Está Vd. en

Documento BOE-A-1995-17042

Orden de 12 de junio de 1995 clasificando la Fundación por la Amistad, el Deporte y la Integración Legítima (FADIL), instituida en Madrid, como de beneficencia particular de carácter asistencial.

Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 13 de julio de 1995, páginas 21661 a 21662 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1995-17042

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente para la clasificación e inscripción de la Fundación por la Amistad, el Deporte y la Integración Legítima (FADIL), instituida en Leganés (Madrid), con domicilio en la calle Rioja, 102-104.

Antecedentes de hecho

Primero: Por el Patronato de la Fundación fue solicitada la clasificación e inscripción de la Institución en el Registro de Fundaciones.

Segundo: Entre los documentos aportados para tal fin obra copia de la escritura de constitución de la Fundación, otorgada ante el Notario de Madrid don Jesús Franch Valverde, el 24 de enero de 1995, con el número 184 de su protocolo, donde constan los Estatutos por los que ha de regirse la Fundación, el nombramiento de los miembros del Patronato y los bienes que constituyen su dotación. Asimismo acompañan diligencia a la anterior, por la que se modifican los artículos 10, 12, 26 y 31 de los Estatutos y se amplía la dotación fundacional.

Tercero: El objeto de la Fundación queda determinado en el artículo 6 de los Estatutos, en la forma siguiente:

a) Desarrollar actividades físico-deportivas en general, así como el deporte terapéutico y de rehabilitación.

b) Fomentar, promocionar y divulgar el ocio y tiempo libre como forma de integración de todos los minusválidos físicos, psíquicos y sensoriales.

Corresponderá al Patronato determinar con plena libertad la actividad de la Fundación, dentro de sus fines, hacia aquellos objetivos concretos que, a juicio de aquél, sean los más adecuados o convenientes en cada momento.

Cuarto: El Patronato de la Fundación está constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos: Presidente: Don Constantino Seijas Rivera. Vicepresidente: Don Juan García Matas. Secretario: Don Angel Tomás Prats Polo. Vocal 1.º, doña María del Carmen Alcalá Carrascosa; Vocal 2.º, don Justo Rubio Rubio y, Vocal 3.º, don Jesús Rodríguez Pérez.

Quinto: La dotación inicial de la Fundación es de 1.100.000 pesetas, de las cuales 900.000 pesetas corresponden al valor del uso y disfrute de un local, sito en la calle Rioja, números 102 y 104, cedido, a título gratuito, por el Ayuntamiento de Leganés a la Fundación y renovable anualmente, según se desprende de las declaraciones aportadas en el expediente por doña Emilia Quirós Rayero, como Concejala-Delegada de Servicios Sociales y Mujer del ilustrísimo Ayuntamiento de Leganés, y 200.000 pesetas depositadas en una entidad bancaria a nombre de la Fundación.

Sexto: Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación queda recogido en los Estatutos por los que se rige, constando expresamente el carácter gratuito de los cargos del Patronato, estando dicho órgano de gobierno obligado a la rendición de cuentas y presentación de presupuestos al Protectorado.

Séptimo: Sometido el expediente al preceptivo informe del Servicio Jurídico del Departamento, éste es facilitado en sentido favorable, pudiéndose acceder a la clasificación solicitada.

Vistos la Constitución Española, la Ley 30/1994, de 24 de noviembre; los Reales Decretos de 8 de abril de 1985, 11 de julio de 1988, 20 de julio de 1988, y la Orden de 17 de marzo de 1994.

Fundamentos de Derecho

Primero: Esta Subsecretaría es competente para resolver el presente expediente en uso de las atribuciones que, en orden al ejercicio del Protectorado del Gobierno sobre las Fundaciones de beneficencia particular, tiene delegadas de la titular del Departamento por el apartado primero de la Orden de 17 de marzo de 1994 («Boletín Oficial del Estado» número 71), en relación con los Reales Decretos 530/1985, de 8 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 98), 727/1988, de 11 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 166), por el que se reestructuran los Departamentos Ministeriales, 791/1988, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 176), por el que se determina la estructura orgánica inicial del Ministerio de Asuntos Sociales, el artículo 7, apartado 1.º, de la Instrucción de Beneficencia de 14 de marzo de 1899, en el que se establece que corresponde al Protectorado del Gobierno la facultad de clasificar las Instituciones de beneficencia, la disposición derogatoria única de la Ley 30/1994, de 24 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 282), que establece que quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a la citada Ley en el Real Decreto e Instrucción de Beneficencia de 14 de marzo de 1899, y la disposición transitoria cuarta de la Ley 30/1994, que dispone que, en tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones a que se refiere el artículo 36 de dicha Ley, subsistirán los Registros de Fundaciones actualmente existentes.

Segundo: La Fundación persigue fines de interés general de asistencia social, conforme al artículo 2 de la Ley 30/1994, de 24 de noviembre.

Tercero: La dotación de la Fundación, descrita en el antecedente de hecho quinto de la presente Orden, se considera inicialmente suficiente para el cumplimiento de sus fines.

Cuarto: La documentación aportada reúne los requisitos exigidos en los artículos 8, 9 y 10 de la Ley 30/1994, de 24 de noviembre.

Quinto: El expediente ha sido sometido al preceptivo informe del Servicio Jurídico del Departamento que ha sido emitido en sentido favorable a la clasificación de la Fundación.

Por cuanto antecede, este Departamento ha dispuesto:

Primero: Clasificar como de asistencia social a la Fundación por la Amistad, el Deporte y la Integración Legítima (FADIL), instituida en Leganés (Madrid), con domicilio en la calle Rioja, 102 y 104.

Segundo: Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales.

Tercero: Confirmar a las personas, relacionadas en el antecedente de hecho cuarto de la presente Orden, como miembros del Patronato de la Fundación.

Cuarto: Que de esta Orden se den los traslados reglamentarios.

Madrid, 12 de junio de 1995.-P.D. (Orden 17 de marzo de 1994), el Subsecretario, Javier Valero Iglesias.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid