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Documento BOE-A-1984-12342

Orden de 11 de mayo de 1984 por la que el Premio Nacional de Artesanía «Marqués de Lozoya» pasa a denominarse Premio Nacional de Investigación sobre Artes y Tradiciones Populares «Marqués de Lozoya», se amplía su dotación y se convoca el correspondiente al año 1984.

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 1 de junio de 1984, páginas 15593 a 15593 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1984-12342
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1984/05/11/(3)

TEXTO ORIGINAL

El Ministro de Cultura viene prestando especial atención a cuanto pueda contribuir al conocimiento, promoción y recuperación de las artes y tradiciones populares.

Con dicho fin se creó el Premio Nacional de Artesanía <Marqués de Lozoya>, orientado al estímulo de la investigación en el campo de la artesanía española, y ha convocado diversos certámenes relacionados con la artesanía, tradiciones y costumbres populares.

La experiencia obtenida aconseja ampliar el Premio "Marqués de Lozoya", de modo que la investigación que se pretende estimular tenga mayores posibilidades temáticas.

Por otro lado, se ha creído conveniente ampliar también la dotación económica del Premio.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Juventud y Promoción Sociocultural, en colaboración con la Dirección General de Bellas Artes y Archivos, tengo a bien disponer:

Artículo 1. El Premio Nacional de Artesanía "Marqués de Lozoya", creado por Orden de 26 de diciembre de 1980 (<Boletín Oficial del Estado> de 23 de enero de 1981), pasa a denominarse Premio Nacional de Investigación sobre Artes y Tradiciones Populares <Marqués de Lozoya>.

Art. 2. El Premio Nacional de Investigación sobre Artes y Tradiciones Populares <Marqués de Lozoya>, que se convocará anualmente, estará dotado con 2.500.000 pesetas.

Dicha cuantía podrá dividirse según se determine en las bases de cada convocatoria, y podrá declararse, total o parcialmente, desierto.

Art. 3. Se convoca la edición correspondiente al año 1984 de dicho Premio, de acuerdo con las bases que figuran como anexo a la presente Orden.

Art. 4. Por el Instituto de la Juventud y Promoción Comunitaria se dispondrá la infraestructura y medios necesarios, dentro de sus actuales dotaciones, en orden a la gestión, el otorgamiento y el pago del Premio.

Art. 5. La Dirección General de Juventud y Promoción Sociocultural dictará las normas necesarias para el mejor cumplimiento de lo que se dispone en la presente convocatoria.

Madrid. 11 de mayo de 1984.-SOLANA MADARIAGA.

* Se omite la inclusión de esta relación.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 11/05/1984
  • Fecha de publicación: 01/06/1984
Referencias anteriores
Materias
  • Artesanía
  • Premios

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