Está Vd. en

Documento BOE-A-1990-21731

Orden de 30 de julio de 1990 por la que se aprueban los baremos de méritos para el acceso a los Equipos de Atención Primaria por concurso-oposición libre.

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 30 de agosto de 1990, páginas 25506 a 25509 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1990-21731
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1990/07/30/(7)

TEXTO ORIGINAL

EL ARTICULO 10. UNO DEL REAL DECRETO 1453/1989, DE 1 DE DICIEMBRE, SOBRE PROVISION DE PLAZAS SANITARIAS EN LOS EQUIPOS DE ATENCION PRIMARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, DISPONE QUE EL BAREMO DE LA FASE DE CONCURSO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS QUE SE REGULAN EN DICHA DISPOSICION SERA APROBADO POR EL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO Y PUBLICADO EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> CON ANTERIORIDAD A LA CONVOCATORIA.

EN SU VIRTUD, OIDOS LOS CONSEJOS GENERALES DE COLEGIOS MEDICOS Y DE ATS Y DIPLOMADOS EN ENFERMERIA, ASI COMO LAS CENTRALES SINDICALES PRESENTES EN LA CORRESPONDIENTE MESA SECTORIAL DE NEGOCIACION,

ESTE MINISTERIO DISPONE:

ARTICULO 1. SE APRUEBAN LOS BAREMOS DE MERITOS A VALORAR EN LA FASE DE CONCURSO DEL CONCURSO-OPOSICION LIBRE PARA EL ACCESO A PLAZAS SANITARIAS DE LOS EQUIPOS DE ATENCION PRIMARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD QUE FIGURAN EN LOS ANEXOS A ESTA ORDEN.

ART. 2. SOLO SERAN VALORADOS LOS MERITOS QUE OSTENTEN LOS INTERESADOS EL DIA DE LA PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE LA CORRESPONDIENTE CONVOCATORIA, SIEMPRE QUE SEAN ALEGADOS Y ACREDITADOS POR LOS ASPIRANTES EN LA FORMA Y PLAZOS QUE LA CONVOCATORIA DETERMINE.

ART.

3. QUEDA SIN EFECTO LOS BAREMOS PARA LA PROVISION DE VACANTES DE EQUIPOS DE ATENCION PRIMARIA APROBADOS POR ORDENES DE ESTE MINISTERIO DE 8 DE MAYO DE 1986.

DISPOSICION FINAL

ESTA ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

MADRID, 30 DE JULIO DE 1990.

GARCIA VARGAS

ILMOS. SRES. SUBSECRETARIO DE SANIDAD Y CONSUMO, DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, SUMINISTROS E INSTALACIONES.

ANEXO I

BAREMO DE MERITOS PARA PLAZAS DE MEDICOS DE MEDICINA GENERAL

PUNTUACION

1. ESTUDIOS DE LICENCIATURA EN MEDICINA Y CIRUGIA:

CADA SOBRESALIENTE O MATRICULA DE HONOR 2

CADA NOTABLE 1

CADA APROBADO 0,5

NO SE VALORARAN LAS ASIGNATURAS DE IDIOMAS, RELIGION, FORMACION POLITICA Y EDUCACION FISICA. LA SUMA DE LAS PUNTUACIONES SE DIVIDIRA POR EL NUMERO TOTAL DE ASIGNATURAS EVALUADAS, EXPRESANDO EL COEFICIENTE CON LOS DOS PRIMEROS DECIMALES OBTENIDOS.

2. GRADO DE LICENCIADO (SI PREMIO EXTRAORDINARIO O SOBRESALIENTE, 0,5 PUNTOS MAS) 1

3. GRADO DE DOCTOR (SI <CUM LAUDE> O SOBRESALIENTE, UN PUNTO MAS) 2

4. POR CADA MATRICULA DE HONOR O SOBRESALIENTE EN LOS CURSOS MONOGRAFICOS DE DOCTORADO 0,1

5. TITULO DE ESPECIALISTA EN MEDICINA DE FAMILIA Y COMUNITARIA 2

6. MEDICOS RESIDENTES QUE HAYAN CUMPLIDO EL PERIODO COMPLETO DE FORMACION DEL PROGRAMA MIR, O MEDICOS QUE HAYAN CUMPLIDO EL PERIODO COMPLETO DE FORMACION DURANTE UN TIEMPO MINIMO DE TRES AÑOS EN CENTRO EXTRANJERO CON PROGRAMA RECONOCIDO PARA LA DOCENCIA DE POSGRADUADOS, EN LA ESPECIALIDAD DE MEDICINA PREVENTIVA Y SALUD PUBLICA 4

7. IDEM, EN LA ESPECIALIDAD DE MEDICINA INTERNA 5

8. IDEM, EN LA ESPECIALIDAD DE MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA 6

9. IDEM, EN ESPECIALIDAD MEDICA NO CONTEMPLADA EN LOS APARTADOS PRECEDENTES 3

10.

DIPLOMADOS EN SANIDAD 0,5

11. OFICIALES SANITARIOS 1

12. <MASTER> DE SALUD PUBLICA EN CENTRO EXTRANJERO CON PROGRAMA RECONOCIDO DE DOCENCIA 1

13. POR SERVICIOS PRESTADOS COMO MEDICO TITULAR, MEDICO DE MEDICINA GENERAL, MEDICO ESPECIALISTA EN MEDICINA INTERNA O MEDICO DE URGENCIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, CON NOMBRAMIENTO EN PROPIEDAD, POR CADA MES DE SERVICIOS 0,1

14. IDEM, CON NOMBRAMIENTO EVENTUAL, CONTRATADO, INTERINO O AUTORIZADO, POR CADA MES DE SERVICIO 0,05

15. POR SERVICIOS PRESTADOS A LA SEGURIDAD SOCIAL COMO MEDICO ESPECIALISTA EN MEDICINA PREVENTIVA Y SALUD PUBLICA, CON NOMBRAMIENTO EN PROPIEDAD, POR CADA MES DE SERVICIO 0,04

16. IDEM, CON NOMBRAMIENTO EVENTUAL, CONTRATADO, INTERINO O AUTORIZADO, POR CADA MES DE SERVICIO 0,02

17. POR SERVICIOS PRESTADOS A LA SEGURIDAD SOCIAL COMO MEDICO ESPECIALISTA EN ESPECIALIDADES NO COMPRENDIDAS EN LOS APARTADOS PROCEDENTES, CON NOMBRAMIENTO EN PROPIEDAD, POR CADA MES DE SERVICIOS 0,03

18.

IDEM, CON NOMBRAMIENTO EVENTUAL, CONTRATADO, INTERINO O AUTORIZADO, POR CADA MES DE SERVICIO 0,015

19. CATEDRATICO NUMERARIO DE LA FACULTAD DE MEDICINA (PATOLOGIA GENERAL Y/O PATOLOGIA MEDICA Y/O MEDICINA PREVENTIVA Y SOCIAL) 8

20. PROFESOR NUMERARIO DE LA FACULTAD DE MEDICINA (PATOLOGIA GENERAL Y/O PATOLOGIA MEDICA Y/O MEDICINA PREVENTIVA Y SOCIAL) 6

21. POR SERVICIOS PRESTADOS COMO PROFESOR EN AREAS DE ATENCION PRIMARIA DE SALUD EN ENTIDADES CON ACREDITACION DOCENTE, POR CADA CIEN HORAS DE DOCENCIA (HASTA UN MAXIMO DE TRES PUNTOS) 0,25

22. POR TRABAJOS CIENTIFICOS PUBLICADOS Y APORTACIONES A REUNIONES CIENTIFICAS SOBRE ATENCION PRIMARIA DE SALUD (HASTA UN MAXIMO DE DOS PUNTOS) 0,05

SERAN EXCLUYENTES ENTRE SI LA VALORACION DE LOS APARTADOS 6 Y 11.

SERAN EXCLUYENTES ENTRE SI LA VALORACION DE LOS APARTADOS 13, 14, 15, 16, 17 Y 18, SIEMPRE QUE LA PRESTACION DE SERVICIOS HAYA SIDO COINCIDENTE EN EL TIEMPO. LA PUNTUACION MAXIMA TOTAL POR EL CONJUNTO DE MERITOS PREVISTOS EN DICHOS APARTADOS SERA DE 13 PUNTOS PARA CADA ASPIRANTE.

A LOS EFECTOS DE ESTE BAREMO, SE CONSIDERARAN EQUIVALENTES A UN MES DE SERVICIOS CON NOMBRAMIENTO INTERINO, OCHO DIAS FESTIVOS O CUATRO FINES DE SEMANA DESEMPEÑANDO LAS FUNCIONES DE REFUERZO DE LA PLANTILLA DE ATENCION PRIMARIA.

ANEXO II

BAREMO DE MERITOS PARA PLAZAS DE MEDICOS PEDIATRAS-PUERICULTORES

PUNTUACION

1. ESTUDIOS DE LICENCIATURA EN MEDICINA Y CIRUGIA:

CADA SOBRESALIENTE O MATRICULA DE HONOR 2

CADA NOTABLE 1

CADA APROBADO 0,5

NO SE VALORARAN LAS ASIGNATURAS DE IDIOMAS, RELIGION, FORMACION POLITICA Y EDUCACION FISICA. LA SUMA DE LAS PUNTUACIONES SE DIVIDIRA POR EL NUMERO TOTAL DE ASIGNATURAS EVALUADAS, EXPRESANDO EL COEFICIENTE CON LOS DOS PRIMEROS DECIMALES.

2. GRADO DE LICENCIADO (SI PREMIO EXTRAORDINARIO O SOBRESALIENTE, 0,5 PUNTOS MAS) 1

3. GRADO DE DOCTOR (SI <CUM LAUDE> O SOBRESALIENTE, UN PUNTO MAS) 2

4. POR CADA MATRICULA DE HONOR O SOBRESALIENTE EN LOS CURSOS MONOGRAFICOS DE DOCTORADO 0,1

5. MEDICOS RESIDENTES QUE HAYAN CUMPLIDO EL PERIODO COMPLETO DE FORMACION DEL PROGRAMA MIR, O MEDICOS QUE HAYAN CUMPLIDO EL PERIODO COMPLETO DE FORMACION DURANTE UN TIEMPO MINIMO DE TRES AÑOS EN CENTRO EXTRANJERO CON PROGRAMA RECONOCIDO PARA LA DOCENCIA DE POSGRADUADOS, EN LA ESPECIALIDAD DE PEDIATRIA Y PUERICULTURA 6

6.

DIPLOMADOS EN SANIDAD 0,5

7. OFICIALES SANITARIOS 1

8. <MASTER> EN SALUD PUBLICA EN CENTRO EXTRANJERO CON PROGRAMA RECONOCIDO DE DOCENCIA 1

9. POR SERVICIOS PRESTADOS COMO PEDIATRA-PUERICULTOR EN INSTITUCIONES SANITARIAS EXTRAHOSPITALARIAS DEPENDIENTES DE ADMINISTRACIONES PUBLICAS O DE LA SEGURIDAD SOCIAL, CON NOMBRAMIENTO EN PROPIEDAD, POR CADA MES DE SERVICIOS 0,1

10. IDEM, CON NOMBRAMIENTO EVENTUAL, CONTRATADO, INTERINO O AUTORIZADO, POR CADA MES DE SERVICIOS 0,05

11. POR SERVICIOS PRESTADOS COMO PEDIATRA-PUERICULTOR EN INSTITUCIONES SANITARIAS HOSPITALARIAS DEPENDIENTES DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS O DE LA SEGURIDAD SOCIAL, CON NOMBRAMIENTO EN PROPIEDAD, POR CADA MES DE SERVICIO 0,1

12. IDEM, CON NOMBRAMIENTO EVENTUAL, CONTRATADO, INTERINO O AUTORIZADO, POR CADA MES DE SERVICIO 0,05

13.

CATEDRATICO NUMERARIO DE PEDIATRIA DE LA FACULTAD DE MEDICINA 8

14.

PROFESOR NUMERARIO DE PEDIATRIA DE LA FACULTAD DE MEDICINA 6

15. POR SERVICIOS PRETADOS COMO PROFESOR EN AREAS DE ATENCION PRIMARIA DE SALUD EN ENTIDADES CON ACREDITACION DOCENTE, POR CADA CIEN HORAS DE DOCENCIA (HASTA UN MAXIMO DE TRES PUNTOS) 0,25

16. POR TRABAJOS CIENTIFICOS PUBLICADOS Y APORTACIONES A REUNIONES CIENTIFICAS SOBRE ATENCION PRIMARIA DE SALUD (HASTA UN MAXIMO DE DOS PUNTOS) 0,05

SERAN EXCLUYENTES ENTRE SI LA VALORACION DE LOS APARTADOS 9, 10, 11 Y 12, SIEMPRE QUE LA PRESTACION DE SERVICIOS HAYA SIDO COINDICENTE EN EL TIEMPO. LA PUNTUACION MAXIMA TOTAL POR EL CONJUNTO DE MERITOS PREVISTOS EN DICHOS APARTADOS SERA DE 13 PUNTOS PARA CADA ASPIRANTE.

A LOS EFECTOS DE ESTE BAREMO, SE CONSIDERARAN EQUIVALENTES A UN MES DE SERVICIO CON NOMBRAMIENTO INTERINO, OCHO DIAS FESTIVOS O CUATRO FINES DE SEMANA DESEMPEÑANDO LAS FUNCIONES DE REFUERZO DE LA PLANTILLA DE ATENCION PRIMARIA.

ANEXO III

BAREMO DE MERITOS PARA PLAZAS DE ATS/DUE

PUNTUACION

1. ESTUDIOS DE LA CARRERA DE AYUDANTE TECNICO SANITARIO O DE DIPLOMADO UNIVERSITARIO EN ENFERMERIA:

CADA SOBRESALIENTE O MATRICULA DE HONOR 2

CADA NOTABLE 1

CADA APROBADO 0,5

NO SE VALORARAN LAS ASIGNATURAS DE IDIOMAS, RELIGION, FORMACION POLITICA Y EDUCACION FISICA. LA SUMA DE LAS PUNTUACIONES SE DIVIDIRA POR EL NUMERO TOTAL DE ASIGNATURAS EVALUADAS, EXPRESANDO EL COEFICIENTE CON LOS DOS PRIMEROS DECIMALES OBTENIDOS.

2. PREMIO FIN DE CARRERA 0,5

3. POR DIPLOMA O CERTIFICADO DE APROVECHAMIENTO EN CURSOS DE SALUD PUBLICA, ATENCION PRIMARIA (MATERNO-INFANTIL), GERONTOLOGIA, SALUD ESCOLAR, SALUD LABORAL, SALUD MENTAL Y MEDIO AMBIENTE, IMPARTIDOS EN CENTROS NACIONALES O EXTRANJEROS ACREDITADOS POR EL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA O LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS PROCEDENTES, PARA LA DOCENCIA POSGRADUADA Y CONTINUADA DE PROFESIONALES, Y DE UN AÑO, COMO MINIMO, DE DURACION 2

4. POR TITULO O DIPLOMA DE ESPECIALIDADES DE AYUDANTE TECNICO SANITARIO O DIPLOMADO EN ENFERMERIA QUE RECONOZCA LA LEGISLACION VIGENTE, EXPEDIDO POR EL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA U OBTENIDO EN CENTRO EXTRANJERO CON DOCENCIA ACREDITADA 1

5. POR CERTIFICADO O DIPLOMA OBTENIDOS EN CURSOS DE SALUD PUBLICA, ATENCION PRIMARIA, MEDICINA DE LA COMUNIDAD, IMPARTIDOS POR ENTIDADES ACREDITADAS POR EL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA PARA LA DOCENCIA POSGRADUADA Y CONTINUADA DE PROFESIONALES, CUYA DURACION SEA DE CUARENTA HORAS (HASTA UN MAXIMO DE DOS PUNTOS) 0,02

6. POR SERVICIOS PRESTADOS COMO PROFESOR EN AREAS DE ATENCION PRIMARIA DE SALUD EN ENTIDADES CON ACREDITACION DOCENTE, POR CADA CIEN HORAS DE DOCENCIA (HASTA UN MAXIMO DE TRES PUNTOS) 0,25

7. POR PRESENTACION DE PONENCIAS, CONFERENCIAS, COMUNICACIONES SOBRE ATENCION PRIMARIA EN JORNADAS, CONGRESOS Y SIMPOSIOS DE CARACTER PUBLICO, CONVOCADAS POR ENTIDADES OFICIALES (HASTA UN MAXIMO DE DOS PUNTOS) 0,2

8. POR PUBLICACIONES DE TRABAJOS CIENTIFICOS SOBRE ATENCION PRIMARIA DE SALUD (HASTA UN MAXIMO DE DOS PUNTOS) 0,5

9. POR PLAZA EN PROPIEDAD DE PRACTICANTE DE ZONA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, OBTENIDA POR OPOSICION, CONCURSO-OPOSICION O CONCURSO DE MERITOS 0,5

10.

POR SERVICIOS PRESTADOS COMO AYUDANTE TECNICO SANITARIO O DIPLOMADO EN ENFERMERIA EN INSTITUCIONES SANITARIAS PUBLICAS, POR CADA MES DE SERVICIO (HASTA UN MAXIMO DE CINCO PUNTOS) 0,04

11. POR SERVICIOS PRESTADOS COMO PROFESOR/A DE SALUD PUBLICA EN UNA ESCUELA UNIVERSITARIA DE ENFERMERIA, POR CADA MES DE SERVICIO (HASTA UN MAXIMO DE CINCO PUNTOS) 0,04

A LOS EFECTOS DE ESTE BAREMO, SE CONSIDERARAN EQUIVALENTES A UN MES DE SERVICIOS, OCHO DIAS FESTIVOS O CUATRO FINES DE SEMANA DESEMPEÑANDO LAS FUNCIONES DE REFUERZO DE LA PLANTILLA DE ATENCION PRIMARIA.

ANEXO IV

BAREMO DE MERITOS PARA PLAZAS DE FISIOTERAPEUTAS

PUNTUACION

1. ESTUDIOS DE LA CARRERA DE ATS/DIPLOMADOS EN ENFERMERIA-FISIOTERAPEUTA O DIPLOMADOS EN FISIOTERAPIA:

POR CADA MATRICULA DE HONOR O SOBRESALIENTE 2

POR CADA NOTABLE 1

POR CADA APROBADO 0,5

NO SE VALORARAN LAS ASIGNATURAS DE RELIGION, FORMACION POLITICA, EDUCACION FISICA E IDIOMAS. LA SUMA DE LAS PUNTUACIONES SE DIVIDIRA POR EL NUMERO TOTAL DE ASIGNATURAS EVALUADAS EXPRESANDO EL COCIENTE CON LOS DOS PRIMEROS DECIMALES OBTENIDOS. EN EL CASO DE ATS/DIPLOMADO EN ENFERMERIA-FISIOTERAPEUTA CUYOS CURSOS DE ESPECIALIDAD HUBIERAN SIDO OBJETO DE CALIFICACION GLOBAL, SE DARA A CADA UNA DE LAS ASIGNATURAS LA CALIFICACION OBTENIDA GLOBALMENTE EN ESE CURSO.

2. PREMIO FIN DE CARRERA 0,5

3. POR DIPLOMA O CERTIFICADO DE APROVECHAMIENTO EN CURSOS DE FISIOTERAPIA, SALUD PUBLICA Y ATENCION PRIMARIA (GERONTOLOGIA, SALUD ESCOLAR, SALUD LABORAL, SALUD MENTAL, MATERNO-INFANTIL Y MEDIO AMBIENTE) IMPARTIDOS POR CENTROS NACIONALES O EXTRANJEROS ACREDITADOS POR EL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA O LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS PROCEDENTES PARA LA DOCENCIA POSGRADUADA Y CONTINUADA DE PROFESIONALES Y DE UN AÑO COMO MINIMO DE DURACION 2

4. TITULO O DIPLOMA DE OTRAS ESPECIALIDADES ATS/DIPLOMADO DE ENFERMERIA (REAL DECRETO 992/1987) 1

5. POR CERTIFICADO O DIPLOMA OBTENIDO EN CURSOS DE SALUD PUBLICA, ATENCION PRIMARIA, MEDICINA DE LA COMUNIDAD O TECNICAS FISIOTERAPICAS, IMPARTIDOS POR ENTIDADES ACREDITADAS POR EL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA PARA LA DOCENCIA POSGRADUADA Y CONTINUADA DE PROFESIONALES CUYA DURACION MINIMA SEA DE CUARENTA HORAS (HASTA UN MAXIMO DE UN PUNTO) 0,02

6. POR SERVICIOS PRESTADOS COMO PROFESOR EN AREAS DE FISIOTERAPIA Y DE ATENCION PRIMARIA EN ENTIDADES CON ACREDITACION DOCENTE POR CADA CIEN HORAS DE DOCENCIA (HASTA UN MAXIMO DE TRES PUNTOS) 0,25

7. POR PRESENTACION DE PONENCIAS, CONFERENCIAS, COMUNICACIONES SOBRE FISIOTERAPIA Y DE ATENCION PRIMARIA EN JORNADAS, CONGRESOS Y SIMPOSIOS DE CARACTER PUBLICO CONVOCADOS POR ENTIDADES OFICIALES (HASTA UN MAXIMO DE DOS PUNTOS) 0,20

8. POR PUBLICACION DE TRABAJOS CIENTIFICOS DE FISIOTERAPIA Y DE ATENCION PRIMARIA EN REVISTAS ESPECIALIZADAS (HASTA UN MAXIMO DE DOS PUNTOS) 0,50

9. POR SERVICIOS PRESTADOS COMO FISIOTERAPEUTA EN INSTITUCIONES SANITARIAS PUBLICAS, POR CADA MES DE SERVICIO (HASTA UN MAXIMO DE CINCO PUNTOS) 0,04

10. POR SERVICIOS PRESTADOS COMO ATS/DIPLOMADO EN ENFERMERIA EN INSTITUCIONES SANITARIAS PUBLICAS, POR CADA MES DE SERVICIO (HASTA UN MAXIMO DE DOS PUNTOS Y MEDIO) 0,02

11. POR SERVICIOS PRESTADOS COMO PROFESOR DE ESCUELAS OFICIALES EN AREAS DE FISIOTERAPIA Y SALUD PUBLICA, POR CADA MES DE SERVICIO (HASTA UN MAXIMO DE CINCO PUNTOS) 0,04

A LOS EFECTOS DE ESTE BAREMO, SE CONSIDERARAN EQUIVALENTES A UN MES DE SERVICIO, OCHO DIAS FESTIVOS O CUATRO FINES DE SEMANA DESEMPEÑANDO LAS FUNCIONES DE REFUERZO DE LA PLANTILLA DE ATENCION PRIMARIA.

ANEXO V

BAREMO DE MERITOS PARA PLAZAS DE MATRONAS, ENFERMERAS, ATS/DUE EN POSESION DEL DIPLOMA DE ESPECIALIDAD EN ASISTENCIA OBSTETRICA (MATRONA) Y ENFERMERIA OBSTETRICO-GINECOLOGIA (MATRONA)

PUNTUACION

1. ESTUDIOS DE LA CARRERA DE ATS/DUE ASISTENCIA OBSTETRICA-GINECOLOGIA (MATRONA):

POR CADA MATRICULA DE HONOR O SOBRESALIENTE 2

POR CADA NOTABLE 1

POR CADA APROBADO 0,5

NO SE VALORARAN LAS ASIGNATURAS DE RELIGION, FORMACION POLITICA, EDUCACION FISICA E IDIOMAS. LA SUMA DE LAS PUNTUACIONES SE DIVIDIRA POR EL NUMERO TOTAL DE ASIGNATURAS EVALUADAS EXPRESANDO EL COCIENTE CON LOS DOS PRIMEROS DECIMALES OBTENIDOS. EN EL CASO DE MATRONAS CUYOS CURSOS DE ESPECIALIDAD HUBIERAN SIDO OBJETO DE CALIFICACION GLOBAL, SE DARA A CADA UNA DE LAS ASIGNATURAS LA CALIFICACION OBTENIDA GLOBALMENTE EN ESE CURSO.

2. PREMIO FIN DE CARRERA 0,5

3. POR DIPLOMA O TITULO DE MATRONA PUERICULTORA EXPEDIDO POR LA ESCUELA NACIONAL DE SANIDAD O DE OTRA ESPECIALIDAD DE ATS/DUE (REAL DECRETO 992/1987) RELACIONADA CON LA ATENCION A LA MUJER Y AL RECIEN NACIDO, ENFERMERIA DE SALUD COMUNITARIA, SALUD PUBLICA Y ATENCION PRIMARIA DE SALUD, IMPARTIDOS EN CENTROS NACIONALES O EXTRANJEROS ACREDITADOS POR EL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA Y DE UN AÑO COMO MINIMO DE DURACION 2

4.

POR DIPLOMA O TITULO DE OTRA ESPECIALIDAD DE ATS/DUE (REAL DECRETO 992/1987) 1

5. POR CERTIFICADOS O DIPLOMAS OBTENIDOS EN CURSOS EN AREAS DE ATENCION A LA MUJER Y AL RECIEN NACIDO, SALUD PUBLICA, ENFERMERIA DE SALUD COMUNITARIA Y ATENCION PRIMARIA DE SALUD, IMPARTIDOS POR ENTIDADES ACREDITADAS POR EL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA PARA LA DOCENCIA POSGRADUADA Y CONTINUADA DE PROFESIONALES CUYA DURACION MINIMA SEA DE CUARENTA HORAS (HASTA UN MAXIMO DE DOS PUNTOS) 0,02

6. POR SERVICIOS PRESTADOS COMO PROFESOR DE ESCUELAS OFICIALES, ADSCRITAS, DE LA ESPECIALIDAD DE MATRONA, PROFESORES DE LAS UNIDADES DOCENTES DE LA ESPECIALIDAD DE ENFERMERIA OBSTETRICO-GINECOLOGICA (MATRONAS) (REAL DECRETO 992/1987), O PROFESOR DE ENFERMERIA MATERNO-INFANTIL EN ESCUELA DE ENFERMERIA, POR CADA MES DE SERVICIO (HASTA UN MAXIMO DE CINCO PUNTOS) 0,4

7. POR PRESENTACION DE PONENCIAS, CONFERENCIAS, COMUNICACIONES SOBRE ATENCION A LA MUJER Y AL RECIEN NACIDO, SALUD PUBLICA, ENFERMERIA DE SALUD COMUNITARIA Y ATENCION PRIMARIA DE SALUD EN JORNADAS, CONGRESOS Y SIMPOSIOS DE CARACTER PUBLICO CONVOCADOS POR ENTIDADES OFICIALES (HASTA UN MAXIMO DE DOS PUNTOS) 0,20

8. POR PUBLICACION DE TRABAJOS CIENTIFICOS SOBRE ATENCION A LA MUJER Y AL RECIEN NACIDO, SALUD PUBLICA, ENFERMERIA DE LA SALUD COMUNITARIA Y ATENCION PRIMARIA DE SALUD (HASTA UN MAXIMO DE DOS PUNTOS) 0,50

9. POR SERVICIOS PRESTADOS EN INSTITUCIONES SANITARIAS PUBLICAS, COMO MATRONA, POR CADA MES DE SERVICIO (HASTA UN MAXIMO DE CINCO PUNTOS) 0,04

10. POR SERVICIOS PRESTADOS EN INSTITUCIONES SANITARIAS PUBLICAS, COMO ENFERMERA, POR MES DE SERVICIO (HASTA UN MAXIMO DE DOS PUNTOS Y MEDIO) 0,02

11. POR SERVICIOS PRESTADOS COMO PROFESOR EN AREAS DE SALUD PUBLICA Y ENFERMERIA COMUNITARIA EN ENTIDADES CON ACREDITACION DOCENTE, POR CADA CIEN HORAS DE DOCENCIA (HASTA UN MAXIMO DE TRES PUNTOS) 0,25

A LOS EFECTOS DE ESTE BAREMO, SE CONSIDERARAN EQUIVALENTES A UN MES DE SERVICIO, OCHO DIAS FESTIVOS O CUATRO FINES DE SEMANA DESEMPEÑANDO LAS FUNCIONES DE REFUERZO DE LA PLANTILLA DE ATENCION PRIMARIA.

ANEXO VI

BAREMO DE MERITOS PARA PLAZAS DE AUXILIARES DE ENFERMERIA

PUNTUACION

1. ESTUDIOS DE FORMACION PROFESIONAL DE PRIMER GRADO, RAMA SANITARIA:

A) CUANDO EL TITULO HUBIERA SIDO OBTENIDO MEDIANTE LA SUPERACION DE DOS CURSOS ACADEMICOS DE ENSEÑANZA ESCOLARIZADA:

CADA CURSO CON CALIFICACION DE SOBRESALIENTE EN EL AREA DE CONOCIMIENTOS TECNOLOGICOS Y PRACTICOS 1

CADA CURSO CON CALIFICACION DE NOTABLE EN EL AREA DE CONOCIMIENTOS TECNOLOGICOS Y PRACTICOS 0,5

B) CUANDO EL TITULO SE HUBIERA OBTENIDO POR MEDIO DE PRUEBAS NO ESCOLARIZADAS, CONFORME A LA ORDEN DE 8 DE MARZO DE 1977:

LA CALIFICACION DE SOBRESALIENTE EN EL AREA DE CONOCIMIENTOS TECNOLOGICOS Y PRACTICOS 2

LA CALIFICACION DE NOTABLE EN EL AREA DE CONOCIMIENTOS TECNOLOGICOS Y PRACTICOS 1

SERAN EXCLUYENTES ENTRE SI LA VALORACION DE LOS APARTADOS A Y B. 2. POR CADA CURSO COMPLETO DE LOS ESTUDIOS DE FORMACION PROFESIONAL DE SEGUNDO GRADO, RAMA SANITARIA (HASTA UN MAXIMO DE CUATRO PUNTOS) 1

3. POR DIPLOMA DE PUERICULTURA DE SANIDAD NACIONAL O DE MAESTRA PUERICULTORA, EXPEDIDOS POR LA ESCUELA NACIONAL DE PUERICULTURA 1

4. POR DIPLOMA O CERTIFICADO EN CURSOS SANITARIOS IMPARTIDOS POR ENTIDADES ACREDITADAS POR EL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA, CUYA DURACION MINIMA SEA DE DIEZ HORAS (HASTA UN MAXIMO DE UN PUNTO) 0,02

5. POR SERVICIOS PRESTADOS COMO AUXILIAR DE ENFERMERIA O AUXILIAR DE CLINICA EN INSTITUCIONES SANITARIAS PUBLICAS, POR CADA MES DE SERVICIOS (HASTA UN MAXIMO DE CINCO PUNTOS) 0,04

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 30/07/1990
  • Fecha de publicación: 30/08/1990
  • Fecha de entrada en vigor: 31/08/1990
Referencias anteriores
Materias
  • Asistencia sanitaria de la Seguridad Social
  • Instituciones sanitarias de la Seguridad Social
  • Instituto Nacional de la Salud
  • Oposiciones y concursos
  • Personal Sanitario de la Seguridad Social
  • Seguridad Social

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid