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Documento BOE-A-1990-29987

Real Decreto 1583/1990, de 23 de noviembre, por el que se crea, en Madrid, una Escuela de Danza de grado profesional y se integra en el misma la Sección de Danza de la Real Escuela Superior de Arte Dramático y Danza de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 1990, páginas 36853 a 36853 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1990-29987
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1990/11/23/1583

TEXTO ORIGINAL

El Decreto de 11 de marzo de 1952 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de abril) efectuó la división de los antiguos Conservatorios de Música y Declamación, reservando las enseñanzas de música para los Conservatorios y separando de éstos las enseñanzas de declamación. A dicho fin, la citada disposición atribuyó estas enseñanzas a las Escuelas de Arte Dramático y, específicamente, creó la Escuela de Arte Dramático de Madrid, en la que se integraron los estudios de declamación y de baile, que quedaron estructurados como Secciones de dicha Escuela.

El importante auge y complejidad que han adquirido las dos Secciones reseñadas, debido al incremento de la demanda social de las enseñanzas de arte dramático y danza y a las especificidades de estas dos ramas de las enseñanzas artísticas, unido a la circunstancia de su próxima impartición en edificios ubicados en zonas distantes, hace conveniente proceder a la separación de ambas y dotarlas de estructuras y marcos jurídicos independientes, a fin de lograr una mayor eficacia, tanto en sus actividades docentes como en la gestión académico-administrativa, que dé una respuesta adecuada a dicha demanda y a las necesidades derivadas de las singularidades propias de cada una de estas dos enseñanzas.

En este contexto, el presente Real Decreto procede a la creación jurídica, como Centro independiente, de una Escuela de Danza de grado profesional, que dé una respuesta adecuada a la demanda, necesidades propias de estas enseñanzas, y, por otra parte, integra en ella las enseñanzas, medios personales y materiales correspondientes a la Sección de Danza de la Real Escuela Superior de Arte Dramático de Madrid.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia. y previa deliberación del Consejo de Ministro en su reunión del día 23 de noviembre de 1990,

DISPONGO:

Artículo 1.o

Se crea en Madrid una Escuela de Danza número 2, de grado profesional, para la organización e impartición de los estudios correspondientes a las diversas especialidades propias de las enseñanzas de danza.

Art. 2.o

La Sección de Danza de la Real Escuela Superior de Arte Dramático y Danza de Madrid queda integrada, a partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto, en la Escuela de Danza creada por esta disposición.

Art. 3.o

Los actuales Profesores y el personal de Administración y Servicios que venían desarrollando sus actividades en la Sección de Danza de la Real Escuela Superior de Arte Dramático y Danza de Madrid, pasará automáticamente a prestar sus servicios en la Escuela de Danza desde la fecha de integración en ésta de dicha Sección.

Art. 4.o

Las vacantes que como consecuencia de lo previsto en el presente Real Decreto se produzcan entre los representantes de los Profesores y de los alumnos en el Consejo Escolar de la actual Real Escuela Superior de Arte Dramático y Danza de Madrid, serán cubiertas por otros tantos miembros de la Sección de Arte Dramático, de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 58 del Real Decreto 2732/1986, de 24 de diciembre, sobre órganos de gobierno de los Centros públicos de Enseñanzas Artísticas.

Art. 5.o

Queda autorizado el Ministro de Educación y Ciencia para dictar las normas precisas para la aplicación de lo establecido en el presente Real Decreto, así como la adopción de los acuerdos sobre la adecuada distribución y adscripción de los créditos y medios materiales y personales vinculados a las dos Secciones, que constituían la Real Escuela Superior de Arte Dramático y Danza.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

A partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto, la actual Real Escuela Superior de Arte Dramático y Danza de Madrid pasará a denominarse Real Escuela Superior de Arte Dramático.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

A la entrada en vigor del presente Real Decreto quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a lo establecido en esta presente norma.

Dado en Madrid a 23 de noviembre de 1990.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación y Ciencia,

JAVIER SOLANA MADARIAGA.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 23/11/1990
  • Fecha de publicación: 12/12/1990
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/1991
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (Ref. BOE-A-1985-12978).
  • CITA Real Decreto 2732/1986, de 24 de diciembre (Ref. BOE-A-1987-354).
Materias
  • Enseñanza Artística
  • Escuelas de Arte dramático y Danza
  • Escuelas de Danza

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