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Documento BOE-A-1999-15001

Resolución de 3 de junio de 1999, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se homologan cursos de especialidad Marítima a «Ensino Profesional Galego, Sociedad Limitada» (ENPROGA).

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 7 de julio de 1999, páginas 25868 a 25868 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1999-15001

TEXTO ORIGINAL

Examinada la documentación presentada por doña María Dolores

Santos Millet, Consejera delegada del centro de formación solicitante, de

solicitud de homologación de cursos de especialidad Marítima y el informe

favorable de la Capitanía Marítima en Ribeira y de conformidad con lo

dispuesto en la Orden de 16 de octubre de 1990,

Esta Dirección General resuelve:

Primero.-Homologar al centro de formación solicitante los cursos de

Gas Inerte y Lavado con crudo.

Segundo.-Quince días antes de la celebración de cada curso remitirá

a la Subdirección General de Inspección Marítima relación nominal del

profesorado, acompañada del currículum profesional de cada uno de ellos,

así como memoria desarrollada del programa y medios materiales a utilizar

durante el curso, a efectos de la oportuna inspección por parte de los

servicios de esta Dirección General.

Tercero.-En el plazo de quince días de la finalización del curso, el

centro de formación remitirá a la Subdirección General de Inspección

Marítima las actas del curso y las pruebas realizadas.

Cuarto.-Al personal de la Marina Mercante que haya finalizado con

aprovechamiento el curso impartido se le expedirá por la Dirección General

de la Marina Mercante el oportuno certificado oficial a la vista de las

actas emitidas por el centro de formación o certificación de dicho centro,

en la que conste que han superado las pruebas establecidas.

Quinto.-Esta homologación tendrá una duración de dos años desde

la fecha de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", pudiéndose

prorrogar a la vista de la memoria, planes de estudios, prácticas y demás

documentación que presente el centro de formación, sobre los cursos

realizados en base a esta homologación.

Sexto.-Al objeto de comprobar que el desarrollo de los cursos se adecúa

a los niveles de calidad y profesionalidad necesarios, la Subdirección

General de Inspección Marítima efectuará inspecciones periódicas de los mismos.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 3 de junio de 1999.-El Director general, Fernando Casas Blanco.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Inspección Marítima.

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