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Documento BOE-A-1995-18242

Orden de 3 de julio de 1995 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el recurso contencioso-administrativo número 206/1991, interpuesto contra este Departamento por don Francisco Rubia Alejos.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 27 de julio de 1995, páginas 23008 a 23008 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1995-18242

TEXTO ORIGINAL

Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 27 de abril de 1995 por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Primera), en el recurso contencioso-administrativo número 206/1991, promovido por don Francisco Rubia Alejos, contra resolución expresa de este Ministerio desestimatoria del recurso de reposición formulado sobre sanción disciplinaria, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Francisco Rubia Alejos, contra la resolución del ilustrísimo señor Subsecretario de Sanidad y Consumo de fecha 16 de noviembre de 1990, desestimatoria de recurso de reposición contra otra de fecha 29 de agosto de 1989, sobre sanción disciplinaria con suspensión de empleo y sueldo por diez y veinte días por la comisión de dos faltas graves; sin hacer imposición de costas.»

Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.

Madrid, 3 de julio de 1995.-P. D. (Orden de 28 de octubre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.

Ilma. Sra. Directora general del Instituto Nacional de la Salud.

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