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Documento BOE-A-1997-26485

Resolución de 12 de noviembre de 1997, del Departamento de Cultura, por la que se da publicidad al acuerdo del Gobierno de la Generalidad de 31 de octubre de 1997, de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, a favor de la casa Salvador Dalí de Portlligat, en Cadaqués, y de delimitación de su entorno de protección.

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 10 de diciembre de 1997, páginas 36233 a 36236 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1997-26485

TEXTO ORIGINAL

Considerando que en fecha 31 de octubre de 1997 el Gobierno de la Generalidad de Cataluña declaró bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, a favor de la casa Salvador Dalí de Portlligat, en Cadaqués, y delimitó su entorno de protección;

De acuerdo con lo que establece el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, resuelvo que se publique íntegramente en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» el acuerdo del Gobierno de 31 de octubre de 1997, de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, a favor de la casa Salvador Dalí de Portlligat, en Cadaqués, y de delimitación de su entorno de protección.

Barcelona, 12 de noviembre de 1997.-El Consejero, Joan M. Pujals i Vallvè.

Acuerdo de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, a favor de la casa Salvador Dalí de Portlligat, Cadaqués, y de delimitación de su entorno de protección

Por Resolución de 15 de diciembre de 1995 («Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 5 de enero de 1996), el Departamento de Cultura incoó expediente para la declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, de la Casa Salvador Dalí de Portlligat, en Cadaqués, y de delimitación de su entorno de protección.

Por Resolución de 12 de mayo de 1997 («Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» del 26) se modificó la Resolución anterior en el sentido de ampliar el entorno de protección de la Casa Salvador Dalí.

Considerando que se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente, de acuerdo con lo que establecen los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán;

Vistos los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán y del Instituto de Estudios Catalanes;

Vistas las alegaciones presentadas durante la tramitación del expediente, a propuesta del Consejero de Cultura, el Gobierno acuerda:

Primero.-Declarar bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, la Casa Salvador Dalí de Portlligat, en Cadaqués, según la descripción y ubicación que figuran en el anexo 1 de este acuerdo.

Segundo.-Delimitar un entorno de protección cuya justificación consta en el anexo 2 de este acuerdo y está grafiado en el plano que se publica junto con este acuerdo.

ANEXO 1

Descripción y ubicación

El casco de Portlligat, antiguo refugio de pescadores, al fondo de la bahía de su nombre, está presidido por la Casa de Salvador Dalí, construida sobre unas antiguas barracas -finales del siglo XIX- rodeada de olivos, de bella arquitectura popular y ornamentada con motivos característicos de la obra del pintor. Esta casa fue la residencia de Salvador Dalí durante gran parte de su vida y en ella realizó una parte muy importante de su obra pictórica.

Se trata de un edificio formado por una sucesión de casas juntadas y agrupadas entorno a un solo uso. Fruto de numerosas ampliaciones en años sucesivos, la casa tiene además un jardín cerrado realizado en dos fases; una primera más pequeña, cerrada y enlosada con pizarra, y una segunda más grande, que acoge diversos elementos como una piscina, una cubierta de estilo arabizante y numerosos objetos que enriquecen este recinto.

Aparte de la edificación rodeada por las casas y las vallas de los dos jardines, la propiedad tiene otros elementos paisajísticos importantes como son la terraza que mira a levante delante de la cala de Portlligat; el recorrido lineal o promenade en dirección a la playa d'En Sisi y el Molí de Portlligat que finaliza en un mirador; el palomar que originariamente tenía en sus cuatro caras una serie de horcas fijadas al muro, y toda una serie de bancales de piedra seca que antiguamente acogían el cultivo de las viñas.

ANEXO 2

Justificación del entorno de protección

La delimitación del entorno de protección de la Casa Salvador Dalí de Portlligat tiene como finalidad controlar la relación entre este monumento, las construcciones vecinas y los espacios paisajísticos que le dan soporte, cuya alteración puede afectar a los valores culturales y paisajísticos de este lugar. También tiene como finalidad permitir la visualización de este monumento desde los espacios colindantes con la casa.

Al norte, y como espacios colindantes, se ha considerado conveniente incluir las fincas vecinas correspondientes a antiguas construcciones de pescadores, el hotel «Portlligat» y el aparthotel «Calina», el sector del lecho de la riera y el lado que mira a suroeste de la ladera de la montaña que conforma la Punta d'en Noves, lugares desde los que se tiene la visualización más usual de la Casa Salvador Dalí y que a su vez conforman el telón de fondo que se ve desde el jardín de la casa.

Asimismo, se han incluido los espacios verdes que rodean la Casa Salvador Dalí y que tienen la calificación de «zona verde privada vinculada a la edificación», según consta en el plano H-2 de la revisión del Plan general de ordenación urbana de Cadaqués, y que al mismo tiempo conforma su telón de fondo en cotas superiores.

Al sureste se ha incluido un sector de suelo no urbanizable y de zona verde conformado por una zona de roquero y vegetación que dan directamente al mar y que garantizan la visualización desde el sur y el este. Esta zona está configurada por la Costa del Molí, la Platja des Calders y el lado occidental de la Punta des Vailet. Estos son lugares geográficos que constituyen una invariable temática habitual en la obra pictórica de Salvador Dalí.

Los límites responden, por lo tanto, a las caracterísitcas topográficas y urbanísticas del terreno, a los caminos y accesos existentes, a la proximidad de la Casa Salvador Dalí y a la situación del mar, playa, costa y accidentes geográficos marítimos. Estos límites se ajustan a las condiciones de este lugar y permiten controlar la visualización en unos términos suficientes en cuanto a la extensión, control paisajístico y correcta percepción de la Casa Salvador Dalí.

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