Contenu non disponible en français

Vous êtes à

Documento BOE-A-1995-19759

Resolución de 26 de julio de 1995, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convocan becas CSIC-Roma.

Publicado en:
«BOE» núm. 197, de 18 de agosto de 1995, páginas 25780 a 25780 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-19759

TEXTO ORIGINAL

El Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por Resolución de la Presidencia de 24 de julio de 1995, ha resuelto convocar cuatro becas CSIC-Roma, para ampliación de estudios o investigación en la Escuela Española de Historia y Arqueología de Roma, con arreglo a las bases que se detallan en el anexo adjunto.

Madrid, 26 de julio de 1995.-El Presidente, José María Mato de la Paz.

ANEXO

Bases de la convocatoria

I. Plazo de solicitud

Las becas convocadas habrán de solicitarse en el Departamento de Posgrado y Especialización del CSIC, Serrano, 113, 28006 Madrid. El plazo de solicitud será del 15 de septiembre al 16 de octubre de 1995.

II. Requisitos de los solicitantes

Para optar a esta becas, los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española o de un país miembro de la Unión Europea, siempre que se posea la residencia en España en el momento de solicitar la beca.

b) Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto de Escuelas Superiores y ser estudiante de tercer ciclo. Proponer una investigación que forme parte de los estudios correspondientes a su tesis doctoral y para cuya realización sea necesaria la estancia en Roma.

III. Dotaciones

1. La dotación de la beca será de 2.475.000 pesetas brutas anuales, siéndole de aplicación el artículo 25 de la Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Las becas se abonarán trimestralmente. En el caso de que el trimestre no se complete, el pago se efectuará por mensualidades completas y con referencia a la situación de derecho del becario el día 15 del mes a que corresponda.

2. Seguro de accidentes corporales y de asistencia sanitaria. Este último es extensible, a petición del interesado, al cónyuge e hijos del beneficiario, si le acompañaran en la estancia en Roma.

3. Billete de ida y vuelta entre el aeropuerto más próximo al domicilio del beneficiario y Roma, por la ruta más corta y en clase turista.

IV. Período y condiciones de disfrute

El período de disfrute de la beca es de doce meses. Sólo en casos muy excepcionales podrá solicitarse una prórroga por un plazo no superior a otros doce meses, para lo cual será necesario ponerse en contacto con la Dirección del Departamento de Posgrado y Especialización.

Los becarios deberán incorporarse a la Escuela Española de Historia y Arqueología de Roma en los tres primeros días de enero de 1996.

Se entenderá que todo becario que no se incorpore en el plazo establecido renuncia a la beca que se le haya otorgado.

Los becarios no podrán desarrollar otra actividad que no sea aquella para la que obtuvieron sus becas.

Las becas serán incompatibles con el disfrute de otras ayudas similares. No obstante, serán compatibles con bolsas de viajes, etc., con la autorización del organismo.

A los efectos de concursos y oposiciones dentro del CSIC, se considerará tarea investigadora el tiempo de disfrute de la beca.

V. Formalización de solicitudes

Los impresos de solicitud se encuentran a disposición de los interesados en el Departamento de Posgrado y Especialización.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

1. Certificación académica personal completa y acreditativa de la titulación exigida, en original o fotocopia debidamente compulsada por la autoridad académica competente.

2. Currículum vitae del solicitante, según modelo que se facilitará en el Departamento de Posgrado y Especialización del CSIC.

3. Memoria-anteproyecto del trabajo a realizar e informe del Director de trabajo, el cual deberá pertenecer a la plantilla del CSIC, con el visto bueno del Director de la Escuela Española de Historia y Arqueología de Roma.

4. Fotocopia del documento nacional de identidad.

5. Declaración comprometiéndose a renunciar, si fuera seleccionado, a la percepción de otras remuneraciones y disfrute de otras becas o ayudas incompatibles.

6. Justificante de encontrarse realizando la tesis doctoral bajo la dirección exclusiva de un investigador de plantilla del CSIC, no admitiéndose codirecciones.

VI. Selección de los becarios

La Comisión de Selección estará presidida por el Vicepresidente de Investigación Científica y Técnica del CSIC y estará formada por el Director general de Relaciones Culturales y Científicas del Ministerio de Asuntos Exteriores, el Subdirector general de Programación, Seguimiento y Documentación Científica del CSIC, el Coordinador del Area de Humanidades y Ciencias Sociales del CSIC y el Director de la Escuela Española de Historia y Arqueología de Roma.

En la selección se tendrá en cuenta, además de los requisitos administrativos, la actividad investigadora del interesado (publicaciones, participación en congresos, etc.) y el tema propuesto de investigación.

Las decisiones de carácter científico serán irrecurribles.

La Comisión de Selección elevará a la Presidencia del CSIC una relación de aquellos candidatos que deban ser becados.

VII. Obligaciones de los becarios

Los becarios se comprometerán, al aceptar la beca, a cumplir en todas sus partes la normativa de la Escuela Española de Historia y Arqueología de Roma.

Los becarios no tendrán adquirido ningún compromiso, como oposiciones, exposiciones, concursos, etc., que les impida el cumplimiento íntegro o continuado del trabajo y/o de los estudios de la beca.

El becario está obligado a informar periódicamente al Director de la Escuela Española de Historia y Arqueología de la marcha de los trabajos y/o de los estudios propuestos.

Al término del disfrute de la beca, el becario deberá presentar la Memoria de los trabajos y/o estudios realizados, en forma tal que quede acreditado el cumplimiento del plan trazado en la solicitud.

Cuando las circunstancias obliguen a algún becario a introducir modificaciones fundamentales en el plan primitivo de su investigación, deberá dar cuenta de ello inmediatamente, por escrito, al Director de la Escuela, y eventualmente al Departamento de Posgrado y Especialización del CSIC.

El becario deberá solicitar autorización previa al Departamento de Posgrado y Especialización del CSIC para efectuar cualquier interrupción temporal en el disfrute de la beca.

Sólo en aquellos casos en los que se aprecie la existencia de causa mayor, se podrá recuperar el período interrumpido, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan.

Al término de la beca, el becario depositará en la Escuela una copia de los trabajos de investigación realizados.

subir

Agence d'État Bulletin Officiel de l'État

Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid