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Documento BOE-A-1995-2941

Acuerdo de 25 de enero de 1995, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se anuncia concurso de méritos para la provisión de dos puestos de trabajo en los órganos técnicos del Consejo, entre funcionarios del grupo B de las Administraciones Públicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 3 de febrero de 1995, páginas 3536 a 3536 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-1995-2941

TEXTO ORIGINAL

Por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, se ha acordado convocar concurso de méritos para la provisión de los puestos de trabajo que se describen a continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, y en los artículos 135 y concordantes del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial, aprobado por acuerdo del Pleno de 22 de abril de 1986.

Los puestos de trabajo convocados son los de Jefes de la Unidad de Documentación en el Area de Formación y en el Servicio Central de Secretaría General. El nivel de complemento de destino de dicho puesto de trabajo es el 24, y su complemento específico de 1.390.456 pesetas anuales, con arreglo a la relación de puestos de trabajo del personal funcionario al servicio del Consejo aprobada por acuerdo del Pleno del mismo, en su reunión del día 5 de mayo de 1993.

El concurso se regirá por las siguientes Normas

Primera.-Podrán tomar parte en el mismo los funcionarios de las Administraciones Públicas del grupo B, a que se refiere el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, que se encuentren en servicio activo o tengan concedida la autorización de reingreso.

Segunda.-Los que deseen tomar parte en el concurso deberán elevar sus instancias al excelentísimo señor Secretario general del Consejo General del Poder Judicial, presentándolas en el Registro General del propio Consejo (Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid) o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro de los diez días hábiles a contar desde el siguiente al de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercera.-A las instancias se acompañará un currículum vitae, en el que se harán constar, adjuntando los documentos que los justifiquen, los méritos y circunstancias personales que se estimen oportunos, en especial los que se refieran a destinos servidos, títulos académicos, realización de cursos y seminarios y otros méritos relacionados con el área de gestión administrativa.

Cuarta.-1. Los méritos serán valorados por una Comisión, compuesta de la siguiente forma:

Presidente: Don José María Márquez Jurado, Gerente del Consejo General del Poder Judicial.

Vocales: Don José de la Maya Amaya y don José Martín de la Sierra y Arcís, Letrados con destino en el Consejo General del Poder Judicial, y un funcionario al servicio del Consejo, perteneciente a grupo de titulación igual o superior al exigido para el puesto convocado, que será designado por el Secretario general, a propuesta de la Junta de Personal, publicándose dicha designación en el tablón de anuncios del Consejo.

Secretaria: Doña Alicia Bernaldo de Quirós García, Jefe de Sección del Servicio de Documentación del Consejo.

2. Actuarán, en su caso, como miembros suplentes de la Comisión de valoración los siguientes:

Presidente: Don Emilio Fernández Castro, Letrado al servicio del Consejo.

Vocales: Don José Luis de Benito y Benítez de Lugo y don Manuel Telo Alvarez, Letrados con destino en el Consejo General del Poder Judicial, y un funcionario al servicio del Consejo, perteneciente a grupo de titulación igual o superior al exigido para el puesto convocado, que será designado por el Secretario general, a propuesta de la Junta de Personal, publicándose dicha designación en el tablón de anuncios del Consejo.

Secretaria: Doña Alicia Carballido González, Jefe del Area de Informática del Consejo.

Quinta.-A la vista de las instancias y documentación presentadas, la Comisión de valoración a que se refiere la norma anterior, apreciando conjuntamente los méritos alegados, formulará propuesta de resolución del concurso. Para la mejor apreciación de los méritos, la Comisión de valoración podrá acordar la práctica de entrevistas personales con los solicitantes.

Sexta.-La Comisión de valoración elevará la correspondiente propuesta a la Comisión Permanente, la cual resolverá el concurso mediante acuerdo que será publicado en el «Boletín Oficial del Estado». Si se entendiera que los solicitantes no reúnen las condiciones de idoneidad o aptitud precisas, se podrá declarar el concurso desierto.

Séptima.-Los concursantes a los que se adjudiquen los puestos convocados quedarán en la situación prevista en el artículo 146.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, estarán sometidos al Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo y prestarán sus funciones durante el plazo a que se refiere el artículo 146.1 de la citada norma.

Los concursantes no nombrados dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.

Octava.-Contra el presente acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir de la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de enero de 1995.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

SALA SANCHEZ

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