De orden delegada por el excelentísimo señor Ministro se publica, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos, el fallo de la sentencia dictada con fecha 8 de octubre de 1984 por el Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 408.195, promovido por Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulares Mercantiles de España, sobre regulación de la forma de ingreso en el Cuerpo de Intervención y Contabilidad de la Seguridad, Social, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo número 408.195 promovido por el Procurador señor Granados, en nombre y representación del Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulares Mercantiles de España, contra la Administración General del Estado sobre anulación de la Orden de Sanidad y Seguridad Social de 31 de enero de 1979 y resolución de 4 de febrero de 1980 (desestimatoria del recurso de reposición), debemos anular y anulamos la norma contenida en el artículo 2.º, apartado 2, 2, 2 (al exigir el requisito conjunto de la titulación superior o equivalente) de la Orden citada, por no ser conforme a Derecho. Desestimando la pretensión actora en el resto de las peticiones anulatorias formuladas; todo ello sin expresa condena en costas".
Madrid, 15 de mano de 1985.- El Director general, Enrique Heras Poza.
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