notas, con los consiguientes cambios en las circunstancias históricas y sociales de ambos países, y disponiéndose en la actualidad de medios de comunicación y de información mucho más perfeccionados, puede considerarse que lo convenido en aquella época carece ya de utilidad. Ello se demuestra, además, por el desuso en que han ido cayendo los trámites en cuestión.

Así, pues, y por evidentes razones de eficacia y agilidad administrativa, esta Embajada propone, en nombre del Gobierno español, la denuncia del mencionado Canje de Notas de 24 de abril y 29 de julio de 1897.

Si el Gobierno portugués concuerda en llevar a cabo tal denuncia, la Nota en que ese Ministerio signifique al Gobierno español el asentimiento del Gobierno portugués podría ser considerada como conclusión del Acuerdo sobre el asunto.

El Ministerio de Asuntos Extranjeros tiene la honra de manifestar la conformidad del Gobierno portugués con los términos de la Nota de la Embajada Española, la cual con la presente Nota constituye un Acuerdo que producirá efectos a partir de esta fecha.

El Ministerio de Asuntos Extranjeros aprovecha la oportunidad para reiterar a la Embajada de España las seguridades de su más alta consideración.

Lisboa, 26 de mayo de 1980.

A la Embajada de España en Lisboa.

Por las presentes Notas queda sin vigor el Canje de Notas de 1897 de conformidad con lo previsto en aquellas.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid. 5 de marzo de 1982.‒El Secretario General Técnico, José Antonio de Yturriaga Barberán.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 26/05/1980
  • Fecha de publicación: 24/03/1982
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 5 de marzo de 1982.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 109, de 7 de mayo de 1982 (Ref. BOE-A-1982-10608).
Referencias anteriores
  • EN RELACIÓN con las Notas Diplomáticas de 24 de abril y 29 de julio de 1897 (Gazeta).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Nacionalidad
  • Portugal

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