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Documento BOE-A-1995-9054

Orden de 30 de marzo de 1995 por la que se convocan becas de introducción a la investigación, a desarrollar en los centros de investigación del Programa Sectorial de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 12 de abril de 1995, páginas 11068 a 11071 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1995-9054

TEXTO ORIGINAL

La Ley 41/1994, de 30 de diciembre, determina los Presupuestos Generales del Estado para 1995.

La Orden de 11 de diciembre de 1992 estableció los objetivos básicos, directrices y normativa generales del Programa Sectorial de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario (en adelante Programa Sectorial de I + D), del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para el cuatrienio 1992-1995. En ella se contempla la dotación de ayudas para la realización de acciones de formación de personal investigador y de estímulo para su incorporación al Programa Sectorial de I + D. La disposición final primera de la Orden faculta al Director general del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria para dictar las resoluciones necesarias para proceder a la convocatoria y publicación de las ayudas a que se hace referencia en sus artículos 3.º y 6.º

El procedimiento a seguir en la concesión de las ayudas será el establecido en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprobó el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas.

Por Resolución de 15 de febrero de 1993, de la Dirección General del INIA, se aprobó la normativa general del Plan de Formación de Personal Investigador correspondiente al Programa Sectorial de I + D del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Para dar cumplimiento a lo indicado en las citadas disposiciones, a propuesta de la Dirección General del INIA y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81.6 de la Ley General Presupuestaria, cuyo texto refundido se aprobó por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, se hace pública la presente convocatoria para la concesión de becas de introducción a la investigación, previstas en el artículo 3, apartado f), de la Orden de 11 de diciembre de 1992. En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Objeto.

Con el fin de propiciar un primer encuentro de los posibles interesados en desarrollar, en el futuro, actividades de investigación, con los centros del Programa Sectorial de I + D, se establece el presente régimen de becas.

Artículo 2. Financiación de las becas.

Se hará con cargo al subconcepto presupuestario 780.01 de los presupuestos generales del INIA y podrán ser cofinanciadas, en lo que se refiere a las regiones de objetivo 1, por el Fondo Social Europeo.

Artículo 3. Beneficiarios.

Podrán solicitar las becas reguladas en la presente Orden los españoles o ciudadanos de cualquier Estado miembro de la Unión Europea que reúnan los siguientes requisitos:

1. Estar matriculado, durante el curso 1994-1995, en el último o penúltimo curso de carrera de una Facultad Universitaria o Escuela Técnica Superior españolas.

Tener aprobadas todas las asignaturas de los cursos anteriores.

2. Asimismo, podrán solicitar las becas los titulados superiores que hayan obtenido la licenciatura durante el curso académico 1993-1994 y tengan una nota media global no inferior a seis sobre diez.

Artículo 4. Centros.

La actividad de los becarios se desarrollará en los centros de investigación que figuran indicados, para cada tema, en el anexo I de la presente Orden.

Una vez asignado centro, se les designará un tutor, que diseñará un plan de trabajo y efectuará el seguimiento de la actividad.

Los becarios deberán realizar doscientas cuarenta horas de asistencia en el período señalado para cada beca en la convocatoria.

Las becas no serán prorrogables, pero los beneficiarios podrán presentarse a una convocatoria posterior, siempre que cumplan las condiciones de la misma.

Artículo 5. Dotación de las becas.

La dotación económica de cada beca será de 300.000 pesetas íntegras, abonables de una sola vez. Será requisito previo al abono que el becario redacte un informe sobre la labor realizada, que deberá ser completado con informe del tutor, y remitido a la Subdirección General de Prospectiva y Relaciones Científicas del INIA.

Los beneficiarios de las becas estarán sometidos a la legislación vigente en cada momento en materia de incompatibilidades.

Asimismo, el becario deberá estar incluido en algún sistema de asistencia sanitaria y será beneficiario de una póliza de seguro de accidentes individual, que será abonada por el centro donde se desarrolle la actividad.

Artículo 6. Presentación de solicitudes.

Las solicitudes deberán ser formuladas en el modelo de instancia que se incluye como anexo II y deberán ser acompañadas de los siguientes documentos:

Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte.

Fotocopia del resguardo de matrícula del curso 1994-1995 (estudiantes).

Certificación académica (original o fotocopia compulsada) de los cursos realizados, en la que figuren las calificaciones obtenidas y las fechas de las mismas.

Serán dirigidas a la ilustrísima señora Directora general del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria y deberán tener entrada en el Registro General del INIA, o en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria.

Los interesados podrán solicitar hasta un máximo de dos becas. Cada solicitud, junto con su documentación completa, deberá presentarse por duplicado.

Los firmantes de solicitudes y documentación que, en algún punto, no cumplan lo exigido en la presente disposición, serán requeridos por la Subdirección General de Prospectiva y Relaciones Científicas del INIA, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para que, en el plazo de diez días, subsanen las faltas o presenten los documentos preceptivos. En caso contrario, tales solicitudes serán archivadas sin más trámite.

Artículo 7. Instrucción.

El órgano competente para la instrucción será la Subdirección General de Prospectiva y Relaciones Científicas del INIA, la cual solicitará de oficio cuantos informes estime necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución.

A estos efectos podrá constituir un grupo de trabajo, integrado por especialistas, que juzgará los méritos aportados por los solicitantes.

Artículo 8. Resolución.

1.º La Dirección General del INIA resolverá en el plazo máximo de quince días desde la elevación de la propuesta. La resolución será motivada.

2.º La resolución del procedimiento se notificará al interesado y contra la misma podrá interponerse recurso ordinario ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes.

Artículo 9. Plazo máximo de resolución del procedimiento.

El plazo máximo para resolver el procedimiento será de seis meses. Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá que la misma es desestimatoria.

Artículo 10. Publicación.

Según el artículo 59.5.b) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la resolución por la que se concedan las becas será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y notificada directamente a los solicitantes que hubieran sido seleccionados.

Artículo 11. Anulación de la concesión.

El incumplimiento de las obligaciones asumidas como consecuencia de la concesión de la beca podrá dar lugar a la modificación de la resolución de la concesión, al reintegro de las cantidades percibidas o a la incoación del correspondiente expediente sancionador, conforme lo previsto en los artículos 81 y 82 del Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprobó el texto refundido de la Ley General Presupuestaria.

Disposición adicional única.

En lo no regulado en la presente Orden, el procedimiento a seguir para la concesión de las becas se ajustará a lo dispuesto en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprobó el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas.

Disposición final única.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de marzo de 1995.

ATIENZA SERNA

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria.

ANEXO I

Número de tema / Tema / Centro receptor / Epoca de realización

1 / Virología de especies hortícolas de invernadero / CIDA-Almería (Andalucía) / Julio-noviembre.

2 / Utilización de favorecedores del desprendimiento de la aceituna para la recolección mecanizada / CIDA-Córdoba (Andalucía) / Julio-noviembre.

3 / Control de calidad en vendimia / E.E. «Rancho de la Merced», Jerez de la Frontera (Andalucía) / Agosto-octubre.

4 / Patología apícola / CIDA-Granada (Andalucía) / Julio-noviembre.

5 / Protección integrada en cultivos hortícolas bajo plástico / CIDA-Almería (Andalucía) / Julio-noviembre.

6 / Interrelaciones de los factores de calidad instrumental de la carne de bovino de las principales razas españolas / SIA-Zaragoza (Aragón) / Julio-noviembre.

7 / Integración de mercados / SIA-Zaragoza (Aragón) / Julio-noviembre.

8 / Conducta de pastoreo de rumiantes y efectos en cubierta vegetal de pastos de montaña / IEPA-Villaviciosa (Asturias) / Julio-septiembre.

9 / Prospección de variedades de manzano de sidra / IEPA-Villaviciosa (Asturias) / Julio-septiembre.

10 / Mejora del almendro en Baleares / Consejería de Agricultura y Pesca (Baleares) / Julio-noviembre.

11 / Efecto de la frecuencia de ordeño en la integridad del tejido glandular mamario en cabras tinerfeñas / CITA-La Laguna, Tenerife (Canarias) / Julio-septiembre.

12 / La micorrización en la producción de plantas de platanera: Control biológico de patógenos de suelo / CITA-La Laguna, Tenerife (Canarias) / Septiembre-noviembre.

13 / Pastos de montaña / CIC-Muriedas (Cantabria) / Julio-noviembre.

14 / Riego de alta frecuencia en remolacha / SIA-Valladolid (Castilla y León) / Julio-septiembre.

15 / Técnicas de cultivo de vid / SIA-Valladolid, Castilla y León / Agosto-octubre.

16 / Pastos y forrajes / SIA-Valladolid, Castilla y León / Julio-agosto.

17 / Epizootiología y control de parásitos gastro-intestinales en rumiantes. / SIA-Toledo (Castilla-La Mancha) / Septiembre-noviembre.

18 / Mejora de la eficiencia en riegos / CMA «El Chaparrillo», Ciudad Real (Castilla-La Mancha) / Julio-noviembre.

19 / Nogal (bacteriosis) / Centro de Mas Bove. Reus, Tarragona (Cataluña) / Julio-noviembre.

20 / Mecanismos de oxidación lipídica en productos cárnicos. Influencia de la calidad sensorial y en la seguridad / Centro Tecnología de la Carne, Monells, Girona (Cataluña) / Julio-noviembre.

21 / Agronomía en sistemas sostenibles de secano / UDL-IRTA, Lleida (Cataluña) / Julio-noviembre.

22 / Rotaciones de cultivos en regadío / UDL-IRTA, Lleida (Cataluña) / Julio-noviembre.

23 / Mejora calidad de trigo harinero / UDL-IRTA, Lleida, (Cataluña) / Julio-noviembre.

24 / Programa de demostración en explotaciones ganaderas / SIA-Finca «La Orden», Badajoz (Extremadura) / Septiembre-octubre.

25 / Mecanización del cultivo del pimiento / SIA-Finca «La Orden», Badajoz (Extremadura) / Agosto-noviembre.

26 / Resistencias genéticas a nemátodos y fusarium en tomate / SIA-Finca «La Orden», Badajoz (Extremadura) / Septiembre-octubre.

27 / Evaluación impactos política agraria sobre productores ovino / CIAM-Mabegondo (Galicia) / Septiembre-noviembre.

28 / Mejora genética en gramíneas pratenses del norte de España / CIAM-Mabegondo (Galicia) / Julio-septiembre.

29 / Efecto sistema manejo intensivo v. extensivo del rebaño en la producción de terneros rubios a diez meses edad / CIAM-Mabegondo (Galicia) / Septiembre-noviembre.

30 / Enología-análisis de vinos / CIA-Logroño (La Rioja) / Septiembre-noviembre.

31 / Horticultura-Malherbología / CIA-Logroño (La Rioja) / Julio-noviembre.

32 / Mejora de leguminosas / SGIA, Madrid / Julio-agosto.

33 / Biorrestauración de aguas y suelos tratados con lodos residuales / SGIA, Madrid / Septiembre-octubre.

34 / Técnicas de cultivo «in vitro» en vegetales / SGIA, Madrid / Septiembre-octubre.

35 / Viticultura: Uva para vinificación, calendario de vendimia, elaboraciones. / CIDA-Murcia / Agosto-septiembre.

36 / Obtención de plantas transgénicas de patata resistentes a insectos, hongos y nemátodos con genes de quitanasas y glucanasas / CIMA-Arkaute, Alava (País Vasco) / Julio-noviembre.

37 / Influencia de factores ambientales sobre el ciclo de vida de nemátodos fitoparásitos / CIMA-Arkaute, Alava (País Vasco) / Julio-noviembre.

38 / Selección de moleculares para caracteres cualitativos en pino / CIMA-Arkaute, Alava (País Vasco) / Julio-noviembre.

39 / Cribado de líneas de mejora de judía para hipersensibilidad al virus del mosaico necrótico / CIMA-Arkaute, Alava (País Vasco) / Julio-noviembre.

40 / Aplicaciones de la teledetección a la cartografía forestal / CIT. SGIT-INIA (Madrid) / Julio-noviembre.

41 / Análisis de antígenos de superficie celular por citometría de flujo / CISA. SGIT-INIA (Madrid) / Julio-noviembre.

42 / Aplicaciones del test de toxicidad sobre la línea celular RTG-2 / CISA. SGIT-INIA (Madrid) / Julio-noviembre.

43 / Empleo de bacterias lácticas en la degradación de péptidos amargos en queso / CIT. SGIT-INIA (Madrid) / Julio-noviembre.

44 / Tecnología de la cría de insectos de importancia agrícola en laboratorio: Tefrítidos, aleurodidos y sus parasitoides / CIT. SGIT-INIA (Madrid) / Julio-noviembre.

45 / Selectividad varietal a herbicidas / CIT. SGIT-INIA (Madrid) / Julio-noviembre.

46 / Iniciación en técnicas bioquímicas y moleculares de utilización en mejora de plantas / CIT. SGIT-INIA (Madrid) / Septiembre-octubre.

47 / Técnicas de cultivo hortícolas: Técnicas de estudio de la adaptación y tolerancia al estrés hídrico en plantas ornamentales / IVIA, Valencia / Julio-septiembre.

48 / Riesgos: Métodos sencillos de medida del caudal en el riego por gravedad. / IVIA (Valencia) / Julio-septiembre.

49 / Plagas: Bioecología de plagas de los cítricos / IVIA (Valencia) / Julio-septiembre.

50 / Biología molecular: Detección de marcadores moleculares en albaricoques / IVIA (Valencia) / Julio-septiembre.

ANEXO II

Solicitud de beca de introducción a la investigación

Apellidos Nombre Fecha de nacimiento D.N.I. con domicilio en Código postal Ciudad Teléfono y matriculado en la Facultad o Escuela de (Universidad de ) o con titulación académica obtenida durante 1993-1994 Solicita le sea concedida una beca de introducción a la investigación en el tema/centro/época del año número En , a de de 1995.

(Firma.)

Documentos que acompaña (márquese con una X):

i Focotopia del documento nacional de identidad o pasaporte.

i Fotocopia del resguardo de matrícula del curso 1994-1995 (estudiantes).

Certificación académica (original o fotocopia compulsada) de los cursos realizados, en la que figuren las calificaciones obtenidas y las fechas de las mismas.

Otros documentos:

Ilma. Sra. Directora general del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria. Madrid, calle José Abascal, número 56, 28003 Madrid.

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