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Documento BOE-A-1984-24977

Real Decreto 2004/1984, de 19 de septiembre, por el que se acuerda la agrupación de los Juzgados que se indican al efecto de ser servidos por un solo Médico Forense.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 271, de 12 de noviembre de 1984, páginas 32489 a 32490 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1984-24977
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1984/09/19/2004

TEXTO ORIGINAL

La Ley 1/1975, de 19 de febrero, en su artículo 4., faculta al Gobierno pa ra agrupar las Forensías de aquellos Juzgados que por su contenido y proximidad puedan estar a cargo de un sólo Médico Forense, reducir la plantilla del Cuerpo y revisar su régimen orgánico. La necesidad producida en los últimos tiempos de aumentar el número de órganos judiciales y consecuentemente, las plantillas de personal de los Cuerpos a; servicio de la Administración de Justicia es compatible y debe ir acompañada de medidas tendentes a ajustar estas plantillas a las exigencias reales del servicio.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión de 10 de octubre de 1984, dispongo:

Artículo 1. A los efectos de ser servidas simultáneamente por un sólo Médico Forense quedan agrupados los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción que se relacionan a los de igual clase que a continuación se indican:

AUDIENCIA TERRITORIAL DE ALBACETE

Provincia de Albacete

Alcaráz a La Roda.

Provincia de Ciudad Real

Villanueva de los Infantes a Valdepeñas.

Daimiel a Manzanares.

Provincia de Cuenca

San Clemente a Motilla del Palancar.

Tarancón a Cuenca.

Provincia de Murcia

Mula a Cieza.

Lorca número 2 a Lorca número 1.

AUDIENCIA TERRITORIAL DE BARCELONA

Provincia de Barcelona

Arenys de Mar a Mataró número 2.

Vilafranca del Penedés a Villanueva y Geltrú.

Igualada número 2 a Igualada número 1.

San Feliu de Llobregat número 2 a San Feliu de Llobregat nu.mero 1.

Vic número 2 a Vic número 1.

Provincia de Gerona

La Bisbal número 2 a La Bisbal número 1.

Figueras número z a Figueras número 1.

Santa Coloma de Farnés número 2 a Santa Coloma de Farnés número 1.

Provincia de Lérida

Balaguer a Lérida número l.

Cervera a Lérida número 2.

Viella a Tremp.

Provincia de Tarragona

Tortosa número 2 a Tortosa número 1.

Vendrell número 2 a Vendrell número 1.

Reus número 2 a Reus número 1.

Valls a Reus número 3.

AUDIENCIA TERRITORIAL DE BILBAO

Provincia de Alava

Amurrio a Vitoria número 3.

Provincia de Vizcaya

Guernica a Durango.

AUDIENCIA TERRITORIAL DE BURGOS

Provincia de Burgos

Lerma a Aránda de Duero.

Salas de los Infantes a Burgos número 3.

Briviesca a Miranda de Ebro.

Provincia de Cantabria

Santoña a Laredo.

San Vicente de la Barquera a Torrelavega número 1.

Reinosa a Torrelavega número 2.

Provincia de Soria

Almazán a El Burgo de Osma.

AUDIENCIA TERRITORIAL DE CACERES

Provincia de Caceres

Navalmoral de la Mata a Trujillo.

Coria a Cáceres número 1.

Valencia de Alcántará a Caceres número 2.

Plasencia número 2 a Plasencia número 1.

Provincia de Badajoz

Olivenza a Badajoz número 3.

Llerena a Zafra.

Castuera a Villanueva de la Serena.

Fregenal de la Sierra a Jerez de los Caballeros.

Herrera del Duque a Don Benito.

Almendralejo a Mérida.

AUDIENCIA TERRITORIAL DE LA CORUÑA

Provincia de La Coruña

Betanzos a La Coruña número 4.

Corcubión a Carballo.

Noya a Santiago número 3.

Provincia de Lugo

Chantada a Monforte de Lemos.

Villalba a Mondoñedo.

Fonsngrada a Lugo número 2.

Provincia de Orense

Bande a Orense número 1.

Rlbadavia a Orense número 2.

Carballino a Orense número 3.

Puebla de Trives a Barco de Valdeorras.

Provincia de Pontevedra

Cambados a Villagarcia de Arosa.

Puenteáreas a Tuy.

Lalin a La Estrads.

AUDIENCIA TERRITORIAL DE GRANADA

Provincia de Granada

Baza a Guadix.

Motril número 2 a Motril número 1.

Provincia de Almería

Vera a Huércal-Overa.

Provincia de Jaén

Baeza a Ubeda.

La Carolina a Línares

Cazorla a Villacarrillo.

Martos a Jaen número 2.

Provincia de Málaga

Estepona a Marbella número 2.

Fuengirola número 2 a Fuengirola número 1.

AUDIENCIA TERRlTORlAL DE MADRID

Provincia de Madrid

Navalcarnero a Móstoles número 2.

Colmenar Viejo a Alcobendas.

Provincia de Avila

Piedrahíta a Avila.

Provincia de Cuadalajara

Molina de Aragón a Siguenza.

Provincia de Segovia

Cúellar a Sepúlveda.

Provincia de Toledo Orgaz a Torrijos.

Quintanar de la Orden a Ocaña.

Talavera número 2 a Talavera número 1.

AUDIENCIA TERRITORIAL DE OVIEDO

Llanes a Cangas de Onis.

Pola de Lena a Mieres.

Pola de Siero a Pola de Lavians.

Grado a Oviedo número 4.

AUDIENCIA TERRITORIAL DE PALMA DE MALLORCA

Ibiza número 2 a Ibiza número 1.

Inca a Manacor.

AUDIENCIA TERRITORIAL DE LAS PALMAS

Provincia de las Palmas

Arrecife número 2 a Arrecife número 1.

San Bartolomé de Tirajana a Telde número 2.

Provincia de Tenerife

Granadilla de Abona a Icod.

Los Llanos de Aridane a Santa Cruz de Las Palmas.

AUDIENCIA TERRITORIAL DE PAMPLONA

Provincia de Navarra

Tafalla a Estells.

Aoiz a Pamplona número 2.

Tudela número 2 a Tudela número 1.

Provincia de Guipúzcoa

Azpeitia a Vergará.

Provincia de Sevilla

Cazalla de la Sierra a Lora del Rio.

Dos Hermanas a Utrera.

Marchena a Carmona.

Morón de la Frontera a Osuna.

Provincia de Cádiz

Ceuta número 2 a Ceuta número 1.

Chiclana de la Frontera a San Fernando.

Puerto de Santa María número 2 a Puerto de Santa Maria número 1.

San Roque a Algeciras número 3.

Sanlúcar de Barrameda número 2 B Sanlucar de Barrameda número 1.

Provincia de Córdoba

Aguilar de la Frontera B Montills.

Baena a Priego de Córdoba.

Pozoblanco a Peñarroya-Pueblonuevo.

Posadas a Córdoba número 3.

Cabra a Lucena.

Provincia de Huelva

Moguer a Huelva número 3.

Valverde del Camino a la Palma del Condado

AAUDIENCIA TERRITORIAL DE VALENCIA

Provincia de Valencia

Onteniente a Játiva.

Gandia número 2 a Gandía número 1.

Sueca a Alcira.

Sagunto número 2 a Sagunto número 1.

Provincia de Alicante

Denis número 2 B Denis número 1.

Villajoyosa a Benidorm.

Elda numero 2 a Elda numero 1.

Provincia de Castellón

Segorbe a Castellón número 4.

AUDIENCIA TERRITORLAL DE VALLADOLID

Provincia de León

Sahagún a Cistierns.

La Bañeza a Astorga.

Ponferrada número 2 a Ponferrada número 1.

Provincia de Palencia

Cervera de Pisuerga a Carrión de los Condes.

Provincia de Salamanca

Peñaránda de Bracamonte a Salamanca número 3.

Vitigudino a Ciudad Rodrigo.

Provincia de Zamora

Toro a Zamora número 2.

Villalpando a Benavente.

AUDIENCIA TERRITORIAL DE ZARAGOZA

Provincia de Zarágoza

Daroca a Calatayud.

Ejea de los Caballeros a Tarázona.

Provincia de Huesca

Boltaña a Barbastro.

Art. 2. Cuando las plazas de Médicos Forenses que son objeto de agrupación por el presente Real Decreto se hallen cubiertas en propiedad, su efectividad quedará subordinada a que se produzca vacante en cualquiera de ellas.

Dado en Madrid a 10 de octubre de 1984.-JUAN CARLOS R.-El Ministro de Justicia, Fernando Ledesma Bartret.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 19/09/1984
  • Fecha de publicación: 12/11/1984
  • Fecha de entrada en vigor: 02/12/1984
  • Fecha de derogación: 09/07/1988
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA:
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con art. 4 de la Ley 1/1975, de 19 de febrero (Ref. BOE-A-1975-3788).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Cuerpo Nacional de Médicos Forenses
  • Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

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