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Documento BOE-A-1985-4486

Recurso de inconstitucionalidad número 701/1984, promovido por el Presidente del Gobierno, contra el artículo 15.5 de la Ley de la Generalidad Valenciana 7/1984, de 4 de julio.

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 20 de marzo de 1985, páginas 7216 a 7216 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1985-4486

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por auto de 7 de marzo actual, ha acordado mantener la suspensión del articulo 15.5, en cuanto que incluye la emisión y transmisión por cable, de la Ley 7/1984, de 4 de julio, de la Generalidad Valenciana, de creación de la Entidad pulica Radiotelevisión Valenciana (RTVV) y regulación de los Servicios de Radiodifusión de la Generalidad Valenciana, cuya suspensión se dispuso en virtud dei articulo 161:2 de la Constitucion y fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 266, de 6 de noviembre de 1984, impugnado por el Presidente del Gobierno en el recurso de inconstitucionalidad registrado bajo el número 701/1984.

Lo que se publica para general conocimiento.

Madrid, 7 de marzo de 1985.-El Presidente del Tribunal. Constitucional, Manuel García Pelayo y Alonso.

ANÁLISIS

  • Rango: Auto
  • Fecha de disposición: 07/03/1985
  • Fecha de publicación: 20/03/1985
Referencias anteriores
  • DECLARA:
    • el mantenimiento de la suspensión del art. 15.5 en el recurso 701/1984, en relación con la Ley 7/1984, de 4 de julio (Ref. BOE-A-1984-24649) y (Ref. BOE-A-1984-19929).
Materias
  • Comunidad Valenciana
  • Comunidades Autónomas
  • Radiodifusión
  • Televisión
  • Tribunal Constitucional

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