Visto el expediente promovido de oficio, de revisión de la autorización del centro docente privado de Educación Especial, denominado «Los Álamos», sito en calle Serrano, número 194, de Madrid,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Conceder autorización definitiva de funcionamiento al Centro privado de Educación Especial, cuyos datos se detallan a continuación:
Denominación: «Los Álamos». Provincia: Madrid. Municipio: Madrid. Localidad: Madrid. Domicilio: Calle Serrano, número 194. Persona o entidad titular: «CIOS, Sociedad Anónima». Capacidad: 10 unidades de Educación Especial Básica.
El Centro deberá cumplir lo dispuesto en la Orden de 18 de septiembre de 1990 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de octubre) por la que se establecen las proporciones profesionales/alumnos en la atención educativa de los alumnos con necesidades especiales.
Segundo.-El Centro deberá cumplir la Norma Básica de la Edificación NBE CPI/96, de Condiciones de Protección Contra Incendios en los Edificios, aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.
Tercero.-Contra esta Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956 y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 17 de enero de 1997.-P. D. (Órdenes 1 de marzo y de 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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