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Documento BOE-A-2000-22652

Orden de 22 de noviembre de 2000 por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir 10 plazas de la Escala de Titulados Técnicos Especializados del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 299, de 14 de diciembre de 2000, páginas 43942 a 43949 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2000-22652

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 117/2000,

de 28 de enero ("Boletín Oficial del Estado" número 25, del 29)

por el que se aprueba la oferta de empleo público para el

año 2000 y con el fin de atender las necesidades de personal

en la Administración Pública, este Ministerio, en uso de las

competencias que le están atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley

6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de

la Administración General del Estado ("Boletín Oficial del Estado"

del 15), previo informe favorable de la Dirección General de la

Función Pública y acuerdo de la Junta de Gobierno del Consejo

Superior de Investigaciones Científicas, resuelve convocar pruebas

selectivas para ingreso en la Escala de Titulados Técnicos

Especializados (Código -5421-) del Consejo Superior de Investigaciones

Científicas, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 10 plazas de

la Escala de Titulados Técnicos Especializados (Código -5421-)

del Consejo Superior de Investigaciones Científicas por el sistema

general de acceso libre, entre ciudadanos de la Unión Europea,

con dominio del castellano, de acuerdo con las especialidades

y los destinos que figuran en el anexo I.

1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán de aplicación

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado" del 3); la

Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la Ley de Medidas

para la Reforma de la Función Pública ("Boletín Oficial del

Estado" del 29); la Ley 17/1993, de 23 de diciembre ("Boletín Oficial

del Estado" del 24) sobre acceso a determinados sectores de la

Función Pública de los nacionales de los demás Estados Miembros

de la Unión Europea, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del

Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de

Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los

Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado

("Boletín Oficial del Estado" del 10 de abril) y lo dispuesto en la presente

convocatoria.

1.3 La adjudicación de las plazas a los aspirantes aprobados

en cada una de las especialidades, se efectuará por Resolución

de la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones

Científicas, de acuerdo con la suma total de las puntuaciones obtenidas

por éstos en las diferentes fases de que consta el proceso selectivo.

No se podrán declarar aprobados en el proceso selectivo a

un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas

por especialidades. Cualquier propuesta de aprobados que

contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

1.4 El procedimiento de selección de los aspirantes constará

de las siguientes fases:

Oposición.

Período de prácticas.

Los aspirantes que no superen el período de prácticas, por

Resolución motivada de la autoridad convocante, perderán todos

los derechos al nombramiento como funcionarios de carrera.

El plazo máximo del comienzo del período de prácticas, una

vez superadas las pruebas selectivas, será de dos meses, a partir

de la fecha de terminación del plazo a que se refiere la base 9.1

de esta convocatoria.

1.5 Quienes no pudieran realizar el período de prácticas por

cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria,

o por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada

por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad.

1.6 La fase de oposición constará de los ejercicios

eliminatorios, que se desarrollarán en castellano, que a continuación se

indican:

1.6.1 Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito,

en un plazo máximo de cuatro horas de un tema a elegir entre

dos propuestos por el Tribunal, relacionados con el programa de

cada especialidad, que figura como anexo II de la presente

convocatoria. El ejercicio será leído por el opositor en sesión pública

ante el Tribunal.

Los miembros del Tribunal podrán efectuar, una vez realizada

la lectura del ejercicio, las preguntas que estimen oportunas para

aclarar o incidir en algún aspecto de la exposición del candidato.

1.6.2 Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por

escrito, en un plazo máximo de cuatro horas, de un tema a elegir

entre dos propuestos por el Tribunal del programa de temas

comunes que se recogen en el anexo II.

1.6.3 Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de un

supuesto práctico relacionado con la especialidad de la plaza

convocada de acuerdo con el programa que se recoge en el

anexo II de la presente convocatoria. Los opositores deberán

realizar por escrito un resumen del desarrollo y ejecución de la prueba

realizada que se expondrá ante el Tribunal en sesión pública.

Los miembros del Tribunal podrán efectuar, una vez realizada

la exposición del ejercicio, todas las preguntas que estimen

oportunas para aclarar, incidir o ampliar aspectos de la exposición

del candidato.

El Tribunal correspondiente a cada especialidad señalará el

tiempo máximo disponible para la realización de la prueba, que

no podrá superar en ningún caso cinco horas.

1.7 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al

siguiente calendario orientativo:

El primer ejercicio se iniciará a partir de febrero del 2001.

La fase de oposición deberá haber finalizado antes del 30 de

junio, salvo excepciones justificadas.

1.8 El programa que ha de regir las pruebas selectivas en

cada especialidad, es el que figura en el anexo II de la presente

convocatoria.

1.9 Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta

el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de

setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República de

Islandia.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de

otros Estados miembros de la Unión Europea, de Noruega o de

Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores

de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensa.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico,

Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o equivalente. Los estudios

efectuados en centros españoles no estatales o en el extranjero,

deberán estar ya homologados.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones.

f) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española no

deberán estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal

que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la

condición de funcionarios de organismos internacionales, posean

la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.

Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas

pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada

por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial

del Estado" del 23), considere que tiene por objeto acreditar

conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen

en el organismo internacional correspondiente.

En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que

ostenten la condición de funcionarios de organismos internacionales,

se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para

la superación de los mismos. Los interesados podrán renunciar

a tal calificación y participar en las pruebas de las que ha sido

eximido en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes.

Tal renuncia deberá llevarse a cabo mediante escrito dirigido al

excelentísimo señor Presidente del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas, que se acompañará a la instancia por la que

se solicita la participación en las pruebas selectivas.

2.3 Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las

pruebas selectivas bastará con que los aspirantes manifiesten en sus

solicitudes de participación que reúnen todas y cada una de las

condiciones exigidas en la base 2.1, referidas siempre a la fecha

de expiración del plazo de presentación, y mantenerlos hasta el

momento de su toma de posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo

superior derecho figura "Modelo 750"), que será facilitado

gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades

Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno, así como en

el Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Administraciones Públicas (calle María de Molina, 50, de Madrid), en

la Dirección General de la Función Pública (calle María de Molina,

50, de Madrid), en el Instituto Nacional de Administración Pública

(calle Atocha, 106, de Madrid), en las representaciones

diplomáticas o consulares de España en el extranjero, así como en la

sede central del Consejo Superior de Investigaciones Científicas

(calle Serrano, 117, de Madrid).

A la instancia se acompañará fotocopia del documento nacional

de identidad o pasaporte y currículum vitae.

Ningún aspirante podrá presentar más de una solicitud, ni

concurrir a más de una especialidad.

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Ciencia y

Tecnología". En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar

"Consejo Superior de Investigaciones Científicas". En el espacio

destinado a código que figura debajo, se cumplimentará el 20001.

En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen, en el

espacio destinado a código se hará constar el 20020, rellenándose

sólo los dos primeros dígitos.

En el recuadro número 15 se señalará "Titulados Técnicos

Especializados", consignándose el código 5421 en el espacio reservado

para el mismo que figura a su lado.

En el recuadro número 17 relativo a la forma de acceso se

consignará "L" (acceso libre).

En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín

Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente

convocatoria.

En el recuadro número 20. Provincia de examen: Se hará

constar "Madrid".

En el epígrafe número 24. "Títulos Académicos Oficiales" se

hará constar la titulación que se posee para participar en estas

pruebas, en virtud de lo señalado en la base 2.1.c) de esta

convocatoria.

En el recuadro A) del epígrafe 25 "Datos a consignar según

las bases de la convocatoria", del modelo de solicitud, se hará

constar expresamente la especialidad a la que concurre, elegido

de entre los propuestos en la presente convocatoria (ver

anexo I).

3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar para el órgano

convocante, hoja número 1 del modelo de solicitud) se hará en

el Registro General del Consejo Superior de Investigaciones

Científicas, calle Serrano, número 117, 28006 Madrid, o en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del

Estado" del 27), en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente

al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial

del Estado".

3.3 El importe de la tasa correspondiente a los derechos de

examen será de 3.000 pesetas que se consignará en el recuadro

destinado al mismo en el modelo de solicitud. El abono de la

tasa de dichos derechos de examen podrá efectuarse en cualquier

Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de Crédito, de las que

actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria,

sin que sea preciso indicar un número de cuenta corriente al efecto.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al Organismo competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen, mediante el oportuno

ingreso del importe correspondiente en la cuenta corriente número

2038 1183 46 6000548962, abierta en la sucursal 1183 de Caja

Madrid, calle López de Hoyos, número 68, a nombre de "Consejo

Superior de Investigaciones Científicas. Tasas 20.020 derechos

de examen".

Estarán exentos del pago de la tasa las personas con grado

de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo

acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

Asimismo estarán exentas las personas que figuren como

demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior

a la fecha de la convocatoria siempre que en el plazo de que

se trate no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se

hubieran negado a participar, salvo causa justificada, en acciones

de promoción, formación o reconversión profesional y que,

asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual, al

salario mínimo interprofesional. La certificación relativa a la

condición de demandante de empleo, con los requisitos previstos en

la Ley, se solicitará en la correspondiente oficina del Instituto

Nacional de Empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas

se efectuará mediante una declaración jurada o promesa escrita

del solicitante. Ambos documentos se deberán acompañar a la

solicitud.

Junto con la solicitud deberá acompañarse resguardo

acreditativo del pago de los derechos de examen. Esta acreditación se

realizará mediante certificación mecánica, por medio de impresión

de máquina contable, o mediante el sello y firma autorizada en

los tres ejemplares del modelo de solicitud. En caso de que el

pago se haya efectuado mediante transferencia bancaria, deberá

acompañarse a la solicitud el resguardo acreditativo de la misma.

La falta de una justificación del abono de los derechos de

examen determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en el banco supondrá

la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma,

de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.4 Las solicitudes dirigidas al excelentísimo señor Presidente

del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, deberán

acompañarse de un currículum vitae.

3.5 Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán

presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente

documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente

comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su

caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de

trabajador comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, de

Noruega o de Islandia que no residan en España, bien por residir

en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de

estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento

de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar dos

fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del

resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del

resguardo de haber solicitado la exención de visado y la

correspondiente tarjeta. De no haber solicitado estos documentos deberán

presentar los documentos expedidos por las autoridades

competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración

jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea,

de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo, de que

no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del

hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.6 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la

misma. Asimismo, deberán solicitar expresándolo en el recuadro

número 23, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para

la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea

necesaria.

3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la

Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas,

dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes que se publicará

en el "Boletín Oficial del Estado", declarando aprobada la lista

de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación en este último

caso, de las causas de exclusión. En la lista deberá constar en

todo caso los apellidos, nombre y número del documento nacional

de identidad o pasaporte.

Además se determinará el lugar y la fecha de comienzo de

los ejercicios.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado

su exclusión.

Contra dicha Resolución podrá interponerse potestativamente

recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano

que dictó la resolución, o directamente recurso

contencioso-administrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998,

de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), en

el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su

publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional

contencioso-administrativo.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto

de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los

aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la

relación de excluidos, sino además, que sus nombres constan en

la pertinente lista certificada completa de admitidos y excluidos,

que se expondrán al público en los tablones de anuncios de la

Sede Central del Consejo Superior de Investigaciones Científicas,

calle Serrano, número 117, en los Centros e Institutos del

Organismo, en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro

de Información Administrativa del Ministerio de las

Administraciones Públicas, en las Delegaciones del Gobierno en las

Comunidades Autónomas y Subdelegaciones del Gobierno.

4.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputable al sujeto

pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos

de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas

por causa imputable al interesado.

5. Tribunales

5.1 Los Tribunales calificadores de estas pruebas selectivas,

estarán constituidos en la forma que se determinan en el

anexo III de esta convocatoria.

5.2 Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Presidente del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas, cuando concurran en ellos

circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" del 27), o si hubiesen realizado tareas de

preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años

anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Los Presidentes podrán solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del

27).

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal de acuerdo con lo previsto en el artículo 29 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27).

5.3 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo,

la autoridad convocante hará público el nombramiento de los

nuevos miembros de los Tribunales que hayan de sustituir a los que

hayan perdido su condición por alguna de las causas anteriores.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal, con la asistencia del Presidente y Secretario, y la mitad,

al menos, de sus miembros, titulares o suplentes.

En dicha sesión, los Tribunales acordarán todas las decisiones

que les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o en

su caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad al menos,

de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Durante el proceso selectivo, los Tribunales resolverán

todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas

normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal, se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"

del 27).

5.7 Los Tribunales calificadores adoptarán las medidas

precisas de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares

condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de

los participantes. En este sentido se establecerán, para las

personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la

base 3.6 las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su

realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la administración laboral,

sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales.

5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias los

Tribunales tendrán su sede en los locales del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas, calle/ Serrano, número 117, 28006

Madrid, teléfonos 585 52 65/5263.

5.9 Los Tribunales que actúen en estas pruebas selectivas,

tendrán la categoría segunda de las recogidas en el anexo IV del

Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del

Estado" del 19). Una vez conocido el número de aspirantes, por el

Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas se

establecerá el número máximo de sesiones que podrá realizar por

cada uno de los Tribunales.

5.10 El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han

superado las pruebas selectivas o fase de oposición un número superior

de aspirantes que el de plazas convocadas.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores de iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "B", de conformidad con

la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración

Pública de fecha 23 de febrero de 2000 por la que se hace público

el resultado del sorteo celebrado el día 16 de febrero de 2000

("Boletín Oficial del Estado" de 3 de marzo).

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer

apellido comience por la letra "B", el orden de actuación se iniciará

por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "C", y

así sucesivamente.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su

identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas selectivas

quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor,

debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del

segundo y tercer ejercicio se efectuará por los Tribunales, al

menos, en los locales donde se haya celebrado el primero, con

veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para

la iniciación del mismo. Cuando se trate del mismo ejercicio, el

anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado

y por cualquier otro medio, si se juzga conveniente, con doce

horas, al menos, de antelación.

6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, la autoridad

convocante, por sí o a propuesta del Presidente del Tribunal, si

tuvieran conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a

los órganos competentes, poniendo en su conocimiento las

inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes

en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra la resolución definitiva de exclusión del aspirante podrá

interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo

de un mes ante el mismo órgano que dictó la resolución, o

directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos

meses contados a partir del día siguiente a su comunicación, ante

el órgano competente del orden jurisdiccional del

contencioso-administrativo, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" del 27).

7. Calificación de los ejercicios

7.1 Todos los ejercicios de las pruebas selectivas se

calificarán de cero a veinte puntos. El valor medio de las puntuaciones

computadas constituirá la calificación del ejercicio, siendo

necesario alcanzar diez puntos como mínimo, para pasar al ejercicio

siguiente, y en el tercero para superarlo.

Al calcular el valor medio de las puntuaciones, en cada uno

de los ejercicios, se excluirá del cómputo de puntuaciones la más

alta y la más baja, sin que en ningún caso pueda ser excluida

más de una máxima y una mínima.

7.2 En los tres ejercicios, la calificación se hará al término

de cada ejercicio, publicándose la relación de quienes los hubieran

superado y sus puntuaciones.

7.3 La calificación final de las pruebas vendrá determinada

por la suma de las puntuaciones obtenidas en el primer y tercer

ejercicio.

En el supuesto de producirse empates al confeccionar las listas

de aspirantes aprobados, aquellos se dirimirán a favor del que

hubiese obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio. De

persistir el empate se acudirá a la puntuación del tercer y segundo

ejercicio sucesivamente.

8. Lista de aprobados

8.1 Finalizadas las pruebas selectivas, los tribunales harán

públicas en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio,

así como en la sede del tribunal, y en aquellos otros que estime

oportuno, la relación de aprobados en cada especialidad, por

orden de puntuación alcanzada, con indicación de su número de

documento nacional de identidad o pasaporte.

Los Presidentes de los Tribunales enviarán una copia certificada

de la relación de aprobados al Presidente del Consejo Superior

de Investigaciones Científicas.

Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

9. Presentación de documentos y nombramientos

de funcionarios en prácticas

9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente a aquel en que se publicaron las relaciones de

aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los aspirantes aprobados

deberán presentar en los locales del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas, calle Serrano, número 117, 28006 Madrid,

los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o

pasaporte.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.c)

o certificación académica que acredite su posesión. En el caso

de titulaciones obtenidas en el extranjero deberán presentar

fotocopia compulsada de la credencial a que se refiere dicha base.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna

Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV

a esta convocatoria.

d) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española

deberán presentar fotocopia compulsada del documento que

acredite su nacionalidad, así como documentación certificada por las

autoridades competentes de su país de origen en la que se acredite

no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que

impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) Los aspirantes extranjeros que no residan en España

deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber

solicitado la tarjeta de residencia comunitaria en el caso de que no

la hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la

solicitud de participación.

9.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos

estarán exentos de justificar las condiciones y demás requisitos

ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo

presentar certificación del Ministerio u organismo del que

dependan, acreditando su condición, y demás circunstancias que consten

en su expediente personal.

Asimismo, deberán formular opción por la percepción de la

remuneración que deseen percibir durante su condición de

funcionarios en prácticas, igualmente el personal funcionario interino

y laboral, de conformidad con lo previsto en el Real

Decreto 456/1986, de 10 de febrero ("Boletín Oficial del Estado"

de 6 de marzo).

9.3 Quienes, dentro del plazo indicado y salvo los casos de

fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen

de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos

exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas sus

actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber

incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

9.4 Los candidatos propuestos serán nombrados funcionarios

en prácticas mediante Orden del Ministerio de Ciencia y

Tecnología, en la que se determinará la fecha en que empezarán a surtir

efecto dichos nombramientos, con especificación del destino

adjudicado.

Los nombramientos serán publicados en el Boletín Oficial del

Estado.

10. Período de prácticas. Nombramientos de funcionarios

de carrera y toma de posesión

10.1 Durante el período de prácticas los aspirantes ejercerán

las tareas correspondientes a puestos de trabajo de su especialidad

bajo la supervisión de los responsables de los departamentos

correspondientes. El período de prácticas tendrá una duración de

tres meses, y al final del mismo el responsable del departamento

a que hubiera sido adscrito el funcionario en prácticas, emitirá

un informe, con el visto bueno del Director del centro, en el que

hará constar la calificación de "apto" o "no apto" del aspirante,

siendo necesario obtener la calificación de "apto" para superarlo.

Dicho informe será aprobado por el Presidente del Consejo

Superior de Investigaciones Científicas.

10.2 Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran

superado serán nombrados funcionarios de carrera, por el

Ministerio de Ciencia y Tecnología, con especificación del destino

adjudicado.

Los nombramientos serán publicados en el "Boletín Oficial del

Estado".

La toma de posesión de los candidatos nombrados funcionarios

de carrera, se efectuará en el plazo de un mes a partir del día

siguiente a la fecha de publicación de su nombramiento en el

"Boletín Oficial del Estado".

11. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser

impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" del 27).

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones de los Tribunales, conforme a lo

previsto en la mencionada Ley.

Toda la información relativa a esta convocatoria está disponible

en la web del Consejo Superior de Investigaciones Científicas:

www.csic.es

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 22 de noviembre de 2000.-P. D. (Orden de 30 mayo

de 2000 "Boletín Oficial del Estado" del 31), el Presidente del

CSIC, Rolf Tarrach Siegel.

ANEXO I

Especialidades

Número

tribunal

Número

deplazas Denominación Destino

4 Técnico en Informática. Organización Central

CSIC ( 2 plazas)

Inst.o Ramón y Cajal,

(1 plaza), Inst.

Investigación Inteligencia

Artificial (1 plaza).

1

1 Técnico en

Instrumentación Oceanográfica.

Organización Central

CSIC.

2

1 Técnico en

Instrumentación Electrónica en

Buques

Oceanográficos.

Organización Central

CSIC.

2

1 Técnico en

Bibliometría.

CINDOC. 3

2 Técnico Superior de

Prevención en

Seguridad e Higiene en el

Trabajo.

Organización Central

CSIC.

4

1 Técnico de Obras. CSIC- Servicios

Centrales.

5

ANEXO II

Programa

Materias comunes a todos los opositores

1. La Constitución Española de 1978: Características.

Derechos fundamentales y libertades públicas.

2. La Administración General del Estado: Organización y

funcionamiento. La Ley de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado (LOFAGE).

3. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El procedimiento

administrativo: Concepto y naturaleza.

4. La contratación administrativa. Tipos de contratos.

5. Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

Características. Ámbito de aplicación. Órganos Superiores de la

Función Pública.

6. Planificación de Recursos Humanos. Relaciones de

Puestos de Trabajo.

7. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Derechos y deberes de los funcionarios.

8. El Presupuesto. Su contenido. Elaboración y aprobación.

Modificaciones presupuestarias.

9. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

10. La Ley de Fomento y Coordinación General de la

Investigación Científica y Técnica. El Consejo Superior de

Investigaciones Científicas: Naturaleza y normas de funcionamiento.

Repercusiones de la LOFAGE en el CSIC.

11. La dirección por objetivos. La programación de proyectos.

12. El Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo

e Innovación Tecnológica 2000-2003.

13. Las fuentes de las obligaciones económicas de la

Hacienda Pública. La Ley. Los negocios jurídicos. La responsabilidad.

14. Los fondos estructurales Europeos. Sus Reglamentos. El

Marco Comunitario de apoyo. Los Programas Operativos: Su

ejecución y seguimiento. Especialidades de la I + D.

Programa de cada una de las especialidades

TÉCNICO EN INFORMÁTICA

1. Modos de operación del ordenador: Multiprogramación,

multiproceso y tiempo compartido. Multitarea y multiusuario.

Procesos por lotes y en línea. Concepto de memoria virtual.

2. Arquitectura de ordenadores. Modelo general de un

ordenador. Estructura y funcionamiento. Evolución y generaciones.

3. Sistemas operativos: Conceptos básicos. Elementos.

Sistemas operativos en microprocesadores.

4. Sistemas operativos UNIX: Características principales.

Programación shell,. Administración.

5. Conceptos genérales de redes y comunicaciones.

Topologías. Medios de transmisión. Componentes.

6. Sistemas de información. Diseño y planificación.

Tecnologías. Apoyo a la toma de decisiones.

7. Bases de datos. Diseño. Integridad. Modelo relacional.

Reglas de Codd y normalización.

8. Sistemas gestores de bases de datos (SGBD). Requisitos.

Características de los SGBD actuales. Nuevas tendencias: Bases

de datos distribuidas y orientadas a objetos.

9. SGBDR. Herramientas de desarrollo. Modelo Servidor y

cliente/servidor. Herramientas para el usuario final. Lenguajes de

consulta.

10. Bases de datos documentales. Lenguajes de

interrogación. Thesaurus. Procedimientos y perfiles. Sistemas de

recuperación de información. Análisis comparativo.

11. Concepto de redes de comunicaciones: Topologías y

hardware de redes.

12. El modelo de referencia de interconexión de sistemas

abiertos (OSI) de ISO.

13. Servicios de comunicación: X25, RDSI, Frame Relay,

ATM, circuitos punto a punto. Redes públicas de transmisión de

datos

14. Protocolo de transporte: Tipos y funcionamiento. La

familia de protocolos TCP/IP Conceptos y utilidades.

15. Inteligencia Artificial. La orientación heurística.

16.Ingeniería del conocimiento. Representación del

conocimiento. Sistemas expertos. Herramientas.

17. Inteligencia artificial distribuida. Agentes inteligentes.

18. Metodología de desarrollo de Sistemas. Lenguaje de

Modelado Unificado (UML).

19. El análisis orientado a objetos. Objetos, clases, herencia,

métodos. Arquitectura de objetos distribuidos. Lenguajes de

programación orientada a objetos.

20. Redes Intranet y Extranet. Concepto, estructura y

características. Lenguajes y herramientas para el desarrollo de

aplicaciones en estas redes: Java, javascript, HTML, DHTML, XML,

Visual Basic, Visual Basic Script.

21. Desarrollo de aplicaciones Internet y/o intranet con

acceso a bases de datos.

22. Arquitectura de aplicaciones. Modelo en tres capas.

Servidor de aplicaciones.

23. Análisis estructurado. Diccionario de datos, diagrama de

flujo de datos.

24. Análisis de datos: El modelo entidad-relación. Entidades

y superentidades.

25. Red Internet: Servicios. Protocolos.

26. Correo electrónico, "software de clientes", configuración

y uso. Servidor de correo. Estafeta. Listas de distribución.

Seguridad: Medidas anti spam. PGP: Conceptos. Aplicaciones.

27. Aprendizaje automático. Inducción del conocimiento.

Aplicación de las tecnologías de la información: Inducción a reglas

de bases de datos.

28. Sistemas de cableado y equipos de interconexión de

redes: Repetidores, puentes, concentradores.

29. Auditoria informática: Conceptos y contenidos. Normas

y estandares

30. Redes: Redes virtuales, Control de acceso, cortafuegos.

Gestión de red: SNMP. Filtrado y seguridad.

TÉCNICO EN INSTRUMENTACIÓN ELECTRÓNICA EN BUQUES

OCEANOGRÁFICOS

1. La sonda CTD.

2. Diversos sensores que pueden formar un sistema CTD.

3. Tiempos de respuestas y sincronización de éstos sensores

en el CTD.

4. Diversos tipos de sensores de conductividad

5. Diversos tipos de sensores de temperatura.

6. Sensores externos acoplables a una sonda CTD.

7. Sistemas de muestreo de agua a diferentes profundidades.

8. Importancia de las características eléctricas de los cables

coaxiales para transmisión de señales.

9. Uso y características de las señales FSK.

10. Uso y características de los bucles de corriente.

11. La transmisión de datos de equipos sumergidos.

12. Metodología de calibración de sondas CTD.

13. Patrones primarios para calibrar conductividad,

temperatura y presión.

14. Equipamiento general de instrumentación electrónica de

un barco para medir parámetros físico químicos.

15. Instrumentación para mediciones en continuo de

parámetros físico químicos.

16. Sistemas meteorológicos instalados a bordo de barcos

de investigación.

17. Integración de datos de diversos equipos de medida en

continuo.

18. Modems en la comunicación instrumental.

19. Vehículos remolcados con instrumentación electrónica.

20. El sistema de captura continua de plancton.

21. Sistemas Multiredes.

22. Sistemas de CTD ondulante.

23. Sistemas de perfiladores lumínicos.

24. Sistemas de navegación y posicionamiento.

25. Tratamiento y filtración de datos.

26. Equipamiento general de instrumentación de un barco

de investigación.

27. Sistemas de sondas.

28. Conversores A/D de rápida respuesta.

29. Sistema e Instrumentación SeaWiFFs.

30. Sistema de recepción de imágenes de satélite.

TÉCNICO EN INSTRUMENTACIÓN OCEANOGRÁFICA

1. Propagación de ondas en el medio marino.

2. Importancia de la composición físico-química del agua

de mar en la propagación acústica.

3. Instrumentación oceanográfica basada en propagación

acústica.

4. Perfiladores acústicos de corrientes: Principios de

funcionamiento y medidas.

5. El efecto Doppler y su aplicación a la instrumentación

oceanográfica.

6. Telemetría submarina.

7. Sondas acústicas para la determinación del fondo marino.

8. Sondas acústicas biológicas.

9. Calibraciones de sondas acústicas.

10. Sondas Multihaz de gran profundidad.

11. Sondas Multihaz para profundidades someras.

12. Sistemas para determinar geomorfología submarina.

13. Determinación del tipo de material del fondo marino

mediante sondas.

14. Sistemas para determinar características del subsuelo

marino.

15. Penetrabilidad de ondas acústicas en el subsuelo marino.

16. Importancia y aplicabilidad de las bajas frecuencias en

sistemas marinos.

17. Importancia y aplicabilidad de las altas frecuencias en

sistemas marinos.

18. Principios de la Sísmica Multicanal.

19. Equipos de medida en un sistema de sísmica multicanal.

20. Principios de la Sísmica de Alta Resolución.

21. Equipos de medida en un sistema de sísmica de alta

resolución.

22. El sistema OBS y OBSD.

23. Configuración de cañones de aire para estudios de

sísmica.

24. El sistema Scanmar.

25.Principio de funcionamiento de los trasductores acústicos.

26. Correntímetros acústicos.

27. Sonar de hielos: Principios y aplicación del sistema.

28.Sondas acústicas remolcadas.

29. Sincronización temporal en estudios de sísmica.

30. Refracción y reflexión de ondas acústicas y su empleo

en estudios marinos.

TÉCNICO EN BIBLIOMETRÍA

1. Información y documentación científica. El proceso de

transferencia de la información científica. El ciclo documental.

Fuentes de información.

2. Análisis documental. Indización y resúmenes. Lenguajes

documentales. Clasificaciones. Clasificaciones universales y

sectoriales. Tesauros.

3. Bases de datos documentales. Estructura de la

información. Redes de comunicación y acceso a bases de datos. Técnicas

de recuperación de información.

4. Revistas científicas en soporte convencional y electrónico.

Evaluación de revistas.

5. Bibliometría y Cienciometría. Historia. Conceptos y

definiciones.

6. Leyes bibliométricas. Aplicaciones.

7. Medidas del envejecimiento de la literatura científica. Vida

media. Indice de Price. Aplicaciones.

8. El sistema de Ciencia y Tecnología en España. Objetivos

y prioridades. El Plan Nacional de Investigación Científica,

Desarrollo e Innovación Tecnológica.

9. El Consejo Superior de Investigaciones Científicas: Su

papel en el sistema de Ciencia y Tecnología.

10. Características de los sistemas nacionales de I + D en la

Unión Europea.

11. Evaluación de la actividad científica. Recursos humanos

en investigación. Financiación de la investigación. Resultados del

sistema Investigador.

12. Evaluación de la actividad científica. El sistema de

evaluación por expertos.

13. Evaluación de la actividad científica. Indicadores

bibliométricos. Bases conceptuales.

14. Indicadores bibliométricos aplicados a nivel macro, meso

y micro. Limitaciones.

15. Metodología de los estudios bibliométricos.

16. Fuentes de información para la elaboración de

indicadores bibliométricos. Nuevas fuentes derivadas de Internet.

17. El Science Citation Index como fuente de información

bibliométrica. El Journal Citation Reports. Limitaciones.

18. El "centro" y la "periferia" científica. Validez de los

indicadores bibliométricos para la evaluación de la actividad científica

de los países en desarrollo y del tercer mundo.

19. Pertinencia de los indicadores bibliométricos en las

diferentes áreas temáticas.

20. Indicadores bibliométricos de producción. Principales

indicadores absolutos y relativos. Aplicaciones y limitaciones.

21. Indicadores bibliométricos de visibilidad. Citas. Bases

conceptuales. Aplicaciones y limitaciones.

22. Factor de impacto. Ventana de citación. Factor de impacto

relativo.

23. Indicadores bibliométricos de colaboración científica.

24. Indicadores bibliométricos relacionales. Mapas de la

ciencia. Aplicaciones y limitaciones.

25. Indicadores tecnológicos y de innovación. Bases de datos

de patentes. Prospectiva tecnológica.

26. Los indicadores bibliométricos en los informes nacionales

e internacionales de ciencia y tecnología. Instituciones

productoras.

27. Técnicas estadísticas básicas de análisis univariante.

28. Técnicas estadísticas avanzadas. Análisis multivariante.

29. Principales sistemas de gestión documental.

Características. Bases de datos jerárquicas y relacionales.

30. Tratamiento automático de datos. Aplicaciones

informáticas para la obtención de indicadores. Programas para la

representación de datos.

TÉCNICO SUPERIOR DE PREVENCIÓN EN SEGURIDAD

E HIGIENE EN EL TRABAJO

1. Marco Jurídico de la Prevención de Riesgos Laborales

(I): Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Normativa Europea.

2. Marco jurídico de la Prevención de Riesgos Laborales (II):

Aspectos prácticos de aplicación de la Ley. Responsabilidad

Jurídica.

3. Normativa de desarrollo de la Ley de Prevención de

Riesgos Laborales (I): Reglamento de los servicios de prevención.

4. Normativa de Desarrollo de la Ley de Prevención de

Riesgos Laborales (II): Normativa específica sobre riesgos laborales.

5. Aplicación de la Ley de Prevención de Riegos Laborales

a las Administraciones Públicas.

6. Concepto de accidente de trabajo y enfermedad

profesional. Normativa sobre incapacidades. Normativa sobre Mutuas

(MATEPSS).

7. Las condiciones de trabajo y la salud.

8. Los riesgos profesionales. Daños derivados del trabajo.

Prevención y protección.

9. Estudios estadísticos aplicados a la prevención.

10. Accidentes de trabajo: Análisis y evaluación; notificación

y registro; investigación y análisis estadístico.

11. Normas y señalización en seguridad. Protección colectiva

e individual. Planes de emergencia, evacuación y autoprotección.

12. Análisis, evaluación y control de riesgos específicos (I):

Máquinas; equipos, instalaciones y herramientas; manipulación,

almacenamiento y transporte.

13. Análisis, evaluación y control de riesgos específicos (II):

Lugares y espacios de trabajo; electricidad.

14. Análisis, evaluación y control de riesgos específicos (III):

Incendios; productos químicos.

15. Gestión de los Residuos derivados del trabajo en

Investigación.

16. Higiene industrial. Conceptos y objetivos.

17. Agentes químicos: valoración, evaluación y control de la

exposición.

18. Condiciones de trabajo en el Laboratorio Químico.

Información sobre riesgo químico. Etiquetado y fichas de seguridad.

19. Agentes físicos: ruido, vibraciones, ambiente término,

radiaciones no ionizantes, radiaciones ionizantes.

20. El Síndrome del edificio enfermo. Calidad del aire interior.

Evaluación y control.

21. Agentes Biológicos. Efectos, evaluación y control.

22. La Vigilancia de la Salud y su integración en el Servicio

de Prevención.

23. Ergonomía. Conceptos y objetivos. Factores de estudio.

24. Carga física y mental de trabajo. Manipulación manual

de cargas.

25. Factores psicosociales y organizativos. Análisis y

evaluación.

26. Formación: análisis de necesidades formativas. Planes y

programas. Técnicas educativas. Seguimiento y evaluación.

27. Técnicas de comunicación, información y negociación.

28. Integración de la prevención en la Gestión global:

Sistemas de Gestión de la Calidad y Sistemas de Gestión

Medioambiental.

29. Organización de la Prevención. Planificación, control y

seguimiento de la acción preventiva.

30. Evaluación de riesgos.

TÉCNICO DE OBRAS

1. El control de calidad en la edificación.

2. Control y seguimiento de obras.

3. Mediciones. Presupuestos. Precios unitarios, auxiliares

y descompuestos.

4. Movimiento de tierras. Geotecnia. Tipología de suelos.

Patología suelos y soluciones. Excavación y terraplenado.

Protecciones y medidas de seguridad.

5. Saneamiento. Normativa básica, legislación y normas

tecnológicas. Componentes de las instalaciones. Materiales. Red.

Depuración. Calculo.

6. Cimentaciones y muros de contención. Tipología.

Procesos constructivos. Cimentaciones especiales. Características

técnicas. Calculo y normativa. Rehabilitación, reparación y

patologías.

7. Estructura de hormigón armado. Instrucción de hormigón

estructural. Forración, montaje y puesta en obra. Control de

calidad. Rehabilitación.

8. Estructuras metálicas. Tipología. Sistemas. Control de

materiales y de ejecución. Calculo básico. Diseño y ejecución.

Patologías y rehabilitación.

9. Cubiertas. Tipología y procesos constructivos.

Estanqueidad e impermeabilización condiciones térmicas. Aislamiento.

Metodología de reparación y rehabilitación. Normativa. Control

de calidad.

10.Albañilería. Materiales, tipología. Muros. Procesos de

construcción. Fabricas exteriores y tabiquería interior. Patología

normas tecnológicas y control de calidad.

11. Carpintería interior y exterior. Tipología, materiales,

características. Colocación. Normativa. Control de calidad.

12. Firmes, pavimentos, solados, chapados y alicatados.

Tipología. Materiales. Colocación. Normas tecnológicas.

13. Patología de la edificación. Tipología. Asientos. Grietas.

Fisuras. Causas y diagnosis. Soluciones. Recalces y refuerzos.

14. Acondicionamiento térmico y acústico de edificios.

Calculo de coeficientes de transmisión y KG. Comportamiento

microtérmico de cerramientos. Materiales y características.

Condensaciones.

15. Instalaciones de fontanería. Agua fría y caliente.

Normativa básica. Materiales, dispositivos, tipología y características.

Redes. Calculo de red interior y elementos. Grupos de presión.

16.Instalaciones de protección contra incendios. NB-CPI96.

Ordenanza municipal de protección. Compartimentacion y

evacuación.

17. Instalación de gases combustibles. Normativa básica.

Materiales y componentes de la instalación. Redes de distribución

evacuación de productos de combustión.

18. Instalaciones de electricidad. Normativa y reglamentos.

Red de baja tensión. Red de media. Red de tierra. Elementos que

las componen y características. Calculo de líneas y protecciones.

19. Acondicionamiento de aire. Sistemas. Materiales,

equipos, características y elementos. R.I.T.E. y normativa básica.

Estimación de carga térmica. Empleo del diagrama psicrométrico.

Distribución de aire. Elementos. Tuberías. Tipología y calculo.

20. Otras instalaciones. Aire comprimido. Gases especiales

de laboratorio. Materiales, equipos y normas de seguridad. Grupo

electrógeno. Vacío. Teléfonos y cableado informático.

21. Eliminación de barreras arquitectónicas para

minusvalidos. Accesibilidad. Condiciones, urbanización. Instalaciones.

Sistemas de elevación. Aseos.

22. Seguridad y salud en las obras de construcción.

Prevención de riesgos laborales. Normativa. Estudio de seguridad y salud.

Plan de seguridad y salud en el trabajo. Coordinadores. Libro

de incidencias.

23. Valoración del suelo. Aprovechamiento idóneo. Valor de

repercusión y valor unitario. Correcciones del valor. Valor de las

construcciones. Procedimiento de medición, aplicación de los

criterios valorativos de la ley sobre régimen del suelo y valoraciones.

24. Contenido básico del derecho de propiedad del suelo:

disposiciones generales. Régimen urbanístico de la propiedad del

suelo: Clasificación del suelo. Derechos y deberes de los

propietarios. Declaración de obra nueva.

25. El planeamiento urbanístico. Clases de planes.

Elaboración de los planes, aprobación y efectos. Ejecución del

planeamiento. Sistemas de actuación.

26. Intervención de la edificación y usos del suelo. Licencias.

Deberes legales de uso, conservación y rehabilitación. Usos y obras

provisionales. Estado ruinoso de las construcciones. Disciplina

urbanística. Infracciones urbanísticas.

27. El sistema de información y su estructura. Componentes

y funcionamiento. Aspectos físicos y lógicos: tipos. Bases de datos:

tipos. Sistemas operativos.

28. Empresas constructoras y empresas inmobiliarios,

esquemas de organización y del funcionamiento. Su financiación. La

calidad en la industria de la construcción y su control.

Concentración de empresas. Agrupación temporal de empresas.

29. Organización de una obra. Técnicas de programación

matemática. Diagrama de Gantt. Sistemas PERT tiempos y

probabilidad del cumplimiento de las previsiones. Sistemas

PERT-costes. Plan de obra. Determinación de necesidades de mano de obra,

materiales y maquinaria.

30. Ejecución de una obra. Funciones de dirección,

inspección y control. Libro de órdenes.

ANEXO III

Tribunales

TRIBUNAL 1

Técnico en Informática

Tribunal titular:

Presidente: Herrero Pertierra, Aurelio. Cuerpo Sup. Inform.

Ctro. Técnico de Informática.

Vocal: Bolaño Ladrón de Guevarra, Juan M. C. Gestión Inform.

Ctro. Técnico de Informática.

Vocal: Puyol I Gruart, Josep. Cuerpo. Sup. Inform. I. Inv.

Inteligencia Artificial.

Vocal: López Santoveña, Fernando. Tit. Superior Esp. I. Agroq.

y Tecnol. Alimentos.

Secretario: Alonso Fernández, Ángel Víctor. Tit. Tecnico. Esp.

I. Química Física Rocasolano.

Tribunal suplente:

Presidente: Aguillo Caño, Isidro Francisco. Tit. Técnico Esp.

Ctro. Inf. y Doc. Científica.

Vocal: Hernández Chiva, Emilio. Cuerpo. Sup. Inform. I. Cc.

Tierra Jaume Almera.

Vocal: Fernández Frial, María José.Cuerpo. Sup. Inform. Ctro.

Técnico de Informática.

Vocal: Figuerola Bernal, Joan. Cuerpo. Sup. Inform. I. Cc.

Materiales Barcelona.

Secretaria: Valle Bracero, Reyes. C. Gestión. Inform. Ctro. Inf.

y Doc. Científica.

TRIBUNAL 2

Técnico en Instrumentación Oceanográfica

Técnico en Instrumentación Electrónica en Buques

Oceanográficos

Tribunal titular:

Presidente: Dañobeitia Canales, Juan José. Invest. Cient. I.

Cc. Tierra Jaume Almera.

Vocal: Carbó Fité, Rafael. Invest. Cient. Insto. Acústica.

Vocal: Alonso Martínez, María Belén. Cient. Titular. I. Ciencias

del Mar.

Vocal: Manríquez Landof, Mario. Tit. Superior. Esp. I. Ciencias

del Mar.

Secretario: González Creus, Miguel Ángel. Tit. Técnico Esp.

I. Cc. Tierra Jaume Almera.

Tribunal suplente:

Presidente: Tintore Subirana, Joaquín. Prof. Invest. I. Medit.

Estudios Avanzados.

Vocal: Maldonado López, Andrés. Prof. Invest. I. Andaluz Cc.

de la Tierra.

Vocal: Fernández Ríos, Aida. Cient. Titular. Insto. Inv. Marinas.

Vocal: Martín Martín, Paloma. Tit. Superior Esp. I. Ciencias

del Mar.

Secretario: Rodríguez Fornes, Pablo. Tit. Técnico Esp. I.

Ciencias del Mar.

TRIBUNAL 3

Técnico en Bibliometría

Tribunal titular:

Presidente: Gómez Caridad, Isabel. Invest. Cient. Ctro. Inf. y

Doc. Científica.

Vocal: Fernández Muñoz, M. Teresa. Cient. Tit. Ctro. Inf. y

Doc. Científica.

Vocal: Zulueta García, Ángeles. Prof. Titular. Univer. Alcalá

de Henares.

Vocal: Alcaín Partearroyo, M. Dolores. Tit. Superior. Esp. Ctro.

Inf. y Doc. Científica.

Secretaria: Moreno Solano, M. Luz. Tit. Técnico. Esp. Ctro.

Inf. y Doc. Científica.

Tribunal suplente:

Presidente: Sanz Casado, Elias. Catedrático. Univers. Carlos III.

Vocal: Aragón González, Inés. Profesor titular Univers. Carlos III.

Vocal: Bordons Gangas, María. Científico titular. Ctro. Inf. y

Doc. Científica.

Vocal: Martín Sempere, María José. Científico titular. Ctro. Inf.

y Doc. Científica.

Secretaria: Ramos Hita, Inmaculada. Tit. Técnico Espec. Ctro.

Inf. y Doc. Científica.

TRIBUNAL 4

Técnico Superior de Prevención en Seguridad e Higiene

en el Trabajo

Tribunal titular:

Presidenta: Varela Tortajada, Yolada. C.S.A.C. Subd. Gral. RR.

Humanos CSIC.

Vocal: Rodríguez de Prada, Antonio. Titulado Superior INSHT.

Subd. Gral. Ord. y Des. RR.HH. MEC.

Vocal: López Muñoz, Gerardo. Titulado Superior INSHT.

Subsecretaría del MAP.

Vocal: Soto Mora, Fernando. C.S.A.C. Direcc. Gral. Función

Pública. MAP.

Secretaria: Collado Galán, Rosalía. Titulado Sup. Espec. Subd.

Gral. RR. Humanos-CSIC.

Tribunal suplente:

Presidenta: Las Heras Oliete, Natalia. C.S.A.C. Subd. Gral.

RR. Humanos-CSIC.

Vocal: Vicente Alepuz, Pedro. Titulado Superior INSHT. Subd.

Gral. Ord. y Des. RR.HH. MEC.

Vocal: Junco Petrement, Cristina. C. Gestión del Estado.

Direcc. Gral. Función Pública-MAP.

Vocal: Sánchez Osado, Juan Carlos. C. Gestión Seg. Social.

Subsecretaría del MAP.

Secretario: Arganza Mateos, Ricardo. Titulado Técn. Espec.

Subd. Gral. RR. Humanos-CSIC.

TRIBUNAL 5

Técnico de Obras

Tribunal titular:

Presidente: Dolç Rincón, Miguel. Tec. Superior OO.AA. Subd.

Gral. Obras e Infr. CSIC.

Vocal: García Álvarez, Antonio M. José. Titulado Tec. Espec.

Ctro. Investigaciones Biológicas.

Vocal: Blázquez Morales, Antonio. Titulado Sup. Espec. Inst.

CC. Constr. "Eduardo Torroja".

Vocal: Seseña del Moral, Carola. C.S.A.C. Delegación del

Gobierno de Madrid.

Secretario: Almenara Pulido, José Manuel. Titulado Tec. Espec.

Subd. Gral. Obras e Infr. CSIC.

Tribunal suplente:

Presidente: López Marín, Alfonso. Titulado Sup. Espec. Subd.

Gral. Obras e Infr. CSIC.

Vocal: Rodríguez Cobo, Carlos. Titulado Tec. Espec. Inst. CC.

Constr. "Eduardo Torroja".

Vocal: Aznar Cano, Ismael. C.S.A.C. Dir. Gral.

Costas-Medioambiente.

Vocal: Sánchez Hernández, Ana María. C.S.A.C. Secret. Gral.

Técnica-M. Agricult.

Secretario: Hernández Gutiérrez, Ángel. Titulado Tec. Espec.

Subd. Gral. Obras e Infr. CSIC.

ANEXO IV

Don/doña ..................................................

con domicilio en ...............................................

y con documento nacional de identidad número .................

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de carrera de la Escala -5404- Científicos Titulares

del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, que no ha

sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones

Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las

funciones públicas (*).

En ........................... a ...... de .......................... de 2001.

(*) En el supuesto contemplado en la base 9.1.c) se sustituirá "que no ha sido

separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla

inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas" por "que no está sometido

a sanción disciplinaria o condena penal que impida en ............................ el acceso

a la función pública".

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