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Documento BOE-A-1995-22437

Orden de 15 de septiembre de 1995 por la que se extingue la autorización, por cese de actividades, con efectos desde el inicio del curso escolar 1995/1996, del centro de Formación Profesional escuela de mandos intermedios «Ventas», de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 13 de octubre de 1995, páginas 30097 a 30097 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-22437

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente sobre extinción de autorización por cese de actividades de la Escuela de Mandos Intermedios «Ventas», sita en la calle Alcalá, 292, de Madrid; iniciado conforme a lo establecido en los articulos 15 y 16 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.

ANTECEDENTES

Primero.-Por Orden de 29 de julio de 1982 («Boletín Oficial del Estado» de 30 de agosto), se autorizó a la Escuela de Mandos Intermedios «Ventas» para impartir las enseñanzas correspondientes al área de Formación Básica del Plan de Estudios de Formación Profesional de segundo grado por el régimen de enseñanzas especializadas.

Segundo.-El Servicio de Inspección de la Subdirección Territorial Madrid-centro de la Dirección Provincial de Educación y Ciencia de Madrid, previa visita al centro, emitió informe, con fecha 9 de junio de 1995 en el que se constata que la Escuela de Mandos Intermedios «Ventas» ha cesado sus actividades.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.-Son de aplicación a este expediente los siguientes preceptos legales:

Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 4), reguladora del Derecho a la Educación.

Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre («Boletín Oficial del Estado» del 4), de Ordenación General del Sistema Educativo.

Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Real Decreto 332/1992, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 9), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.

Segundo.-Los artículos 15 y 16 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, se ocupan en sus distintos apartados de la extinción de la autorización, que podrá declararse de oficio, cuando el centro haya cesado de hecho en sus actividades.

El apartado 3 de dicho artículo establece que, en todo caso, la extinción de la autorización surtirá efectos desde el inicio del curso académico siguiente:

Por todo lo anterior, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-La extinción de la autorización, por cese de actividades, con efectos desde el inicio del curso escolar 1995/1996, de la Escuela de Mandos Intermedios «Ventas», sita en la calle Alcalá, 292, de Madrid.

Segundo.-La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que comunico para su conocimiento y efectos.

Madrid, 15 de septiembre de 1995.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.

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