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Documento BOE-A-1997-10633

Resolución de 15 de abril de 1997, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se prorroga la homologación de la Escuela de Formación Profesional Náutico-Pesquera de Palma de Mallorca, perteneciente al Instituto Social de la Marina, para impartir cursos de especialidad marítima.

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 16 de mayo de 1997, páginas 15373 a 15373 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1997-10633

TEXTO ORIGINAL

Recibida en el Ministerio de Fomento la documentación presentada por el ilustrísimo señor don Fernando Álvarez-Blázquez y Fernández, en solicitud de prórroga de homologación de la Escuela de Formación Profesional Náutico-Pesquera de Palma de Mallorca, perteneciente al Instituto Social de la Marina, para impartir cursos de especialidad.

Vista la Orden de 16 de octubre de 1990 («Boletín Oficial del Estado» número 278), por la que se establecen los cursos de especialidad marítima,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Prorrogar la homologación de la Escuela de Formación Profesional Náutico-Pesquera de Palma de Mallorca para impartir cursos de especialidad marítima:

Cursos de especialidad de Observador Radar de Punteo Automático (ARPA).

Segundo.-Esta prórroga de homologación tendrá validez por dos años a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», pudiendo prorrogarse por períodos iguales, siempre que se solicite por el interesado antes de la fecha de su expiración.

Tercero.-Quince días antes de la celebración de cada curso, la Escuela Náutico-Pesquera solicitará la autorización de la Dirección General de la Marina Mercante, Subdirección General de Inspección Marítima, acompañando a esta solicitud de autorización y currículum profesional de los Profesores que impartan los cursillos, así como fechas, lugares y horarios de los mismos.

Cuarto.-El personal marítimo que haya finalizado con aprovechamiento los cursillos impartidos por la Escuela Náutico-Pesquera, siempre que los planes de estudios y las prácticas se acomoden a los contenidos en la Orden que regula estos cursos, podrán canjear el certificado extendido por el centro por el que expide la Dirección General de la Marina Mercante (Subdirección General de Inspección Marítima).

Quinto.-Al objeto de comprobar que el desarrollo de los cursos se lleva a cabo con los planes aprobados por la Subdirección General de Inspección Marítima, ésta efectuará inspecciones periódicas.

Madrid, 15 de abril de 1997.-El Director general, Fernando Casas Blanco.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Inspección Marítima.

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