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Documento BOE-A-1997-5854

Resolución de 26 de febrero de 1997, de la Subsecretaría, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes la denominada «Fundación Instituto Iberoamericano de Administración Pública», de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 18 de marzo de 1997, páginas 8734 a 8735 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-5854

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes de la denominada «Fundación Instituto Iberoamericano de Administración Pública», instituida y domiciliada en Madrid, calle José Marañón, 12.

Antecedentes de hecho

Primero.-La Fundación fue constituida por el Instituto Nacional de Administración Pública y la Agencia Española de Cooperación Internacional en escritura otorgada en Madrid el día 18 de diciembre de 1996.

Segundo.-Tendrá por objeto la cooperación técnica con Iberoamérica en el ámbito de la Administración Pública, con especial referencia a la formación de los directivos públicos superiores, a la investigación aplicada y a la consultoría y asistencia técnica para el desarrollo de las Administraciones Públicas iberoamericanas.

Tercero.-La dotación inicial de la Fundación, según consta en la escritura de constitución, asciende a 25.000.000 de pesetas.

Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la Fundación se confía a un Patronato. Las normas sobre la composición, nombramiento y renovación del Patronato constan en los Estatutos, desempeñando los patronos sus cargos con carácter gratuito.

Quinto.-El primer Patronato se encuentra constituido por don Enrique Álvarez Conde, como Presidente; don Fernando María Villalonga Campos, como Vicepresidente; don Luis Espinosa Fernández, don Luis Herrero Juan y don Jesús Manuel Gracia Aldaz, como Vocales; habiendo aceptado todos ellos sus respectivos cargos.

Sexto.-Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación se recoge en los Estatutos por los que se rige, sometiéndose expresamente en los mismos a la obligación de rendición de cuentas al Protectorado.

Vistos la Constitución vigente; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 25), de Fundaciones e Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General; el Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal; el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas de 21 de julio de 1972 («Boletín Oficial del Estado» de 30 de octubre), y demás disposiciones de general y pertinente aplicación.

Fundamentos de Derecho

Primero.-El artículo 34 de la Constitución reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

Segundo.-Es competencia de la Subsecretaría del Departamento la resolución de este expediente, a tenor de lo establecido en el artículo 13.2.h) del Real Decreto 1887/1996, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 6).

Tercero.-El artículo 36.2 de la Ley de Fundaciones establece que la inscripción de las fundaciones requerirá el informe favorable del órgano al que corresponda el ejercicio del Protectorado, en cuanto a la persecución de fines de interés general y a la determinación de la suficiencia de la dotación, considerándose competente a tal efecto la Secretaría General del Protectorado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 107.10 del Reglamento de 1972.

Cuarto.-Examinados los fines de la fundación y el importe de la dotación, la Secretaría General del Protectorado estima que aquéllos son de formación, investigación e interés general y que la dotación es inicialmente adecuada y suficiente para el cumplimiento de los fines; por lo que, acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 36 de la Ley y demás formalidades legales, procede acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones como de ámbito nacional.

Esta Subsecretaría, vista la propuesta formulada por el Servicio de Fundaciones y de conformidad con el informe del Servicio Jurídico del Departamento, ha resuelto:

Inscribir en el Registro de Fundaciones Docentes a la denominada «Fundación Instituto Iberoamericano de Administración Pública», de ámbito nacional, con domicilio en Madrid, calle José Marañón, número 12, así como el Patronato, cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Madrid, 26 de febrero de 1997.-El Subsecretario, Ignacio González González.

Sr. Secretario general del Protectorado de Fundaciones Docentes.

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