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Documento BOE-A-1996-5442

Resolución de 19 de febrero de 1996 de la Subsecretaría por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración para la instalación de un Centro de Prensa con ocasión de la reunión informal de Jefes de Estado y de Gobierno de Estados miembros de la Unión Europea a celebrar los días 22 y 23 de septiembre en Pollensa (Mallorca), y su Addenda.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 7 de marzo de 1996, páginas 9284 a 9286 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1996-5442

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de la Presidencia y el Instituto Balear para la Promoción del Turismo, Convenio de colaboración para la instalación de un Centro de Prensa con ocasión de la reunión informal de Jefes de Estado y de Gobierno de Estados miembros de la Unión Europea, a celebrar los días 22 y 23 de septiembre en Pollensa (Mallorca), y su Addenda, y en cumplimiento de lo establecido en el punto noveno del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación de dicho Convenio y Addenda que figuran como Anexo I y Anexo II de esta Resolución.

Madrid, 19 de febrero de 1996.-El Subsecretario, Fernando Sequeira de Fuentes.

ANEXO I

Convenio de colaboración para la instalación de un Centro de Prensa con ocasión de la reunión informal de jefes de Estado y de Gobierno de Estados miembros de la Unión Europea a celebrar los días 22 y 23 de septiembre de 1995 en Pollensa (Mallorca).

De una parte don Alfredo Pérez Rubalcaba como Ministro de la Presidencia, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 1175/1993, de 13 de julio, en ejercicio de la delegación adoptada por el Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de julio de 1995.

Y de otra don Eduardo Gamero Mir, como Presidente del Instituto Balear de Promoción del Turismo, cargo para el que fue nombrado por Decreto 67/1989, de 22 de junio, modificado por Decreto 43/1992 de 8 de julio, por Decreto 66/1995, de 30 de junio, y por decisión de 30 de julio de 1995 del Conseller de Turismo del Govern de las Islas Baleares, en ejercicio de las facultades que se le atribuyen por los citados Decretos.

MANIFIESTAN

I. Que a España le corresponde la Presidencia de la Unión Europea durante el segundo semestre de 1995.

II. Que dentro de los actos y reuniones a desarrollar con motivo de la Presidencia Española de la Unión Europea, está previsto que se celebre, los días 22 y 23 de septiembre del presente año, en el Hotel «Formentor» de la ciudad de Pollensa (Mallorca), una reunión informal de Jefes de Estado y de Gobierno de Estados miembros de la Unión Europea.

III. Que dada la importancia de la reunión, así como el número y rango de los participantes en la misma, ambas Administraciones comparten la necesidad de asumir como de interés esencial para la seguridad del Estado el que la reunión pueda desarrollarse de la forma más satisfactoria posible, adoptando al efecto cuantas medidas de seguridad resulten necesarias.

IV. Que tomando en consideración que la reunión citada ha de celebrarse en su ámbito territorial, la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares considera del máximo interés colaborar en el buen desarrollo de la misma, así como en general en el desarrollo de la Presidencia Española de la Unión Europea.

V. Que la cobertura informativa de la reunión, exige el montaje e instalación de un Centro de Prensa donde se facilite a los profesionales de la información el ejercicio de sus funciones y dé amplia cobertura a las decisiones y resultados a que puedan llegarse en dicha reunión.

En su virtud, pactan las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.-El presente convenio tiene por objeto el montaje e instalación de un Centro de Prensa en la localidad de Alcudia (Mallorca), con objeto de facilitar el adecuado seguimiento informativo a la reunión informal de Jefes de Estado y de Gobierno de Estados miembros de la Unión Europea que se celebrará los días 22 y 23 de septiembre de 1995 en la ciudad de Pollensa (Mallorca).

Segunda.-La vigencia del presente convenio se extenderá desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 1995. No obstante, podrá ser objeto de prórroga por mutuo acuerdo antes de su finalización.

Tercera.-La Administración del Estado asume, como obligación derivada del presente convenio, la carga de financiar parcialmente el montaje e instalación del Centro de Prensa mediante una aportación máxima de 98.000.000 de pesetas. Dicha aportación se realizará con cargo a la Sección 25 de los Presupuestos Generales del Estado para 1995.

La aportación de la Administración del Estado tiene carácter subsidiario respecto de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, debiendo ejecutarse sólo cuando se haya agotado la carga financiera máxima asumida por la Comunidad Autónoma conforme a lo previsto en la estipulación 4.ª del presente Convenio.

La aportación de la Administración del Estado se hará efectiva a la Comunidad Autónoma contra certificaciones expedidas por el órgano competente de ésta del valor de la liquidación presentada por la empresa o empresas contratistas y de que la misma corresponde al exceso sobre la parte de financiación asumida por la Comunidad Autónoma, previa conformidad prestada por el Presidente Ejecutivo del Comité Organizador de la Presidencia Española del Consejo de la Unión Europea.

Cuarta.-La Comunidad Autónoma de las Islas Baleares asume, como obligaciones derivadas del presente convenio, la carga de financiar parcialmente el Centro de Prensa mediante la aportación máxima de 150.000.000 de pesetas, así como la de ejecutar el presente convenio, contratando al efecto a la empresa o empresas que deban llevar a cabo el montaje e instalación del Centro de Prensa.

La aportación financiera de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares tiene carácter prioritario respecto de la Administración del Estado en la medida en que deberá agotarse su importe máximo antes de imputar los pagos a la aportación financiera comprometida por la Administración del Estado.

Quinta.-Los contratos que celebre la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para dar ejecución al presente convenio de colaboración deberán ir acompañados de las correspondientes medidas de salvaguarda y procedimientos de control que garanticen en todo momento la seguridad de los participantes en la reunión, incluyendo al efecto, si fuere necesario, la tramitación de los correspondientes expedientes de contratación por el procedimiento negociado sin publicidad, conforme a las previsiones contenidas en la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas.

Sexta.-El presente convenio de colaboración, suscrito al amparo del artículo 3,1,d) de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y del artículo 6 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, tiene naturaleza administrativa, y de las divergencias que puedan surgir en su desarrollo y ejecución corresponderá conocer a la jurisdicción contencioso administrativa.

En prueba de conformidad se suscribe el presente convenio a 9 de agosto de 1995 en dos ejemplares.-El Ministro de la Presidencia, Alfredo Pérez Rubalcaba.-El Presidente del Instituto Balear de Promoción del Turismo, Eduardo Gamero Mir.

ANEXO II

Addenda al convenio de colaboración para la instalación de un Centro de Prensa con ocasión de la reunión informal de Jefes de Estado y de Gobierno de Estados miembros de la Unión Europea a celebrar los días 22 y 23 de septiembre de 1995 en Pollensa (Mallorca).

De una parte, don Alfredo Pérez Rubalcaba, como Ministro de la Presidencia, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 1175/1993, de 13 de julio, en ejercicio de la delegación adoptada por el Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de julio de 1995.

Y de otra, don Eduardo Gamero Mir, como Presidente del Instituto Balear de Promoción del Turismo, cargo para el que fue nombrado por Decreto 67/1989, de 22 de junio, modificado por Decreto 43/1992, de 8 de julio, por Decreto 66/1995, de 30 de junio y por decisión de 30 de julio de 1995 del Conseller de Turismo del Govern de las Islas Baleares, en ejercicio de las facultades que se le atribuyen por los citados Decretos.

MANIFIESTAN

Que con fecha 9 de agosto se firmó entre la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, un convenio de colaboración para la instalación de un Centro de Prensa con ocasión de la Reunión Informal de Jefes de Estado y de Gobierno de Estados miembros de la Unión Europea a celebrar los días 22 y 23 de septiembre de 1995 en Pollensa (Mallorca).

Que en virtud de dicho convenio la Administración del Estado asumió la obligación de financiar parcialmente el montaje e instalación del Centro de Prensa con la cantidad máxima de 98.000.000 de pesetas, en los términos previstos en el mismo.

Que en virtud de dicho convenio la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares asumió la obligación de financiar parcialmente el montaje e instalación del Centro de Prensa con la cantidad máxima de 150.000.000 de pesetas, en los términos previstos en el mismo.

Que debido a un incremento en el número de periodistas acreditados respecto a las previsiones iniciales y a un aumento en la demanda de cabinas de edición y radio por parte de los medios de comunicación, el coste final del montaje e instalación del Centro de Prensa ha sido superior al que inicialmente se preveía en la cantidad de 75.672.704 pesetas que corresponde a los conceptos que se especifican en el anexo.

En su virtud, ambas partes pactan la siguiente

ESTIPULACION

El exceso sobre el coste máximo inicialmente previsto en el Convenio de Colaboración para la instalación de un Centro de Prensa con ocasión de la Reunión Informal de Jefes de Estado y de Gobierno de Estados miembros de la Unión Europea celebrada los días 22 y 23 de septiembre de 1995 en Pollensa (Mallorca), que asciende a la cantidad de 75.672.704 pesetas, correspondiente a los conceptos que se detallan en el anexo, será sufragado por las dos partes con arreglo a la siguiente distribución:

46.729.245 pesetas serán de cargo de la Administración del Estado.

28.943.459 pesetas serán de cargo de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

En prueba de conformidad, se suscribe la presente Addenda en Madrid, a 20 de diciembre de 1995 en tres ejemplares.-El Ministro de la Presidencia, Alfredo Pérez Rubalcaba.-El Presidente del Instituto Balear de Promoción del Turismo, Eduardo Gamero Mir.

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