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Documento BOE-A-1997-24827

Resolución de 30 de octubre de 1997, de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, por la que se dispone la publicación de un Acuerdo de prórroga y modificación del Convenio de colaboracion, suscrito el 12 de enero de 1993, entre el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, hoy Ministerio de Fomento, y la Consejería de Política Territorial, hoy Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, de la Comunidad Autónoma de Madrid para la rehabilitación de viviendas afectadas por aluminosis.

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 20 de noviembre de 1997, páginas 34097 a 34098 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1997-24827

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, hoy Ministerio de Fomento, y la Consejería de Política Territorial, hoy Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad Autónoma de Madrid, el día 28 de octubre de 1997, un Acuerdo de prórroga y modificación del Convenio de colaboración, suscrito el 12 de enero de 1993, para la rehabilitación de viviendas afectadas por aluminosis, y en cumplimiento de lo establecido en el punto noveno del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 16), procede la publicación de dicha Addenda al Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 30 de octubre de 1997.-El Director general, Fernando Nasarre y de Goicoechea.

ACUERDO DE PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO EL 12 DE ENERO DE 1993 ENTRE EL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, HOY MINISTERIO DE FOMENTO, Y LA CONSEJERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, HOY CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTES, DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID PARA LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS AFECTADAS POR ALUMINOSIS

En Madrid, a 28 de octubre de 1997.

REUNIDOS

De una parte:

El excelentísimo señor don Rafael Arias-Salgado Montalvo, Ministro de Fomento, que actúa en nombre y representación del Gobierno de la Nación, en uso de la delegación conferida por el Acuerdo de Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995, y previa autorización otorgada por la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, en fecha 28 de agosto de 1997.

De otra:

El excelentísimo señor don Luis Eduardo Cortés Muñoz, Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, en representación de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad de Madrid, facultado para este acto en virtud del artículo 41 de la Ley 1/1993, de 13 de diciembre.

Las partes se reconocen mutuamente en la calidad en que cada una interviene, con capacidad legal necesaria para el otorgamiento de este Convenio y al efecto,

EXPONEN

1. Que el Ministerio de Fomento actúa en base a la competencia exclusiva que el artículo 149.1.11.a y 1.13.a de la Constitución española atribuye al Estado en materia de ordenación de crédito, y bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.

2. La Comunidad de Madrid tiene competencia en materia de Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda, de conformidad con lo previsto en el artículo 26.3 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero.

3. Que la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes es el organismo que ejerce la competencia en materia de política de vivienda, a través de la Dirección General de la Arquitectura y Vivienda, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 270/1995, de 19 de octubre.

4. En desarrollo del Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de julio de 1991, por el que se autorizaba al Departamento a constituir un fondo para actuaciones de rehabilitación de viviendas afectadas por aluminosis, con fecha 12 de enero de 1993 se suscribió Convenio de colaboración entre el entonces Ministerio de Obras Públicas y Transportes y la Consejería de Política Territorial de la Comunidad Autónoma de Madrid, con el objeto de regular la colaboración y las ayudas entre ambas Administraciones, en orden a la realización de un plan de actuaciones sobre las viviendas ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma, afectadas por determinados procesos de deterioro estructural.

5. La complejidad que conlleva las actuaciones rehabilitadoras, justifica la petición de la Comunidad Autónoma de prorrogar el programa temporal de actuaciones hasta el 31 de diciembre de 1997 y ajustarlo al período de vigencia previsto con carácter general en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de abril de 1996.

En su virtud, ambas partes acuerdan introducir mediante este Convenio las siguientes modificaciones:

Primera.-1.1. La Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo del Ministerio de Fomento aportará, como subvención a fondo perdido durante 1997, la cantidad de 400.000.000 de pesetas.

La aportación del Ministerio se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 17.09.431A.759.07 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado.

1.2. La Comunidad de Madrid aportará con cargo a sus presupuestos, como subvención a fondo perdido durante 1997, la cantidad de 400.000.000 de pesetas.

Segunda.-Ambas partes para dar continuidad a las obligaciones asumidas, establecen a estos efectos una nueva previsión temporal que finalizará el 31 de diciembre de 1997.

Tercera.-Las restantes cláusulas del Convenio de 12 de enero de 1993, que no han sido objeto de modificación en el presente documento permanecerán vigentes.

En prueba de conformidad con cuanto antecede, se firma el presente Convenio en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento.

El Ministro de Fomento, Rafael Arias-Salgado Montalvo.-El Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, Luis Eduardo Cortés Muñoz.

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