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Documento BOE-A-1999-4486

Resolución de 2 de febrero de 1999, de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión Universitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 23 de febrero de 1999, páginas 7529 a 7535 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1999-4486

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 2536/1985,

de 27 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" de 22 de enero

de 1986), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad

Politécnica de Madrid, y se dispone la publicación completa de

los mismos, y con el fin de atender a las necesidades del personal

de Administración y Servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 3.2.e) de la Ley Orgánica 11/1983, de 25

de agosto, de Reforma Universitaria ("Boletín Oficial del Estado"

de 1 de septiembre), así como de los Estatutos de esta Universidad,

acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala

de Gestión Universitaria de la Universidad Politécnica de Madrid,

con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cuatro plazas

pertenencientes a la Escala de Gestión Universitaria de esta

Universidad, grupo B, por el sistema de acceso libre.

Las plazas sin cubrir del cupo de reserva de discapacitados

se incorporarán a las del sistema general de acceso libre.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28

de julio; la Ley de la Comunidad de Madrid 1/1986, de 10 de

abril ("Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" del 24); el Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General

de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General

del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración

General del Estado; los Estatutos de la Universidad Politécnica de

Madrid, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El procedimiento de selección será el de oposición, con

los ejercicios y valoraciones que se especifican en el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo, se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso, a petición

de los interesados de entre los puestos ofertados.

1.6 El primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir

de la primera quincena del mes de marzo de 1999.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español u ostentar la condición de nacional de un

Estado miembro de la Unión Europea.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber

alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.

2.1.3 Estar en posesión del título de Diplomado Universitario,

Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de

tercer grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la

fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. Se

considera equivalente al título de Diplomado Universitario, el

haber superado tres cursos completos de una misma licenciatura,

ingeniería o arquitectura, de conformidad con lo establecido en

la disposición transitoria quinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada

gratuitamente en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad

de Madrid (plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 3),

en la Dirección General de la Función Pública (calle María de

Molina, 50, Madrid), en el Centro de Información Administrativa

de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública

(calle María de Molina, 50, Madrid), y en los Rectorados de todas

las Universidades públicas del Estado, así como en el Registro

General de la Universidad Politécnica de Madrid (Rectorado,

avenida Ramiro de Maeztu, 7, Madrid), o a través de la dirección

de Internet http://www.upm.es.

A la instancia se acompañarán dos fotocopias legibles del

documento nacional de identidad o documentación acreditativa

correspondiente (2.1.1).

3.2 Las solicitudes (ejemplar número 1 "Ejemplar para el

órgano convocante" del modelo de solicitud) se presentarán en el

Registro General del Rectorado de la Universidad, avenida Ramiro de

Maeztu, número 7, o en los lugares establecidos en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir

del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado" y se dirigirán al excelentísimo señor Rector

magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero

podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior,

a través de las representaciones diplomáticas o consulares

españolas corrspondientes, quienes las remitirán seguidamente al

organismo correspondiente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario

original de haber satisfecho los derechos de examen.

Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas en los

lugares señalados en esta base se considerarán entregadas en la fecha

en que tengan entrada en el Regitro General de la Universidad

Politécnica de Madrid.

3.3 Los aspirantes deberán observar las siguientes

instrucciones en la cumplimentación de la solicitud:

En el espacio destinado a "Cuerpo o Escala", los aspirantes

harán constar "Gestión Universitaria" y en el destino para "forma

de acceso" se consignará letra "P", acceso libre.

3.4 En el recuadro relativo a "Datos a consignar según las

bases de la convocatoria", apartado A), deberá consignarse el

idioma, francés y/o inglés, que los aspirantes eligen para el cuarto

ejercicio, optativo y de mérito.

3.5 Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas y se

ingresarán en la cuenta número 0085-0621-18-0000012155 de

la entidad Banco de Santander, sucursal 621, calle Cea Bermúdez,

número 25, bajo el nombre "Universidad Politécnica de Madrid,

pruebas selectivas", indicando "Escala de Gestión Universitaria".

En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria

a través de la cual se realiza la transferencia a la cuenta indicada,

acreditativo del pago de los derechos y cuya falta determinará

la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago

en la mencionada entidad supondrá sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud, ante el órgano

expresado en la base 3.2.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar

su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo

establecido en la base 3.2 para la presentación de solicitudes.

Transcurrido este plazo, no se admitirá ninguna petición de esta

naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y

discrecionalmente apreciada por el Rector.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector

de la Universidad Politécnica de Madrid dictará Resolución en

el plazo máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial

del Estado" y en la que además de declarar aprobada la lista de

admitidos y excluidos se indicará el lugar y la fecha de comienzo

del primer ejercicio, la relación de los aspirantes excluidos,

aclarando las causas de exclusión, así como los centros donde estarán

expuestas las listas certificadas completas de admitidos y

excluidos. En la lista deberán constar, en todo caso, los apellidos,

nombre y número del documento nacional de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo

improrrogable de diez días, contados a partir del siguiente al de

la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto

que haya motivado la exclusión o su omisión de las relaciones

de admitidos.

Contra la exclusión sólo podrá interponerse recurso ante la

Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de

Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de

la revisión de oficio, de acuerdo con los artículos 8.1.a) y 10.1.j)

de la Ley 29/1998, de 13 de julio ("Boletín Oficial del Estado"

del 14).

4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,

a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la

realización de las pruebas selectivas, mediante transferencia

bancaria a la cuenta corriente que designen y que debe indicarse

por el aspirante en su solicitud.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

en el anexo III de esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran

en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28.2 de la

Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen

realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas

en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del

Estado", resolución por la que se nombran a los nuevos miembros

del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su

condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2 o

por otras causas.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal, con asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad,

al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión,

el Tribunal acordará las decisiones pertinentes, en orden al

correcto desarrollo de las pruebas selectivas. Asimismo, el Tribunal

podrá señalar los criterios de valoración de la fase de oposición,

que deberán ser publicados en los lugares indicados en la base 6.4

de esta convocatoria.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia del Presidente y Secretario titular

o suplente o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la mitad,

al menos, de sus miembros.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las

dudas que pudieran surgir en la aplicación de esta norma, así

como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, y en el Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General

de Ingreso, Provisión de Puestos y Promoción Profesional.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas, así como

de otro personal colaborador para tareas internas de organización

y vigilancia. La designación de tales asesores deberá comunicarse

al Rectorado de la Universidad Politécnica.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de la oposición,

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia, de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes previa

aprobación por la Secretaría de Estado parar la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad Politécnica

de Madrid (avenida Ramiro de Maeztu, número 7, 28040 Madrid,

teléfono 91 336 60 00).

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría segunda de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

5.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno

derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra J, de conformidad con lo

establecido en la Resolución de la Dirección General de la Función

Pública, de 15 de junio de 1998 ("Boletín Oficial de la Comunidad

de Madrid" del día 19), por la que se publica el resultado del

sorteo para la determinación del orden de actuación de los

aspirantes en todos los procesos selectivos de acceso que se convocan

en ejecución de la oferta de empleo público de la Comunidad

de Madrid para 1998.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su

personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de

cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la

oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor,

debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

6.4 Concluido el primer ejercicio, los aspirantes podrán

llevarse los cuestionarios del examen y el Tribunal procederá a

publicar en los locales donde se haya celebrado el ejercicio, así como

en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10, los referidos

cuestionarios y la plantilla de respuestas, en su caso, en un plazo

máximo de cuarenta y ocho horas a contar desde la fecha de

realización del mismo.

6.5 La publicación de celebración del segundo y restantes

ejercicios se efectuará por el Tribunal en los locales donde se

haya celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal

señalada en la base 5.10 y por cualesquiera otros medios si se juzga

conveniente para facilitar su máxima divulgación con veinticuatro

horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación

del mismo. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será

publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada

sede del Tribunal, y por cualquier otro medio, si se juzga

conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.

6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

Rector de la Universidad, comunicándole, asimismo, las

inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud

de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7. Listas de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará

público, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así

como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos

otros que estime oportuno, la relación de aspirantes y aprobados,

por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su

documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista

de aprobados al Rector de la Universidad, especificando,

igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente a aquel en que se hicieran públicas las listas de

aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los opositores

aprobados deberán presentar en el Servicio de Personal de

Administración y Servicios de la Universidad Politécnica de Madrid los

siguientes documentos:

A) Fotocopia compulsada o testimonio notarial del título

exigido en la base 2.1.3 de la presente convocatoria, o, en su defecto,

certificación académica que acredite haber realizado todos los

estudios para la obtención del título o certificación de haber

superado tres cursos completos de una misma licenciatura

universitaria, ingeniería o arquitectura.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta

convocatoria.

C) Certificado médico oficialmente exigible para el acceso a

la función pública, de no padecer enfermedad ni estar afectado

por limitación física o psíquica que sea incompatible con el

desempeño de las correspondientes funciones.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado y, salvo los casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación o del examen se dedujera

que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1

no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus

actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran

incurrido por falsedad en la solicitud de participación en las

pruebas.

8.3 La petición de destinos por parte de los aspirantes

aprobados deberá realizarse por orden de puntuación ante el Rectorado

de la Universidad, previa oferta de los mismos, de acuerdo con

lo establecido en el punto 1.5 de esta convocatoria.

8.4 Por la autoridad convocante y a propuesta del Tribunal

calificador se procederá al nombramiento de funcionarios de la

Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Politécnica de

Madrid, mediante Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial

del Estado", con indicación del destino adjudicado.

La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de

fotocopia del documento nacional de identidad de los aspirantes

aprobados y del ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas

selectivas enviado a la Universidad convocante.

8.5 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo máximo de un mes, contado desde la fecha

de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del

Estado".

9. Bolsa de trabajo

9.1 A efectos de la selección de funcionarios interinos de la

Escala de Gestión Universitaria, se formará lista de espera con

los aspirantes que, habiendo aprobado alguno de los ejercicios

de la oposición no superen el proceso selectivo quedando

ordenados según la puntuación obtenida en los ejercicios superados.

En caso de igualdad de puntuación se estará a la prelación

dispuesta en la base 2.4 del anexo I.

9.2 La solicitud para formar parte de la mencionada lista de

espera figura como anexo V y deberá ser cumplimentada en su

totalidad por los aspirantes que deseen formar parte de la misma

y presentada con la solicitud de participación en las presentes

pruebas selectivas. De no quedar acreditada su voluntad, decaerá

el derecho a integrar la citada lista.

10. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser

impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 29/1998,

de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción

contencioso-administrativa ("Boletín Oficial del Estado" del 14).

A tal efecto, contra las decisiones del Tribunal podrá

interponerse, por persona legitimada, recurso ordinario en el plazo

de un mes a partir de la notificación o publicación ante el

excelentísimo señor Rector magnífico de la Universidad Politécnica

de Madrid. Contra las resoluciones de éste podrá interponerse,

por persona legitimada, recurso contencioso-administrativo en el

plazo de dos meses ante la Sala correspondiente del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid.

De no producirse contestación a los recursos administrativos

se entenderán denegados por silencio administrativo negativo.

Asimismo, la Administracion podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 2 de febrero de 1999.-El Rector, Saturnino de la Plaza

Pérez.

Ilmo. Sr. Gerente de la Universidad Politécnica de Madrid.

ANEXO I

Ejercicios y valoración

1. Ejercicios

La oposición estará formada por tres ejercicios de carácter

eliminatorio y un cuarto ejercicio optativo y de mérito.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de

cien preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una

de ellas la correcta, en relación con el contenido del programa

que figura en el anexo II de esta convocatoria.

Cada respuesta incorrecta se penalizará con el 25 por 100

de una correcta.

El citado cuestionario será el resultado de un sorteo público

al comienzo del ejercicio, de entre dos propuestos por el Tribunal.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de noventa minutos.

Segundo ejercicio: Estará orientado a apreciar la capacidad

de los aspirantes para llevar a cabo las funciones relacionadas

con los contenidos del programa: Derecho Administrativo,

Administración de Recursos Humanos, Gestión Económica Financiera

y Gestión Universitaria. Consistirá en la resolución de tres

supuestos de carácter práctico, elegidos por el candidato de entre cuatro

propuestos por el Tribunal, uno por cada una de las partes del

programa.

Cada supuesto práctico constará de quince preguntas. Cada

una de las preguntas tendrá cuatro respuestas alternativas, siendo

sólo una de ellas la correcta.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de noventa minutos.

Tercer ejercicio: Los aspirantes, en un tiempo máximo de tres

horas, deberán desarrollar, por escrito, tres epígrafes de entre

cinco propuestos, según el procedimiento que se indica en el

siguiente párrafo.

En el mismo acto del ejercicio se procederá a elegir, mediante

sorteo, cinco temas, uno de cada uno de los siguientes grupos

de materias del programa: Organización del Estado y de la

Administración Pública, Derecho Administrativo, Gestión de personal,

Gestión Financiera y Gestión Universitaria. De cada uno de los

temas resultantes, el Tribunal propondrá un epígrafe relacionado

con el tema en cuestión, sin que tengan que coincidir literalmente

con los contenidos en el programa.

Este ejercicio deberá ser leído por los opositores en sesión

pública ante el Tribunal. Se valorará especialmente la formación

y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas.

Cuarto ejercicio: Optativo y de mérito. Consistirá en una

traducción directa, sin diccionario, de un texto presentado por el

Tribunal.

Los idiomas sobre los que versará dicha traducción serán

francés y/o inglés, a elección del aspirante.

Para la realización de este ejercicio se dispondrá de un tiempo

máximo de sesenta minutos para cada idioma.

2. Calificación de los ejercicios

2.1 Fase de oposición:

Primer ejercicio: Se calificará de0a10puntos, siendo

necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos.

Corresponde al Tribunal calificador la fijación del número

necesario de preguntas válidamente contestadas para alcanzar la

calificación mínima de cinco puntos. Todo ello a la vista de la dificultad

de los cuestionarios propuestos y del grado de conocimiento

alcanzado con referencia al nivel necesariamente exigido para el acceso

a esta Escala.

Segundo ejercicio: Se calificará de0a15puntos. Para

superarlo será necesario obtener, como mínimo, 7,5 puntos y no haber

sido calificado con menos de dos puntos en ninguno de los tres

supuestos de carácter práctico.

Tercer ejercicio: Se calificará de0a5puntos cada uno de

los epígrafes, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo

total de 7,5 puntos, y no haber obtenido 0 puntos en ninguno

de los epígrafes.

Cuarto ejercicio: Se calificará de0a3puntos en cada uno

de los idiomas, y dicha calificación no servirá en ningún caso

para la superación de la oposición.

2.2 El Tribunal queda facultado para la determinación del

nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones,

de conformidad con el sistema de valoración que acuerde para

cada ejercicio.

Todo ello a la vista de la dificultad de los ejercicios propuestos

y del grado de conocimiento alcanzado con referencia al nivel

necesariamente exigido para el acceso a la Escala.

2.3 La calificación final del proceso selectivo vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios

de la oposición, no pudiendo resultar aprobados un número

superior de aspirantes al de plazas convocadas.

En caso de igualdad en la puntuación total se dará prioridad

al aspirante con:

A) Mayor puntuación en el primer ejercicio.

B) Mayor puntuación en el segundo ejercicio.

C) Mayor puntuación en el tercer ejercicio.

ANEXO II

Programa

I. Organización del Estado y de la Administración Pública

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y

contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y

suspensión. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma

de la Constitución.

Tema 2. La Jefatura del Estado: La Corona. Funciones

constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.

Tema 3. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones

del Congreso de los Diputados y del Senado.

Tema 4. El Gobierno y las Administraciones. Relaciones entre

el Gobierno y las Cortes Generales. Designación, duración y

responsabilidad del Gobierno.

Tema 5. El Poder Judicial. El principio de unidad

jurisdiccional. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal

Supremo. El Ministerio Fiscal. La organización judicial española.

Tema 6. La Administración Central del Estado. El Consejo

de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.

Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios generales y

Directores generales. Órganos centrales y órganos territoriales.

Tema 7. Organismos públicos: Los organismos autónomos

y entidades públicas empresariales. Órganos colegiados.

Tema 8. El Estado y las Comunidades Autónomas.

Distribución de competencias. La coordinación entre las diferentes

Administraciones Públicas.

Tema 9. Organización territorial del Estado. Las

Comunidades Autónomas. Estatutos de Autonomía. El sistema institucional

de las Comunidades Autónomas.

Tema 10. Organización territorial del Estado. La

Administración local: La provincia y el municipio. Otras entidades de la

Administración Local.

Tema 11. La Comunidad de Madrid. El Estatuto de

Autonomía: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad

de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función

ejecutiva. La Asamblea Legislativa: Composición, funciones y

potestades.

Tema 12. Nacimientos y objetivos de las Comunidades

Europeas. Tratados originarios y modificativos.

Tema 13. Las instituciones de la Unión Europea. Consejo.

Parlamento y Tribunal de Justicia. Otras instituciones.

Tema 14. El Derecho Comunitario. Sus fuentes. Relaciones

entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los

Estados miembros. Adecuación del ordenamiento español al

Derecho Comunitario. La participación de las Comunidades Autónomas

en la aplicación del Derecho Comunitario.

II. Derecho Administrativo

Tema 1. La Administración Pública Española: Los principios

constitucionales de eficacia, jerarquía, descentralización,

desconcentración y coordinación. Sometimiento a la Ley y al derecho.

Tema 2. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto,

clases y jerarquía. La Ley. Leyes Orgánicas y Leyes Ordinarias.

Disposiciones del poder ejecutivo con fuerza de Ley. El principio

de legalidad.

Tema 3. El Reglamento, concepto, clases y límites. La

costumbre. Los principios generales del derecho. Los tratados

internacionales. El Derecho Comunitario Europeo.

Tema 4. El acto administrativo. Concepto, elementos y clases.

Requisitos, eficacia y validez de los actos administrativos.

Tema 5. La invalidez de los actos administrativos. Nulidad.

Anulabilidad.

Tema 6. Los contratos administrativos. Concepto y clases.

Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios

y otras alteraciones contractuales. Incumplimientos del contrato

administrativo.

Tema 7. Tipos de contrato. Contrato de obra. Contrato de

suministro. Contrato de concesión de servicios públicos. Contratos

de consultoría y asistencia técnica. Contratos de servicios y

trabajos específicos no habituales de la Administración.

Tema 8. Procedimiento y formas de la actividad

administrativa: Concepto y clases. Especial referencia a las modalidades de

gestión de los servicios públicos.

Tema 9. El procedimiento administrativo (1). Concepto,

naturaleza y clases. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los órganos

administrativos. Los interesados en el procedimiento

administrativo. El tiempo en el procedimiento administrativo.

Tema 10. El procedimiento administrativo (2). Sus fases.

Iniciación. Ordenación: Tramitación, comunicación y notificación.

Instrucción: Informes, propuestas de resolución, audiencia al

interesado. Terminación: Modos. El silencio administrativo.

Tema 11. El procedimiento administrativo (3). La revisión de

los actos en vía administrativa. La revisión de oficio. Los recursos

administrativos: Principios generales y clases.

Tema 12. El procedimiento administrativo (4). Los

procedimientos especiales. Procedimiento de elaboración de

disposiciones generales. Procedimiento sancionador. La responsabilidad de

las Administraciones Públicas. Procedimientos de responsabilidad

patrimonial. Procedimiento Económico-Administrativo.

Tema 13. El recurso contencioso-administrativo. Significado,

características. Las partes: Capacidad, legitimación y postulación.

Actos impugnables. Fases del proceso. La sentencia. Especial

referencia a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Tema 14. La Administración Pública y la justicia ordinaria.

Las reclamaciones administrativas previas a la vía judicial civil

y a la vía laboral.

III. Administración de Recursos Humanos

Tema 1. La función pública en el Estado Español: Principios

constitucionales. La Ley 30/1984, de 2 de agosto. Órganos

superiores de la Función Pública. Registro de Personal. La Ley 1/1986,

de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

Tema 2. El personal funcionario al servicio de las

Administraciones Públicas. Provisión de puestos de trabajo. La carrera

administrativa. Adquisición y pérdida de la condición de

funcionario.

Tema 3. Ingreso en Cuerpos o Escalas de Funcionarios:

Normas generales. Oferta de empleo público. Órganos de selección.

Convocatorias y procedimiento selectivo.

Tema 4. Derechos y deberes de los funcionarios.

Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Faltas y sanciones.

Tema 5. Situaciones administrativas: Supuestos y efectos de

cada una de ellas.

Tema 6. El sistema de retribuciones de los funcionarios.

Retribuciones básicas y complementarias. Retribuciones de

funcionarios en prácticas. Retribuciones de funcionarios destinados en el

extranjero. Indemnizaciones por razón del servicio.

Tema 7. El régimen especial de la Seguridad Social de los

funcionarios. La MUFACE. Concepto y clases de prestaciones. El

sistema de Derechos Pasivos.

Tema 8. La representación de los funcionarios públicos. Las

Juntas de Personal. La negociación colectiva. El derecho de

reunión. El derecho de huelga.

Tema 9. El personal laboral al servicio de las

Administraciones Públicas. Su régimen jurídico. Modalidades de

contratación. Especial consideración del Convenio Colectivo vigente para

el personal laboral de la Universidad.

Tema 10. La sindicación del personal laboral en el ámbito

de la Administración Pública. Comités de Empresa y Delegado

de personal.

Tema 11. El régimen general de la Seguridad Social. Ámbito

de aplicación. Afiliación y cotización. Acción protectora.

Incapacidad temporal. Invalidez.

Tema 12. Prevención de riesgos laborales. Objetivos de la

política de prevención de riesgos laborales. Funciones y

competencias de la Administración: Instituto Nacional de Seguridad e

Higiene en el Trabajo, Inspección de Trabajo y Seguridad social

y Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Tema 13. Obligaciones de los empresarios y responsabilidad

jurídica derivada del cumplimiento de las normas de prevención.

Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de

riesgos.

Tema 14. Organización de recursos para las actividades

preventivas: Servicios de prevención propios. Servicios de prevención

ajenos. Servicios de prevención mancomunados. Clasificación de

las funciones preventivas y capacidades y aptitudes para

desarrollarlas.

IV. Gestión Económico-Financiera

Tema 1. El Presupuesto: Concepto. Principios

presupuestarios. Ciclo presupuestario. El presupuesto de la Comunidad de

Madrid.

Tema 2. Universidad Politécnica de Madrid: Régimen

económico y financiero. El patrimonio. Los recursos financieros. La

gestión universitaria y el control interno. Especial referencia a las

tasas y precios públicos por la prestación de servicios académicos

universitarios.

Tema 3. Universidad Politécnica de Madrid: El presupuesto

de la Universidad Politécnica de Madrid. Modificaciones de los

créditos iniciales, transferencias de crédito. Créditos

extraordinarios. Suplementos de crédito. Ampliaciones de crédito.

Incorporaciones de crédito. Generaciones de crédito. Desglose de

aplicaciones presupuestarias.

Tema 4. Contabilidad pública: Preventiva, ejecutiva y crítica.

El control del gasto público. Especial referencia al control de

legalidad. El Tribunal de Cuentas.

Tema 5. Liquidación y cierre del ejercicio de la Universidad

Politécnica de Madrid. Rendición de la cuenta. La Auditoría interna

en la Universidad Politécnica de Madrid. Fiscalización por el

Tribunal de Cuentas.

Tema 6. Universidad Politécnica de Madrid: Ordenación del

gasto y ordenación del pago. Órganos competentes. Fases de

procedimiento. Contraído. Intervenido. Ingreso en formalización.

Documentos contables que intervienen en la ejecución de los

gastos y de los pagos.

Tema 7. Universidad Politécnica de Madrid: Gastos para la

compra de bienes y servicios. Gasto de transferencias. Corrientes

y de capital. Gastos de inversión.

Tema 8. Universidad Politécnica de Madrid. Pagos: Concepto

y clasificación. Pagos por obligaciones presupuestarias. Pago por

ejercicio cerrado. Anticipos de caja fija. Pagos "a justificar".

Justificación de libramientos.

V. Gestión Universitaria

Tema 1. La autonomía universitaria. Principios inspiradores

y su extensión en la Ley de Reforma Universitaria. Creación,

régimen jurídico y estructura de las Universidades.

Tema 2. El gobierno de las Universidades. El Consejo de

Universidades. Competencias educativas y órganos gestores de la

Comunidad Autónoma de Madrid.

Tema 3. Los órganos colegiados de gobierno de la

Universidad Politécnica de Madrid. El Consejo Social. El Claustro

Universitario. La Junta de Gobierno.

Tema 4. Los órganos unipersonales de gobierno de la

Universidad Politécnica de Madrid. El Rector, los Vicerrectores. El

Secretario General. El Gerente.

Tema 5. Naturaleza, fines y estructura general de la

Universidad Politécnica de Madrid. Los Departamentos universitarios:

Constitución, competencias y órganos de gobierno. Las

Facultades, Escuelas Técnicas y Escuelas Universitarias: Creación,

funciones y órganos de gobierno.

Tema 6. Clases y régimen jurídico del profesorado

universitario. Los concursos para la provisión de plazas de Cuerpos

Docentes Universitarios. Especial referencia al artículo 11 de la

Ley de Reforma Universitaria.

Tema 7. El régimen retributivo del profesorado universitario.

Tema 8. El acceso y permanencia en la Universidad. Los

procedimientos para el ingreso en los centros universitarios.

Tema 9. La regulación de los estudios de tercer ciclo.

Doctorado.

Tema 10. Organización administrativa. Clases y régimen

jurídico del personal de Administración y Servicios.

Tema 11. La Administración universitaria y los servicios.

Servicios universitarios. Los servicios de asistencia a la comunidad

universitaria.

Tema 12. El Alumnado universitario. Planes de Estudio:

Acceso, permanencia, convalidación.

ANEXO III

Tribunal

Titulares:

Presidente: Don Fernando Lanzaco Bonilla, Gerente de la

Universidad Politécnica de Madrid.

Vocales:

Primero: Don José Luis Maté Hernández, Vicerrector de la

Universidad Politécnica de Madrid.

Segundo: Don Edelmiro Rúa Álvarez, perteneciente al Cuerpo

de Catedráticos de la Universidad.

Tercera: Doña Montserrat Botaya Sindreu, Vicegerente de la

Universidad Politécnica de Madrid.

Cuarto: Don José Luis Enríquez Escudero, perteneciente al

Cuerpo de Profesores Titulares de Escuela Universitaria.

Quinto: Don Félix Mayoral González, como representante del

personal de Administración y Servicios de la Universidad

Politécnica de Madrid.

Sexta: Doña María José Bustos Garrido, como representante

del personal de Administración y Servicios de la Universidad

Politécnica de Madrid.

Séptima: Doña Araceli García Sánchez, perteneciente a la

Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad Politécnica de Madrid,

que actuará como Secretaria.

Suplentes:

Presidente: Don Adolfo de Francisco García, Vicerrector de la

Universidad Politécnica de Madrid.

Vocales:

Primero: Don Juan Manuel del Valle Pascual, perteneciente

a la Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad Politécnica

de Madrid.

Segundo: Don Jseús Pérez Sanz, perteneciente al Cuerpo de

Catedráticos de Escuela Universitaria.

Tercera: Doña Matilde Navarro Dongil, perteneciente a la

Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad Politécnica de Madrid.

Cuarta: Doña Elena Martínez García-Consuegra, perteneciente

al cuerpo de Técnicos de Gestión de la Universidad Politécnica

de Madrid.

Quinto: Don José Antonio Jiménez Díaz, como representante

del personal de Administración y Servicios de la Universidad

Politécnica de Madrid.

Sexto: Don Juan Manuel Gómez Fernández, como

representante del personal de Administración y Servicios de la Universidad

Politécnica de Madrid.

Séptimo: Don Jenaro Martínez Blanco, perteneciente al Cuerpo

de Gestión de la Universidad Politécnica de Madrid, que actuará

como Secretario.

ANEXO IV

Don ........................................................,

con domicilio en...............................................

y con documento nacional de identidad número.................

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala........................., que no hasido

separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas

y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones

públicas.

En ......................, a ..... de ........... de1999.

ANEXO V

Solicitud de inclusión en la Bolsa de Trabajo para contratación

como funcionario interino, en caso de no superar el proceso

selectivo

Apellidos y nombre..........................................

DNI ............;domicilio (calle/plaza)........................

Localidad...........Provincia...........Código Postal.....

De conformidad con lo dispuesto en la base 9 de la convocatoria

para ingreso en la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad

Politécnica de Madrid, realizada por Resolución........("Boletín

Oficial del Estado".........................),solicita ser incluido

en la bolsa de trabajo para la contratación como funcionario

interino.

En ......................, a ..... de ........... de1999.

Firmado

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Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid